Compendio de verdades oportunas que se oponen a los errores contemporáneos
Monseñor Antonio de Castro Mayer. Fotografía remasterizada por IA

Compendio de verdades oportunas que se oponen a los errores contemporáneos

Publicado el 5 de julio de 2026

Archivado en: Apologética, Tradición

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La presente recopilación reúne las principales proposiciones del Compendio de Verdades Oportunas, elaborado por Mons. Antonio de Castro Mayer, Obispo de Campos, como parte de su Carta Pastoral publicada el 6 de enero de 1953, fiesta de la Epifanía de Nuestro Señor Jesucristo.

Frente a los errores que se difundían en su tiempo —y que, en gran medida, persisten y se agravan en el nuestro—, el Obispo Mayer no optó ni por la tolerancia ni por un ambiguo irenismo. Por el contrario, ofreció a sus sacerdotes y fieles un instrumento claro, de carácter combativo: un compendio de verdades oportunas opuestas a los errores contemporáneos, ordenado por materias y presentado en la forma clásica de Falso / Verdadero, seguido de una explanación que fundamenta la enseñanza católica con la Escritura, la Tradición, el Magisterio y la sana Teología.

Esperamos que sea de gran provecho para nuestros amigos lectores.

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Compendio de Verdades Oportunas

Que se oponen a los Errores Contemporáneos

Autor: Mons. Antonio de Castro Mayer | Sección I: Sobre Liturgia


1. La Consagración y el papel del fiel

  • FALSO: El fiel, cuando asiste a la Santa Misa y pronuncia con el celebrante las palabras de la Consagración, coopera a la transubstanciación y al sacrificio.
  • VERDADERO: El fiel es incapaz de concelebrar con el sacerdote, cooperando a la transubstanciación, porque le falta el Sacramento del Orden, que comunica tal capacidad.

Explanación: Sólo el Sacramento del Orden confiere el poder y la capacidad para obrar la transubstanciación en el Sacrificio de la Nueva Ley. El simple fiel es, pues, incapaz de hacerlo. Tal proposición renueva la herejía de los protestantes condenada en el Concilio de Trento y nuevamente proscrita en la encíclica Mediator Dei de Su Santidad Pío XII.


2. ¿Concelebración o Participación?

  • FALSO: El fiel concelebra con el Sacerdote el Santo Sacrificio de la Misa.
  • VERDADERO: El fiel participa del Santo Sacrificio de la Misa.

Explanación: Jamás se puede decir que el fiel concelebra con el sacerdote, pues la expresión concelebrar se refiere a las Misas en que hay más de un celebrante que concurre activamente al ofrecimiento y a la transubstanciación (como en las ordenaciones sacerdotales).

Tampoco el Sacerdote es un simple delegado o mandatario del pueblo. El Sacerdote representa al pueblo en cuanto representa a Jesucristo, cabeza del Cuerpo Místico. El fiel participa uniendo sus votos de alabanza, impetración, expiación y acción de gracias con las intenciones del Sacerdote celebrante.


3. El uso del Misal y los métodos de oración

  • FALSO: Los fieles que siguen la Misa con el misal participan de ella. Los fieles que la siguen de otro modo, apenas si asisten.
  • VERDADERO: La participación de los fieles consiste en la unión con las intenciones de Jesucristo y del Sacerdote celebrante. Cualquier método —misal, rosario, meditación— será perfecto si fuere eficaz para producir esta unión.

Explanación: La sentencia impugnada renueva el espíritu jansenista condenado por Clemente XI en la bula Unigenitus (1713). Pretender que quien no pronuncia las palabras litúrgicas no participa de la Misa es un error. La Mediator Dei da plena libertad a los fieles respecto al método a emplear para conseguir la unión interna con el sacrificio.


4. Exclusivismo en las formas de asistir a Misa

  • FALSO: Sólo se debe asistir a la Santa Misa siguiendo las palabras del misal. Durante el Sacrificio se deben excluir las oraciones privadas, como el rosario o la meditación. Sólo la Misa dialogada y versus populum (de cara al pueblo) es acomodada al cristiano.
  • VERDADERO: El uso del misal, la recitación del Rosario, la meditación y otras oraciones apropiadas son todos excelentes métodos. El cristiano tiene libertad para escoger el que mejor contribuya a unirle con Dios. Cualquier exclusivismo en este punto es reprobable.

Explanación: Este error procede del falso supuesto de que los fieles participan del sacerdocio de Jesucristo de la misma forma que los sacerdotes. Existe una diferencia específica. Además, este error busca transformar la estructura jerárquica de la Iglesia en una sociedad democrática, algo ya condenado en la Bula Auctorem fidei de Pío VI (1794).


5. La forma del Altar

  • FALSO: El altar debe tener forma de mesa que recuerde la cena Eucarística.
  • VERDADERO: Está equivocado quien quisiera restituir el altar a la antigua forma (Mediator Dei).

6. El culto Eucarístico fuera de la Misa

  • FALSO: La Comunión fuera de la Misa, las Visitas al Santísimo, el culto a las Sagradas Especies, la Adoración Perpetua y la Bendición constituyen formas extralitúrgicas de piedad y deben ser paulatinamente suprimidas.
  • VERDADERO: Todas las formas del culto al Santísimo constituyen preciosas formas de piedad y deben ser fomentadas. La recepción de la Sagrada Eucaristía fuera de la Misa es un medio legítimo de participar del Sacrificio Eucarístico.

Explanación: Suponer que es imperfecta toda forma de piedad privada es un error condenado por la Mediator Dei y renueva los errores protestantes condenados en el Concilio de Trento.


7. La celebración de Misas simultáneas

  • FALSO: La celebración simultánea de varias Misas acaba con la unidad del Sacrificio Social.
  • VERDADERO: La simultaneidad de varias Misas no destruye la unidad del Sacrificio Social de la Iglesia.

Explanación: Todo Sacrificio de la Misa tiene valor por su relación intrínseca con el Sacrificio de la Cruz, que fue uno solo. Por tanto, aunque sean muchas las misas, permanece la unidad esencial. Este error recuerda las tesis jansenistas del Sínodo de Pistoya condenadas en la constitución Auctorem fidei.


8. Las imágenes en los altares

  • FALSO: En los altares no debe haber imágenes fuera del Crucifijo.
  • VERDADERO: No hay el menor inconveniente en que, además del Crucifijo, haya otras imágenes en el altar, con tal de que no ocupen el lugar reservado a aquél.

Explanación: La costumbre de colocar imágenes está en perfecta consonancia con la doctrina católica. La postura impugnada se liga al error protestante que no tolera mediadores secundarios (los Santos).


9. La naturaleza del Oficio Divino

  • FALSO: Los fieles cuando rezan el oficio divino hacen oración litúrgica.
  • VERDADERO: La oración litúrgica, hecha en nombre de la Iglesia con los ritos por ella propuestos, sólo puede ser hecha por los clérigos y los religiosos a ella obligados. La oración de los fieles siempre es una oración privada, sea litúrgico o no el texto.

Explanación: Fiel a la Mediator Dei, el Oficio Divino es la oración del Cuerpo Místico dirigida a Dios en nombre de todos los cristianos, y debe ser realizada por los sacerdotes, ministros y religiosos encargados por la Iglesia para ese fin.


10. Liturgia exterior vs. Vida interior

  • FALSO: Para la vida espiritual de los fieles y su unión con Jesucristo, basta que participen de los actos litúrgicos recitando los textos oficiales.
  • VERDADERO: La vida espiritual de los fieles consta no sólo de la participación de la Santa Misa y Sacramentos, sino también de actos de piedad privada, sin los cuales la salvación es imposible.

Explanación: La Mediator Dei califica como falsas, insidiosas y perniciosísimas las conclusiones que descuidan las prácticas religiosas no estrictamente litúrgicas realizadas fuera del culto público. La misma Iglesia exige a los propios sacerdotes una piedad privada fervorosa en su Código de Derecho Canónico.


11. Moralidad, piedad y ocasiones de pecado

  • FALSO: Es moral anticuada prohibir a los fieles frecuentar bailes, «dancings», piscinas, etcétera. Alimentados por la piedad litúrgica pueden frecuentar estos ambientes sin temor para practicar el «apostolado de infiltración» irradiando a Cristo.
  • VERDADERO: No hay espiritualidad que inmunice al hombre contra el peligro de ocasiones próximas y voluntarias de pecado, de las cuales debe apartarse aunque sea con grave perjuicio. El apostolado ejercido con peligro próximo para la salvación es temerario y no cuenta con la bendición de Dios.

Explanación: Esta mentalidad errónea defiende una especie de santificación automática sin concurso de la voluntad humana, lo que recuerda al quietismo condenado por Inocencio XI en 1687. Hoy como siempre, la Santa Sede y los moralistas previenen a los fieles contra las diversiones que constituyen ocasión próxima de pecado.


12. Superioridad del estado de castidad perfecta

  • FALSO: El estado matrimonial debe ser ensalzado más que el estado de castidad perfecta, porque es santificado por un Sacramento.
  • VERDADERO: El grado de perfección de un estado de vida se mide por la mayor unión con Dios, que normalmente se obtiene por la gracia santificante y la caridad. Para eso debe suponer mayor abnegación de quien lo abraza y debe proporcionarle mayores medios de santificación; sí, el estado de perfección por excelencia es el estado religioso, y el estado de castidad perfecta es más perfecto que el matrimonio.

Explanación: No se puede afirmar que el estado constituido por un Sacramento sea por eso más perfecto que otro. Así, aunque no haya sacramento especial para el estado religioso, se sabe que Nuestro Señor aconsejó la práctica de los consejos evangélicos como la meta de la perfección.

En cuanto a la superioridad de la virginidad sobre la continencia matrimonial, léase el capítulo VII de la primera Epístola a los Corintios, y la Suma Teológica, en la 2ª 2.ae de Santo Tomás, q. 152, a. 4, como también la 2ª 2.ae, q. 40, a. 2 ad 4.um; por otra parte, la virginidad se puede considerar como fruto del Sacramento de la Eucaristía, que la hace posible a los mortales.

La sentencia impugnada fue varias veces censurada por la Iglesia. Así, en el «Syllabus» de Pío IX, N. B., después de la proposición número 74 (D. 1774, A.); en la alocución a las religiosas, de Pío XII, en septiembre de 1952 (ver «Catolicismo» Nº 23, noviembre de 1952), en la cual el Santo Padre recrimina a los sacerdotes, fieles, predicadores, oradores y escritores, que «no tienen una sola palabra para aprobar y alabar la virginidad consagrada por Jesucristo; y que hace años, no obstante las advertencias de la Iglesia y contrariamente a lo que constituye el pensamiento de la misma, conceden al matrimonio, en principio, una preferencia sobre la virginidad; que llegan a presentar el matrimonio como único medio capaz de asegurar a la personalidad humana su desenvolvimiento y su perfección natural». Las mismas ideas en la alocución del 23 de noviembre de 1952 a un grupo de jóvenes, en que repite que la vocación religiosa será siempre un estado más perfecto que el matrimonio.

No es preciso resaltar el mal inmenso que estas ideas hacen en nuestra diócesis, donde la propaganda protestante contra el celibato es una de las armas que emplean los herejes en su odio contra la Iglesia de Dios.


13. Unidad de la vida parroquial y libertad de los fieles

  • FALSO: Siendo la Parroquia una comunidad, el sostenimiento de la vida comunitaria exige que todos los feligreses participen juntos del mismo sacrificio, reciban las gracias del mismo padre espiritual y unan sus oraciones en el mismo templo. El hecho de frecuentar los fieles otras parroquias o iglesias no parroquiales acaba con la unidad de la vida comunitaria.
  • VERDADERO: La Parroquia es la célula de la Diócesis, y como tal es necesario que todos los feligreses tengan contacto vivo con el párroco y estén bajo su dirección. Tal contacto y dirección es enteramente compatible con el hecho de que los fieles reciban los Sacramentos y asistan a la Santa Misa en otras Iglesias, por lo cual no deben ser prohibidas o desaconsejadas estas prácticas.

Explanación: Si por vida comunitaria se entiende la participación de los fieles en los mismos misterios sobrenaturales, ella no pierde en intensidad por el hecho de que los feligreses participen de esos misterios en diferentes iglesias.

Si por vida comunitaria se entiende un convivir natural, edificante, tal convivencia también es posible para los fieles en otra iglesia que no sea la parroquial.

La circunstancia de que una persona frecuente una iglesia de religiosos, por ejemplo, conviviendo allí con fieles edificantes de su parroquia o de otras, no puede menos de serle muy beneficiosa. Y las ventajas espirituales que así recibe, necesariamente tienen benéfico influjo sobre su propia Parroquia. Muy eficaz para la exacta comprensión de este asunto, será la acción de los religiosos y Rectores de iglesias no parroquiales, que instruyan a los fieles sobre sus deberes para con la Parroquia y el Párroco, y estén siempre dispuestos a auxiliar a los párrocos en lo que se relaciona con la vida parroquial.

Como, en general, en todos estos errores se nota un olor jansenista, recordemos también aquí, que fue la intriga de los jansenistas la que puso en boga aquel espíritu parroquial que reinó en París en el siglo XVII y preparó a los Párrocos para el juramento constitucional de la Revolución francesa.

Como también fue el mismo espíritu el que en Pistoya dictó normas restrictivas para la vida de los religiosos, felizmente condenadas por Su Santidad Pío VI.

Sería, no obstante, censurable el feligrés que desconociese completamente a su Párroco. Pues éste debe tener conocimiento del cumplimiento de los deberes religiosos de todos sus feligreses. Es lo que se deduce del Código de Derecho Canónico, que en el canon 859, párr. 3, aconseja a los fieles cumplir con Pascua en la Iglesia parroquial y manda, caso de que no lo hagan, comunicarlo a su propio Párroco.

La sentencia impugnada mejor se ajustaría a una concepción ontológica de la comunidad parroquial, en la cual, por la participación en las funciones litúrgicas, se tratase de reabsorber a los feligreses en un solo todo esencial de orden superior, en Cristo Místico o comunitario. La comunidad ontológica parroquial se proyectaría también en el campo temporal, haciendo de la Parroquia un todo, en que se fundiesen completa o casi completamente las familias y las propiedades, en una participación casi biológica de toda especie de bienes. También en el orden temporal, las personalidades individuales se fundirían en una sola personalidad colectiva.

Supuesta, sin embargo, la comunidad no como hecho ontológico, sino como hecho moral, aunque sobrenaturalizado por la gracia, la sentencia equivocada carece enteramente de apoyo.

Compendio de Verdades Oportunas

Que se oponen a los Errores Contemporáneos

Autor: Mons. Antonio de Castro Mayer | Sección II: Sobre la estructura de la Iglesia

Irenismo, interconfesionalismo, terreno común, polémicas, etc.


14. La interpretación de los actos pontificios

  • FALSO: Dentro de la Diócesis, el único intérprete de los actos de la Santa Sede es el Obispo Diocesano. De manera que los fieles o los simples sacerdotes jamás se pueden apartar de esta interpretación.
  • VERDADERO: La interpretación de los actos Pontificios pertenece sólo a la Santa Sede. Ninguna otra interpretación, por respetable y docta que sea, puede imponerse como oficial y única.

Explanación: Ver «Directrices», núm. 8. (Pulse aquí).


15. Unión con el Papa a través del Obispo

  • FALSO: La unión de los fieles con el Papa se efectúa en la persona del Obispo. Quien sigue enteramente las opiniones de su Ordinario, puede estar cierto de que se está conformando absolutamente con el pensamiento de la Santa Sede.
  • VERDADERO: El Obispo tiene magisterio ordinario, de suerte que los fieles deben recibir sus enseñanzas como la expresión fiel del pensamiento de la Iglesia. Este magisterio oficial, por disposición de Jesucristo, cuando se ejerce aisladamente, no es infalible. Por consiguiente, los fieles no pueden someterse lo mismo al magisterio del Obispo que al del Papa, aunque deban, en la justa medida, respeto y obediencia a unos y a otros.

Explanación: Ver «Directrices», núm. 7. (Pulse aquí).


16. Naturaleza de la Acción Católica

  • FALSO: La inscripción de los fieles en las organizaciones de Acción Católica, les confiere una participación en el mandato apostólico y en las funciones jerárquicas, que les hace capaces de un apostolado específicamente sacerdotal.
  • VERDADERO: La Iglesia es, por institución divina, una sociedad desigual, en la que hay una parte docente y otra discente, Jerarquía y súbditos. Los miembros de las organizaciones de la Acción Católica pertenecen enteramente a la categoría de súbditos, a la Iglesia discente. No tienen, por consiguiente, parte alguna ni en la función docente ni en el poder jerárquico. Sus actos son lo mismo que los de cualquier fiel.

Explanación: El mandato conferido por Nuestro Señor Jesucristo a los Apóstoles y a sus sucesores, tiene por objeto todo lo que se relaciona con la salvación de las almas. De este mandato, que lleva consigo el poder de gobernar, enseñar y santificar, participan, en el sentido verdadero y propio de la palabra, los miembros de los varios grados de la jerarquía. El laicado no es susceptible, como tal, de recibir parte del poder jerárquico. Así, participa en los trabajos de la jerarquía y colabora con ella. Pero, evidentemente, no participa de sus poderes. Así, cuando un padre enseña el catecismo a sus hijos, o un catequista autorizado difunde la enseñanza religiosa, no hay propiamente en ningún sentido, una participación en el poder docente de la Iglesia. El padre y el catequista son colaboradores de la jerarquía pero pertenecen enteramente a la Iglesia discente. Todos los documentos de la Santa Sede sobre la Acción Católica consideran la materia de esta manera, como es natural, pues éste es el modo que se ajusta a la divina Institución de la Iglesia.

Es lo que dice Pío XI en su discurso a los periodistas católicos del 26 de julio de 1929: «Los periodistas católicos son de esa manera preciosos portavoces de la Iglesia, de su Jerarquía, de sus enseñanzas: por consiguiente, los portavoces más nobles, más elevados de cuanto dice y hace la Santa Madre Iglesia. Desempeñando esta función, la prensa católica no pasa por eso a pertenecer a la Iglesia docente; ella continúa en la Iglesia discente y, sin embargo, no por eso deja de ser en todas las direcciones la mensajera de la disciplina de la Iglesia docente, de esta Iglesia obligada a enseñar a las naciones del mundo».

Cabe aquí una observación, cuya importancia jamás sería exagerado encarecer. Si, de un lado, los documentos pontificios censuran diversos errores que han surgido relativos a la Acción Católica, por otra parte manifiestan el mayor empeño en conservar y promover esta Asociación.

No hay contradicción entre una actitud y la otra. Si la Santa Sede corrige exageraciones peligrosas concernientes a la Acción Católica, es precisamente porque desea para ella un recto y efectivo desenvolvimiento. En esta posición de equilibrio deben mantenerse igualmente los que se dedican a esta materia.


17. Jerarquía del apostolado

  • FALSO: La Acción Católica y el clero diocesano son organizaciones establecidas por la Iglesia y como tales ejercen un apostolado oficial; las Congregaciones Religiosas y demás Asociaciones son instituciones particulares, aprobadas por la Iglesia y ejercen un apostolado oficioso.
  • VERDADERO: En la Iglesia se distingue el estado sacerdotal como específicamente superior al estado de los seglares. A su vez, el estado religioso también es superior al estado de los seglares. Así, el apostolado sacerdotal es superior a todos los demás. Y el apostolado de los religiosos es superior al de los seglares.

Explanación: La sentencia impugnada coloca el apostolado de los seglares de la Acción Católica en un plano oficial y el apostolado de los religiosos en un plano simplemente oficioso y, por tanto, inferior, lo que contraría el orden de los valores.


18. Gracia de estado en la Acción Católica

  • FALSO: Como consecuencia de la participación que confiere en el apostolado jerárquico la inscripción de seglares en la Acción Católica, les da una gracia de estado que hace su apostolado, sólo por esto, más eficaz que el ejercido por los miembros de otras asociaciones.
  • VERDADERO: La participación en el apostolado jerárquico que el Santo Padre Pío XI expuso en la definición de la Acción Católica no da a los seglares un estado especial en la Iglesia, distinto de aquel en que quedarían los demás fieles que no perteneciesen a las Asociaciones fundamentales de la Acción Católica. Así, la inscripción de una persona en la Acción Católica no da gracia específicamente diferente de la que tienen los demás seglares inscritos en otras asociaciones de apostolado.

Explanación: La sentencia impugnada supone un estado intermedio entre la Iglesia docente y la Iglesia discente. Se daría entonces una gracia propia de estado más eficaz en sí misma que la de los simples miembros de la Iglesia discente.


19. Valor de las asociaciones tradicionales

  • FALSO: Las organizaciones fundamentales de la Acción Católica son aprobadas y fomentadas por la Santa Sede. Las demás asociaciones —Apostolado de la Oración, Hijas de María, Congregaciones Marianas, etc.— son apenas toleradas. Según la mente de la Santa Sede deben desaparecer poco a poco.
  • VERDADERO: Las Congregaciones Marianas y las otras Asociaciones que, como ellas, tienen forma y fin de apostolado, son Acción Católica con pleno derecho. Las demás Asociaciones son providenciales auxiliares de la Acción Católica, y deben ser fomentadas por los grandes servicios que pueden prestar a la Iglesia.

Explanación: El Santo Padre Pío XII ha enseñado hasta la saciedad, y, más solemnemente, empeñando su palabra de Pastor Supremo, en la Constitución Apostólica «Bis Baeculari die», del 27 de septiembre de 1948 (A. A. S., V. 40, pág. 393 ss.), que la Acción Católica no puede ser organizada a la manera «estandarizada» y totalitaria de los Estados modernos. Por esto, en el mismo plano en que se desenvuelven las organizaciones fundamentales de la Acción Católica, coloca las Congregaciones Marianas[2] y otras Asociaciones con fines y forma de apostolado, multiformes en su espíritu, constitución y actividad. Y por ese mismo motivo se complace el Pontífice en la exuberante abundancia de las demás asociaciones religiosas.


20. Admisión de miembros de Acción Católica

  • FALSO: Es tal la naturaleza jurídica de la Acción Católica que la ceremonia de admisión de sus miembros sólo puede ser presidida por el Obispo o por un delegado suyo.
  • VERDADERO: Estando la Acción Católica colocada enteramente en las filas de la Iglesia discente, sus miembros deben ser recibidos normalmente por el Párroco o el Padre Director de la Asociación.

Explanación: La sentencia impugnada sería verdadera si la Acción Católica formase un grado intermedio entre la Iglesia docente y la Iglesia discente.


21. Autoridad del Consiliario eclesiástico

  • FALSO: Es tal la naturaleza jurídica de la Acción Católica que el Consiliario eclesiástico no ejerce sobre ella ninguna autoridad, a no ser en caso negativo, en que puede poner veto a las deliberaciones de la Directiva, cuando contengan alguna cosa contra la fe o las costumbres. Toda la autoridad pertenece a los propios seglares que tienen en el sacerdote apenas un director de conciencias.
  • VERDADERO: Perteneciendo la Acción Católica a la Iglesia discente, está sujeta enteramente a la autoridad del Obispo, cuyo representante oficial es el Consiliario eclesiástico. La autoridad de éste se ejerce no sólo en el sentido de prohibir lo que sea contrario a la fe y a las costumbres, sino también en el sentido de gobernar toda la actividad social. En la Acción Católica, como en otras Asociaciones, el Consiliario eclesiástico ejercerá esas funciones con caridad y con la consideración que los seglares merecen y tendrá en cuenta la valiosa experiencia de éstos.

Explanación: Si el sacerdote tuviese sobre la Acción Católica el mero poder de veto, prácticamente escaparía ella al poder del propio Obispo. Por otro lado, la sentencia impugnada sólo se justificaría en la hipótesis de constituir la Acción Católica algo específicamente superior a la Iglesia discente, en condición paralela a aquélla en que se encuentran los simples Sacerdotes[3].


22. Capacidad del sacerdote para dirigir el apostolado seglar

  • FALSO: Siendo típico de la Acción Católica el apostolado en el medio ambiente, esto es, en las Universidades, cuarteles, fábricas, etc., y no perteneciendo el sacerdote a esos medios, es él incapaz de dirigir el apostolado específico de la Acción Católica.
  • VERDADERO: El apostolado en el medio ambiente es obligación de todos los fieles. Para dirigir el apostolado de los fieles fue instituida por Jesucristo la Sagrada Jerarquía. Sus miembros, por la gracia de estado, por sus estudios especiales, por el hecho de saber sobreponerse a las particularidades de los vanos medios, a fin de formarse una visión general, tienen todos los recursos necesarios para el ejercicio de su misión. El sacerdote prudente sabrá en sus funciones directivas, utilizar el valioso concurso de la experiencia que los seglares poseen de sus respectivos ambientes.

Explanación: La función directiva se coloca necesariamente en plano general y superior. Unidos a la dirección eclesiástica, los seglares pueden prestar el concurso de peritos especializados en cuanto a las peculiaridades de los ambientes en que viven. Consejeros buenos, desinteresados, valiosos, pero siempre consejeros, dispuestos siempre a obedecer las órdenes del sacerdote, la dirección que éste comunique a las actividades sociales.

La incapacidad del sacerdote para conocer los medios donde se ejerce el apostolado de los seglares, fue negada directamente por el Santo Padre en su alocución al terminar el Congreso mundial del Apostolado seglar (A. A. S., v. 43, págs. 789-90), en 14 de octubre de 1951, con estas palabras: «El recurrir al concurso de los seglares no es debido a la flaqueza o al fracaso del clero en su tarea presente». Y, de un modo positivo: «el sacerdote tiene ojos tan buenos como el seglar para distinguir las señales de los tiempos, y no tiene el oído menos sensible para auscultar el corazón humano». Y, para que no hubiese duda añadió el Papa la razón de la colaboración de los seglares: «Los seglares son llamados al apostolado como colaboradores del sacerdote, por razón de la falta de clero». (Véase «Catolicismo» núm. 12, de diciembre de 1951.)

El apostolado de los seglares en el medio ambiente no puede ser cosa típica de la Acción Católica, porque es deber de cada seglar hacer apostolado en el ambiente en que viva. A lo largo de veinte siglos de existencia la sagrada Jerarquía supo dirigir con maestría este apostolado. No se comprende cómo la Acción Católica pueda venir a traer una innovación en este particular. Por otra parte, es preciso no considerar este asunto desde un ángulo meramente natural. El Sumo Pontífice ya declaró que el apostolado de la Acción Católica es instrumental; que los seglares deben estar subordinados a la autoridad del sacerdote, representante auténtico del Obispo. La instrumentalidad de los seglares en el apostolado se entendió siempre, como es justo, de manera adecuada a las personas humanas y no a seres inanimados. Dice el Santo Padre que «los superiores eclesiásticos usan de él de la misma manera que el Creador y Señor usa de las criaturas racionales como instrumentos, como causas segundas, ‘con una dulzura llena de atenciones’ (Sap. XII-18) (Discurso al Congreso mundial del Apostolado seglar, 1951). Este es el plan de la Providencia, que sólo dispensa su gracia a lo que se haga según la constitución divina de la Iglesia.


23. Formación interior en la Acción Católica

  • FALSO: En la Acción Católica la formación interior se da por el propio apostolado dispensando los otros medios tradicionalmente empleados.
  • VERDADERO: El apostolado de la Acción Católica supone el empleo esmerado de todos los medios tradicionales de formación interior como condición para la perseverancia y santificación de sus miembros y fecundidad de sus actividades.

Explanación: La sentencia impugnada parece proceder de la idea de que la Acción Católica es algo enteramente nuevo en la Iglesia y que crea un sistema propio de espiritualidad. Ni los mismos sacerdotes están dispensados del empleo de los tradicionales medios de formación. No se comprende cómo puedan prescindir de ellos los miembros de la Acción Católica, a no ser que admitamos en ella una espiritualidad opuesta a la que la Iglesia siempre enseñó.


24. Criterios de reclutamiento

  • FALSO: En el reclutamiento de los militantes y dirigentes de la Acción Católica, al contrario de lo que acontece en las demás asociaciones, es necesario tomar en mayor consideración las aptitudes naturales y la formación técnica para el apostolado de conquista que la piedad y la formación sobrenatural. No conviene, pues, reclutar los líderes y miembros de la Acción Católica entre los miembros de otras Asociaciones religiosas, sino que hay que preferir a los que viven fuera de ellas.
  • VERDADERO: En el apostolado, por designio misterioso de la Providencia, concurren las cualidades naturales y la gracia divina. Como ésta es el elemento indispensable y preponderante en la selección de los apóstoles, se debe tomar en consideración, en primer lugar, su formación espiritual, sin la cual el empleo de las dotes naturales constituye para ellos un peligro de salvación y para el apostolado un peligro de reducirse a mera apariencia. En las filas de las Asociaciones religiosas se pueden encontrar católicos muy aptos para cualquier modalidad de apostolado.

Explanación: Esta sentencia, impugnada también, procede de la doctrina de que la Acción Católica es, dentro de la Iglesia, algo enteramente nuevo, y discrepante de sus verdaderas tradiciones[4].

25. Los Círculos de estudio como método de formación

  • FALSO: El mejor método de formación consiste en los Círculos de estudio, en los cuales la verdad nace espontáneamente de la conversación entre los reunidos, sin necesidad de un profesor superior a éstos, que les dé de forma sistemática la exposición de la materia.
  • VERDADERO: El método normal de enseñanza, especialmente tratándose de verdades reveladas, es el magisterio, en el cual una persona más sabia y autorizada comunica de modo sistemático la materia a los oyentes. El Círculo de estudio, una vez terminadas las enseñanzas, puede ser útil para la manifestación de las objeciones y dificultades de los oyentes, o para recoger sus observaciones.

Explanación: Los Círculos de estudio, en la forma considerada en esta sentencia impugnada, fueron condenados por el Santo Padre Pío X en su Carta contra El Sillón. En efecto, esa forma es de inspiración revolucionaria y pretende suprimir la autoridad del profesor.


26. Apostolado de conquista vs. de preservación

  • FALSO: El apostolado de conquista, por el cual se traen al gremio de la Iglesia a los infieles y a los que viven habitualmente en estado de pecado, es el apostolado por excelencia. El de preservación y perfeccionamiento de los buenos es secundario.
  • VERDADERO: Son mayores nuestras obligaciones de caridad para con los que viven más unidos a Dios. Así, nuestro celo debe emplearse en primer lugar en la preservación de los buenos. Por otra parte, la formación de seglares fervorosos es condición indispensable para un verdadero apostolado de conquista que todos debemos fomentar.

Explanación: Los dos apostolados son esenciales: conservar y perfeccionar a los buenos y convertir a los pecadores. Además, es falso separar el apostolado de preservación y perfeccionamiento de los buenos del apostolado llamado de conquista. Aquél es condición para éste. El divino Maestro preparó la conversión del mundo por la formación de un puñado de apóstoles fervorosos. En otras palabras, es imposible conquistar la masa sin tener antes preparada una minoría selecta.


27. Supresión de las órdenes contemplativas

  • FALSO: En las condiciones actuales de urgente necesidad de apostolado, sería mejor que las familias religiosas meramente contemplativas dejasen de existir, o redujesen enormemente el número de sus miembros, pues inutilizan para el apostolado activo externo personas que se consagran exclusivamente a la penitencia y a la oración.
  • VERDADERO: Por disposición de la divina Providencia la conquista de las almas se alcanza por dos medios: de un lado, por la actividad externa y visible de la Jerarquía y de los fieles; de otro lado, por la acción interna e invisible de la gracia, condicionada en gran parte a la oración y a la penitencia reparadora de los contemplativos. En principio la Iglesia deberá tener siempre la ayuda activa, la vida mixta y la vida esencialmente contemplativa. La supresión de cualquiera de ellas, o una reducción que equivalga prácticamente a una supresión, no debe ser deseada.

Explanación: El Santo Padre Pío XII, considerando la situación presente del mundo, concedió facilidades a los contemplativos para ejercer también apostolado activo. Sin embargo, no se trata ni se piensa en la supresión de Familias u Ordenes contemplativas, o en una reducción que casi equivaliese a supresión. El Santo Padre señala que ese apostolado no debe absolutamente dispensar o disminuir la intensidad de la vida contemplativa. He aquí sus palabras: «Et in primis, quoad vitam monialium contemplativam hoc, quod juxta mentem Ecclesiae semper vignit, firmum ac inviolatum servari debet: Monasteria omnia monialium vitam contemplativam ut primum atque praecipuum suum finem, canonice semper et ubique profiteri debere. Quam ob rem, labores et ministeria, quibus Moniales vacare possunt ac debent, talla esse opportet atque ita quoad locum, tempus, modum rationemque ordinanda ac disponenda sunt ut vita vere et solide contemplativa sive totius communitatis sive singularum Monialium, salva non tantum sit sed ingiter alatur ac roboretur» (Constitución Apostólica «Sponsa Christi», A. A. S., v. 43, pág. 11). «Y primeramente en cuanto a la vida contemplativa de las Monjas debe permanecer firme e inviolable lo que siempre estuvo en vigor, según la mente de la Iglesia, a saber: que todos los monasterios de monjas deben profesar canónicamente y en todas partes la vida contemplativa como fin primario y principal. Por lo cual, los trabajos y ministerios a los cuales las monjas pueden y deben entregarse, deben ser de tal naturaleza y ordenados de tal modo en cuanto al lugar, tiempo, manera y disposición, que la vida verdadera y sólidamente contemplativa, sea de toda la Comunidad o de cada una de las Monjas, no solamente quede a salvo, sino también que sea alimentada y fortalecida constantemente».


28. El hábito talar y el «clergymán»

  • FALSO: El traje llamado «clergymán» conviene más a nuestra época y facilita más el apostolado que el hábito talar impuesto por el Derecho Canónico.
  • VERDADERO: Siendo el sacerdote, por el Sacramento del Orden, una persona sagrada, y colocada en la Iglesia en una situación específicamente distinta y elevada sobre el común de los fieles, es conveniente con su situación que tenga un hábito totalmente diverso del que usan los simples fieles.

Explanación: La Iglesia siempre vio con agrado el uso de la sotana. El llamado traje de «clergyman» tuvo, por el contrario, su origen en los países donde la situación creada por la herejía y la persecución dificultó a los sacerdotes la vida normal que llevan en los países católicos. Es conforme, pues, al espíritu de la Iglesia, el llevar y conservar la sotana. Se basa en esta preferencia por la sotana la Pastoral colectiva del Episcopado Brasileño, reeditada, con nueva aprobación de todos los Obispos, en 1950, y que impone su uso bajo penas severas (num. 1262), y apenas tolera otros trajes diferentes en circunstancias especiales (núms. 1260 y 1261). El Código exige trajes propios a los clérigos en el canon 136, y manifiesta preferencia por la sotana cuando ordena que con ella estén revestidos los que van a celebrar la Santa Misa (can. 811). Esta preferencia por la sotana es explicable. La sotana, totalmente diferente del traje seglar, distingue mejor que el traje de «clergyman» la separación que hay entre el sacerdote y la vida profana. La supresión de la sotana tiene una influencia grande en el sentido de la laicización del Clero.


29. Diversiones lícitas para los sacerdotes

  • FALSO: Es mucho más apropiado a la evolución y a las necesidades actuales de la Santa Iglesia que los sacerdotes, en su vida social, puedan asistir a todas las diversiones que son lícitas a los seglares católicos, y permitirles actitudes que a éstos no se les censuran.
  • VERDADERO: A cada estado de vida corresponden, no sólo deberes sino también maneras y actitudes adecuadas. Así, el buen sacerdote se abstendrá no sólo de aquello que condena expresamente la moral, sino también de todo cuanto, según la expresión consagrada, «non clericat».

Explanación: No se pueden reducir las reglas esenciales de la moral a lo que puede un hombre hacer o no hacer. Así, a un magistrado no le convienen las actitudes, las diversiones, las maneras permitidas a un trabajador manual; o a un padre de familia no se le permiten el porte y los modales de un joven soltero, aunque éste se conserve dentro de las prescripciones de la moral. Acabar con las maneras, actitudes y tenor de vida conformes con el sacerdocio para inducir a los sacerdotes a llevar una existencia honesta, al nivel de los seglares, es trabajar por la laicización de la sociedad, y, lo que es peor, por la secularización de la Iglesia. A propósito de este asunto, léase el canon 138 del Código de Derecho canónico.


30. Esplendor episcopal y pobreza pastoral

  • FALSO: En el ambiente de majestad y distinción aristocrática que rodea a la Jerarquía hay una imitación de los Príncipes temporales. El Obispo es Pastor, y no Príncipe, por lo cual le conviene, no las apariencias de Príncipe, sino la simplicidad y pobreza del Pastor.
  • VERDADERO: Ya que el hombre tiene sensibilidad es preciso que las exterioridades manifiesten la naturaleza de las instituciones. Por esto, cuanto más alto sea un cargo, tanto más solemne debe ser el ambiente que le rodea. El Obispo tiene el Principado en la Iglesia de Dios. Y el Principado eclesiástico es de una dignidad más eminente que el principado civil. Así tiene obligación de rodearse del esplendor conveniente a su cargo. Como hombre privado, sin embargo, debe ser riguroso en la práctica del desapego a todas las cosas terrenas.

Explanación: La sentencia impugnada impresiona por el juego de palabras. Hace del Pastor la imagen del Obispo, pero insinúa una identidad entre las dos condiciones, aunque entre ellas haya apenas analogía. El pastoreo de los hombres tiene una dignidad claramente mayor que el gobierno de las ovejas. Por lo que sería contrario al orden de las cosas que un príncipe o un Obispo se presentase siempre como un pastor de rebaño. Indirectamente nivelaría a los hombres con los animales. Es bien claro que el esplendor episcopal de ninguna manera es incompatible con la mansedumbre, la humildad, el desprendimiento y el trato paternal que deben distinguir al Obispo. Así, puede y debe el verdadero Obispo, conservando la dignidad de su cargo, ser el Padre de todos y de cada uno de sus diocesanos.


31. El sacerdote y la masa obrera

  • FALSO: El único medio para comprender y convertir a la masa obrera consiste en salir el sacerdote de la iglesia, ir a la masa, mezclarse con ella, imitar su vida, su modo de ser y vivir, etc., para poder ejercer influencia en su ambiente.
  • VERDADERO: El conocimiento de la masa obrera, sus problemas de orden moral y religioso, exige alguna convivencia con ella, para lo cual el ejercicio del ministerio parroquial da a los sacerdotes, normalmente, excelentes ocasiones. En la iglesia o fuera de ella el sacerdote debe ser entera y exclusivamente sacerdote, absteniéndose de todas las visitas y modos de vida «qui non clericant», que no son convenientes a los clérigos. Además, él lo hará por medio de los seglares afiliados a las varias Asociaciones de Acción Católica, Congregaciones Marianas, etc., y Asociaciones especializadas como los Círculos obreros.

Explanación: La sentencia impugnada, con raras excepciones, lleva consigo una inversión de papeles. El sacerdote sale del presbiterio y se encarga de la tarea normal de los seglares. Es una tendencia más a la laicización del clero. Para que se vea cuánto hay de unilateral en esta proposición, es conveniente fijarse en que ella sólo piensa en la conversión de la masa obrera, como si en otras clases sociales el paganismo no hubiese hecho también devastaciones terribles. Por consiguiente, si admitimos el principio de que cada clase puede ser sólo trabajada por sacerdotes pertenecientes a ella, tendríamos lógicamente sacerdotes campesinos, sacerdotes industriales, sacerdotes generales, sacerdotes diplomáticos, y sólo no tendríamos sacerdotes-sacerdotes. Ese género de vida secularizado, los santos siempre lo temieron para sí y para el clero. Y la Iglesia siempre recomendó a los sacerdotes que se abstuviesen de él con sumo cuidado.

Compendio de Verdades Oportunas

Que se oponen a los Errores Contemporáneos

Autor: Mons. Antonio de Castro Mayer | Sección III: Sobre los métodos del apostolado [1]

Irenismo, interconfesionalismo, terreno común, polémicas, etc.


32. Unión de la caridad vs. unión en la verdad

  • FALSO: Es más conveniente mantener las almas en la unión de la caridad que en la unión de la verdad.
  • VERDADERO: La unión de la caridad es fruto connatural de la unión en la verdad. Lo que importa sobre todo es mantener la integridad de la Fe, sin la cual nadie puede agradar a Dios. (San Pablo a los Hebreos, XI-6).

Explanación: Si se admitiese alguna cosa como más fundamental que la Fe, se caería necesariamente en la conclusión de que la diferencia de religiones es secundaria, y, por tanto, justificable una línea de conducta interconfesional. En la realidad, la unión en la fe es de tal manera capital que nosotros la debemos reconocer como el valor imprescindible y dominante en nuestras relaciones, no sólo con las personas extrañas a la Iglesia, sino también con los propios hijos de ésta. A éstos debemos una caridad especial. Pero si ellos se sirven de su condición de católicos para difundir el error dentro de la Iglesia, deben ser también objeto de una especial y viva oposición por nuestra parte. Sería superfluo advertir que en el mismo ardor de las luchas conviene conservar la caridad. Además, admitida la sentencia impugnada, serían inexplicables todas las luchas, a veces seculares, que la Iglesia mantuvo para conservar en su seno la integridad de la Fe. Cuando se piensa que esas luchas llevaron consigo persecuciones, martirios y heridas en el Cuerpo Místico de Cristo, se comprende la importancia capital que Nuestro Señor Jesucristo dio a la integridad del depósito sagrado que Él confió a su Iglesia.


33. Trato con herejes y pecadores

  • FALSO: El hereje y el pecador, personas bien intencionadas, pero que se equivocaron en la apreciación de la verdad y del bien, nunca deben ser combatidos y atacados en sus ideas o costumbres, por lo menos de forma directa. Tal procedimiento necesariamente les alejaría y les haría rebelarse. Por el contrario, si con blandura se les hace ver su error, lo reconocerán y se convertirán.
  • VERDADERO: Dios da a todos la gracia para conocer la verdad y el bien de modo que los errores de buena fe, en este punto, son accidentales y anormales. La verdadera mansedumbre cristiana, que no envuelve condescendencia en materia de Fe y costumbres, es medio muy eficaz y en sí mismo preferible en el trato con herejes y pecadores. Pero cuando la obstinación resiste a la acción blanda y persuasiva de la caridad, cuando la insolencia causa escándalo al pueblo fiel, es necesario el empleo de métodos enérgicos y combativos.

Explanación: La proposición impugnada peca por simplismo y unilateralidad.

Ciertamente, hay herejes, infieles y pecadores susceptibles de ser atraídos por la suavidad cristiana. Sería error manifiesto emplear con ellos una energía innecesaria. Sin embargo, hay también —y en ciertas épocas son, por desgracia, muy numerosos— herejes y pecadores que no se mueven si no es por la condenación enérgica de su error, y el saludable temor del estado en que se encuentran. Fue el caso del Profeta Natán con David.

En esta materia es necesario tener en cuenta los diversos temperamentos. Para convertir al Apóstol de las Gentes, la Providencia, siempre amorosa, creyó necesario derribarle en tierra. Además, el empleo de métodos de apostolado no debe tomar en consideración las conveniencias del hereje o del pecador, sino también, y ante todo, la salvación y edificación de los que viven en gracia de Dios. Cuando un hereje o pecador, en lugar de conservarse humildemente en la penumbra, se jacta de su error, y hasta llega a propagarlo con la palabra y con el ejemplo, muchas veces se hace necesario reducirle con energía. Las Sagradas Escrituras están llenas de ejemplos que contienen esa doctrina: San Pedro con Ananías y Safira, San Pablo con el incestuoso de Corinto, etc.


34. Atacar el error, no a los que yerran

  • FALSO: Odiad el error, amad a los que yerran, dice San Agustín. Por eso sólo se deben atacar los errores y los pecados; jamás a los que yerran y pecan.
  • VERDADERO: Odiad el error, amad a los que yerran, dice San Agustín. Así, se debe atacar el error y el pecado exponiendo la doctrina católica, combatiendo las doctrinas falsas, y advirtiendo a los fieles contra los que yerran o pecan. No hay en esto falta de caridad, ya que es obra de misericordia castigar a los que yerran y oponer obstáculos a la difusión del error.

Explanación: La sentencia impugnada parece suponer que todo castigo impuesto a los que yerran es un acto de hostilidad contra ellos. La Iglesia enseña, por el contrario, que es una obra de misericordia. Solamente no lo será cuando fuere dictado por el odio, envidia, o espíritu de difamación, o cuando fuere excesivo e inoportuno. Por otra parte, toda la historia de la Iglesia, aun antes de su fundación, en el período de preparación, hasta sus últimos doctores, San Francisco de Sales, por ejemplo, están llenas de actitudes vehementes, fuertes, contra los pecadores y herejes. Acordémonos del «genímina viperarum» de San Juan Bautista contra los Fariseos, del «sepulcros blanqueados», «hipócritas», de Jesucristo, contra el mismo género de personas, etc.


35. Terreno común con infieles y pecadores

  • FALSO: En el trato con los infieles y pecadores, es preferible callar las verdades de la doctrina católica, con las cuales no están conformes, y la austeridad de los preceptos morales que quebrantan, para realzar principalmente las verdades que profesan y la suavidad de los preceptos evangélicos. Manteniéndose en el terreno común de ambos, el católico consigue atraer las simpatías del infiel o del pecador y convertirle.
  • VERDADERO: La doctrina y la moral de la Iglesia son perfectas y buenas para despertar la admiración de los hombres, ya en sus aspectos arduos, ya en sus principios consoladores. Para eso no falta el auxilio interior de la gracia a ningún hombre. En determinadas disposiciones de espíritu, es más oportuno hacer resaltar las verdades y los preceptos más fácilmente aceptables. Pero se trata de situaciones excepcionales. Ordinariamente es necesario insistir sobre todos los puntos de la doctrina católica.

Explanación: La sentencia impugnada peca de naturalismo, ya que prescinde de la gracia divina, por la que se hace amable la cruz de Jesucristo. Fue predicando a Jesús crucificado como los apóstoles conquistaron al mundo. Y no fue por el empleo de la táctica del terreno común. Es ésta la doctrina del Bienaventurado Pío X, como se puede comprobar en la Encíclica «Jucunda sane», con motivo del centenario de San Gregorio Magno. El Papa elogia al Santo principalmente porque despreció los consejos de la prudencia de la carne, para presentarse con la austeridad de un predicador de Cristo crucificado, como lo habían hecho los Apóstoles en la culta, civilizada y brillante Roma, donde todo parecía exponer al fracaso una predicación en nombre de un condenado a muerte de cruz. Léanse también las proposiciones 93 y 94 (D. 1443, 1444) de Quesnell, condenadas por Inocencio XI. Son los elogios de la mansedumbre y caridad con desprestigio de la firmeza de la fe.


36. La polémica justa y la caridad

  • FALSO: La disputa entre católicos o con acatólicos perjudica necesariamente la caridad; es siempre un mal. Los que polemizan, si no son herejes de la verdad, lo son de la caridad.
  • VERDADERO: La polémica justa y oportuna es uno de los medios para fomentar la caridad, contribuyendo a unir los espíritus en la verdad. No discutir puede, en algunos casos, constituir lo que llaman herejía contra la caridad.

Explanación: La sentencia impugnada supone que las divergencias de orden dogmático deben ser despreciadas, ya que estas divergencias son las que dan lugar a las polémicas. Esta actitud mental, característicamente «irenista», puede conducir a un interconfesionalismo teórico, con funestas repercusiones en el orden práctico, pues su consecuencia natural es el indiferentismo religioso. Está ella condenada implícitamente en la anatematización de la sentencia 94 de Quesnell, como vimos arriba, ya que esta proposición recrimina la firmeza de la Santa Iglesia, y se trataba, como consta por la Historia, de la firmeza en la fe, aunque los Jansenistas tildasen a la Santa Sede de exagerada en sus exigencias.

Si la sentencia impugnada fuese verdadera, sería imposible la lucha contra los enemigos externos que, cubiertos con piel de oveja, procuran diezmar la Iglesia, y sobre todo contra sus enemigos internos, el rebaño. El Bienaventurado Pío X en carta al Eminentísimo Cardenal Ferrari, Arzobispo de Milán, enseña cuan nociva puede ser a la Iglesia tal línea de conducta: «…aquellos que recogieron en sus escritos todos los errores del modernismo, que fingieron una sumisión exterior para permanecer en el redil y extender con más seguridad sus errores, que continúan su nefasta obra con lecturas y reuniones secretas, que, en una palabra traicionan a la Iglesia, fingiéndose amigos… ¿Quién no ve la impresión triste y el escándalo que produce en las almas el considerar como católicos a estos miserables, a quienes, para obedecer al Apóstol San Juan, deberíamos nosotros negar hasta el mismo saludo?» (Estudio histórico en el Proceso de Beatificación y Canonización del Siervo de Dios Pío X, pág. 144, apud «La Pensée Catholique», núm. 23, pág. 80) [4].


37. Intransigencia en la defensa de la verdad

  • FALSO: Es necesario emplear la mayor energía contra los que se muestran intransigentes en la defensa de la doctrina católica. No hay error más pernicioso que la intransigencia de la verdad.
  • VERDADERO: La intransigencia es a la virtud lo que el instinto de conservación es a la vida. Una virtud sin intransigencia o que odia la intransigencia, no existe, o conserva apenas la exterioridad. Una fe sin intransigencia, o está muerta, o sólo vive exteriormente, porque perdió el espíritu. Siendo la fe el fundamento de la vida sobrenatural, la tolerancia en materia de fe es el punto de partida para todos los males, especialmente para las herejías.

Explanación: El Bienaventurado Pío X ya señalaba como una de las características de los modernistas una tolerancia extrema para con los enemigos de la Iglesia, y mucha intolerancia contra los que defendían enérgicamente la ortodoxia. Hay de hecho en esta actitud una flagrante incoherencia, pues los que sientan plaza de tolerar todas las opiniones debían también tolerar a los que sostienen los derechos de la intransigencia. Por otra parte, esta contradicción es común a todos los herejes. Las diferentes sectas se unen cordialmente, cerrando los ojos a los puntos divergentes, cuando se trata de atacar la intransigencia de la Iglesia en materia de Fe. En esta actitud encontramos el criterio para juzgar de la importancia singular que tiene para la vida de la Iglesia la intolerancia en cuestiones doctrinales.

Es evidente que los excesos de la intransigencia, precisamente por ser excesos, deben ser rechazados, pues todo exceso es un mal. Importa no olvidar las sabias normas dictadas por la Santa Sede en el Pontificado del Bienaventurado Pío X, con relación al modo de corregir una u otra demasía de los valerosos polemistas católicos, empeñados en combatir el error. Escribiendo al Eminentísimo Cardenal Ferrari, Arzobispo de Milán, refiriéndose al periódico «La Riscossa», que se alarmaba por la infiltración modernista en aquella Arquidiócesis, el Eminentísimo Cardenal de Lai, Secretario de la Sagrada Congregación Consistorial, decía: «Todos estos hechos explican el temor que ciertos buenos católicos sienten con relación a su querida Diócesis, y levantan la voz para excitar a las armas. Tal vez se excedan en el modo, pero en pleno combate, ¿quién podría censurar a los defensores si no miden con precisión matemática sus golpes? Era la respuesta que daba también San Jerónimo a los que le recriminaban por su ardor, muchas veces impetuoso y áspero, contra los herejes y ateos de su tiempo. A este propósito yo también diré otro tanto a Vuestra Eminencia, referente al ataque de ‘La Riscossa’. Que haya males por ahí (en Milán), después de los hechos referidos, nadie lo podrá negar. No es, por tanto, ni se puede llamar enteramente injusto el hecho de que algunos hayan levantado su voz. ¿Se excedieron? Conviene entonces lamentarlo, pero no es absolutamente malo que tocando a rebato hayan exagerado un poco el peligro. Siempre es preferible excederse un poco al advertir el peligro que callarse y dejarlo crecer.» (Disquisitio, etc., págs. 156-7, apud Pensée Catholique, 23, pág. 84). Íbidem: «A fin de cuentas, en el seno de una tan grande libertad de prensa mala, entre los peligros que rodean a la Iglesia por todas partes, no parece oportuno atar excesivamente las manos a los defensores, ni combatirlos o desanimarlos por un pequeño descuido».

Y el propio Santo Papa, al escribir el 12 de agosto de 1909 a Monseñor Mistrángelo, Arzobispo de Florencia, acerca de una modificación ordenada en la redacción del periódico «L’Unità Cattolica», declaró: «Todo está bien cuando se trata de respetar las personas, pero yo no querría que por el amor de la paz se llegase a compromisos, y que para evitar odios se faltase a la verdadera misión de ‘L’Unità Cattolica’, que consiste en velar por los principios y ser el centinela avanzado que da la voz de alerta, aunque fuese a la manera de los gansos del Capitolio, y que despierta a los semidormidos. En este caso ‘L’Unità’ no tendría razón de existir». (Disquisitio, pág. 107, apud Pensée Catholique, N. 23, pág. 84).


38. Colaboración con acatólicos

  • FALSO: Se ha de alabar que los católicos se unan a personas afiliadas a otras religiones, como protestantes, cismáticos, etcétera, para asegurar la defensa de los valores comunes de todas las confesiones cristianas.
  • VERDADERO: La colaboración de los fieles con los acatólicos para conseguir objetivos comunes, sólo está permitida por la Iglesia en casos excepcionales. Más grave sería el hecho de que los católicos se uniesen de manera estable con personas de otras religiones en una organización especial. La Iglesia ve con temor esas asociaciones y las prohíbe. Cuando en alguna circunstancia excepcional, se siente como obligada, para evitar mayores males, a tolerar colaboraciones de esta naturaleza, lo hace con miedo y con tristeza.

Explanación: El peligro de las colaboraciones puede aumentar por la propia naturaleza del fin que se proponga: así, una colaboración para una finalidad exclusivamente técnico-profesional es menos grave que una colaboración con fines culturales. La Asociación Cristiana de Jóvenes, por ejemplo, está prohibida por la Iglesia, porque, reuniendo cristianos de varias sectas, procura asociar también a los católicos para un fin educativo-moral cristiano; esto es, una religiosidad vaga, que puede servir tanto para los herejes, como para los católicos. Una de las razones por las que el Santo Pío X condenó «Le Sillon», movimiento democrático cultural y social modernizante de Marc Sangnier, fue su faceta interconfesional (Carta Apostólica «Notre Charge Apostolique», A. A. S. 2, pág. 625, ss.). Dice entre otras cosas el Bienaventurado Pontífice: «Todos, católicos, protestantes y librepensadores, procurarán preparar a la juventud, no para una lucha fratricida, sino para una generosa emulación en el terreno de las virtudes sociales y cívicas» (Marc Sangnier, París, mayo de 1910). Estas declaraciones y esta nueva organización de la acción sillonista sugieren graves reflexiones. He ahí una asociación interconfesional fundada por católicos, para trabajar en la reforma de la civilización, obra eminentemente religiosa porque no hay civilización verdadera sin civilización moral, y no hay verdadera civilización moral sin verdadera religión: ésta es una verdad demostrada y un hecho histórico. ¿Qué debemos pensar de una asociación en la cual todas las religiones y el mismo librepensamiento pueden manifestarse a voluntad? Porque los sillonistas, que en las conferencias públicas y en otras ocasiones proclaman altivamente su fe individual, no pretenden ciertamente cerrar la boca a los demás e impedir que el protestante defienda su protestantismo y el escéptico su escepticismo.» (A. A. S. 2, p. 625/626).


39. Asociaciones católicas exclusivas

  • FALSO: Las asociaciones católicas que pretenden dar exclusivamente a los católicos vida cultural, recreativa, deportiva, etcétera, con la mira de apartarles de ambientes pervertidos, no se deben alabar, pues es preferible que los católicos frecuenten los más variados ambientes para ejercer allí apostolado de infiltración y conquista.
  • VERDADERO: Las asociaciones católicas que tienen un fin cultural, recreativo, deportivo, etc., deben ser alabadas, pues concurren eficazmente para preservar a los buenos de las ocasiones próximas de pecado, y les proporcionan excelentes medios de formación y santificación. Seglares así formados serán buenos apóstoles para la difusión de la doctrina católica en los varios ambientes en que se han de colocar para cumplir sus deberes de vida cotidiana.

Explanación: La sentencia impugnada prescinde de lo fundamental en materia de apostolado: la formación de grupos selectos para la difusión del reino de Cristo[5]. Y es claro que esos grupos selectos sólo pueden ser formados en ambientes de alto nivel religioso, que no se consiguen sin una selección de los elementos que los frecuentan. Además, la sentencia impugnada tiene también el inconveniente de no distinguir entre ambientes que un católico está obligado a frecuentar y aquellos a los que voluntariamente se expone. En el primer caso —el joven que para no morir de hambre se ve obligado, por ejemplo, a aceptar empleo en un lugar peligroso para su salvación— podrá contar con gracias especiales de Dios, y resistirá tanto más fuertemente cuanto más esmerada hubiera sido su formación.

En el segundo caso —el joven que sin motivo alguno frecuenta lugares peligrosos— voluntariamente se expone al peligro y corre el riesgo de ver en sí cumplida la palabra del Espíritu Santo — «Qui amat periculum in illo peribit»— (Eccl. III-27).

Que la sentencia impugnada alaba una actitud contraria a la tradición de la Iglesia y a los deseos de la Santa Sede para los tiempos actuales, se demuestra por la recomendación que hacía el Santo Padre Pío XII a los miembros de la «Asociación Católica Internacional para la defensa de la joven». En la alocución dirigida a los participantes del Congreso Internacional de dicha Asociación, reunido en Roma en septiembre de 1948, dice el Papa: «Procurar salvaguardar la moral de la joven gracias a centros de reunión, a hogares, a pensionados, a restaurantes irreprensibles, a secretariados para obtener empleos, a residencias en estaciones y puertos marítimos o aeronáuticos: he ahí cosas excelentes y de urgencia inmediata».

Como se ve, piensa el Papa que la eficacia del apostolado depende de un aislamiento del ambiente mundano. Las personas con las cuales se quiere hacer apostolado deben ser atraídas a ambientes a la vez sanos, amenos e impregnados de profunda moralidad. En tales ambientes, la formación religiosa, la adquisición de cualidades domésticas, el desenvolvimiento de dotes artísticas y la educación de la joven para la vida práctica, se pueden alcanzar con facilidad y con éxito. (Cfr. Civiltà Cattolica, 16 de octubre de 1948.)


40. Derecho de los fieles a combatir el error

  • FALSO: Sólo a la autoridad eclesiástica incumbe reprimir los errores relativos a la fe, que aparezcan entre los católicos. A los simples fieles sólo asiste el derecho de denunciar tales errores al Ordinario del lugar. No se les permite atacar esos errores de palabra o por escrito, sino después de una iniciativa por parte de la Autoridad Eclesiástica.
  • VERDADERO: Cualquier doctrina puede ser condenada oficialmente en nombre de la Iglesia por la autoridad eclesiástica. Cualquier fiel, sin embargo, en presencia de una doctrina ya condenada, tiene el derecho y a veces el deber de combatirla. Si se encuentra con una doctrina no condenada expresamente, pero incompatible con las enseñanzas de la Iglesia, puede, y a veces debe, bajo su responsabilidad personal, señalar tal incompatibilidad y oponerse en la medida de lo posible a la propagación de esta doctrina.

Explanación: La sentencia impugnada va contra toda la tradición de la Iglesia. En efecto, la condenación de los errores de los herejes en general, como Lutero, Jansenio, y recientemente los modernistas, siempre fue precedida de una polémica aclaratoria entre los innovadores y algunos defensores beneméritos de la Fe, eclesiásticos o seglares, que obraban por cuenta propia. A pesar de esto, siempre es conveniente dar cuenta a la Autoridad Eclesiástica, que no puede menos de ver con buenos ojos la lucha trabada por los fieles con justicia y caridad contra el error.

Compendio de Verdades Oportunas

Que se oponen a los Errores Contemporáneos

Autor: Mons. Antonio de Castro Mayer | Sección IV: Sobre la vida espiritual [1]


41. Unión ontológica vs. unión moral

  • FALSO: La unión con Dios consiste en el contacto vital y experimental con Cristo; la unión moral, o sea, el ejercicio de las virtudes, es accesorio para conseguir este fin.
  • VERDADERO: No es posible distinguir en Dios su esencia de su santidad; por consiguiente, es falsa cualquier concepción que pretenda afirmar formal o implícitamente una unión con la esencia divina sin que haya al mismo tiempo unión con la santidad de Dios. Por tanto, es falsa también la separación que se quiere hacer entre la unión ontológica y la unión moral, mediante la obediencia a los mandamientos, porque ambas resultan de la gracia santificante, de las virtudes infusas y de las gracias actuales. La gracia y sus operaciones escapan por sí del campo de la experiencia (Cfr. 1ª 2.ae S. T., q. 112, art. 5, c; De Veritate, q. 10 art. 10, c).

Explanación: La proposición impugnada tiene fuerte carácter modernista, porque hace consistir la vida espiritual, principal y casi exclusivamente, en una unión ontológica y experimental con Dios, en un campo que queda más allá de las operaciones de las facultades del alma; en un campo, por así decir, transpsicológico. En el orden moral lleva al laxismo. Si la unión con Dios no se realiza por la unión con la santidad divina, todos los mandamientos son secundarios o superfluos, porque no conducen al fin último que es Dios. Se diría que se forman dos clases espirituales: una de los que vuelan hacia los parajes de la unión ontológica y experimental con Dios; otra de los que, guiados por los moralistas, se arrastran por el terreno de los mandamientos. La unión con Dios procede principalmente de una participación de la naturaleza divina, que se realiza por la gracia santificante. Esta, sin embargo, no es independiente del cumplimiento de los mandamientos, sin lo cual no puede subsistir ni desenvolverse. Santo Tomás afirma (Ia IIae, q. 4, a. 4 c): «Rectitudo voluntatis requiritur ad beatitudinem et antecedenter et concomitanter. Antecedenter quidem, quia rectitudo voluntatis est per debitum ordinem ad finem ultimum. Finis autem comparatur ad id quod ordinatur ad finem, sicut forma ad materiam. Unde sicut materia non potest consequi formam, nisi sit debito modo disposita ad ipsam, ita nihil consequitur finem, nisi sit debito modo ordinatum ad ipsum. Et ideo nullus potest ad beatitudinem pervenire nisi habeat rectitudinem voluntatis. Concomitanter autem, quia, sicut dictum est, beatitudo ultima consistit in visione divinae essentiae, quae est ipsa essentia bonitatis. Et ita voluntas videntis Dei essentiam, ex necessitate amat quidquid amat sub ordine ad Deum» («La rectitud de la voluntad es necesaria para la bienaventuranza tanto antecedente como concomitantemente. Antecedentemente, porque tal rectitud supone el orden debido en relación al último fin, porque el fin es con relación a las cosas que a él se ordenan lo que es la forma con relación a la materia. Y como ésta no puede conseguir aquélla si para ella no estuviere dispuesta de cierto modo, así, nada consigue su fin sin estar a él ordenado. Y, por tanto, nadie puede llegar a la bienaventuranza sin la rectitud de la voluntad. Y concomitantemente, porque, como ya se dijo, la bienaventuranza última consiste en la visión de la esencia divina, que es la esencia misma de la bondad. Así, la voluntad de quien ve la esencia de Dios lo ama todo, por fuerza, con subordinación a Dios»).


42. Esfuerzo por la virtud y los mandamientos

  • FALSO: Para la unión del cristiano con Cristo, el esfuerzo para practicar la virtud y cumplir los mandamientos es secundario, y casi innecesario. Dar mucha importancia a la práctica de las virtudes, y preocuparse por la obediencia de los mandamientos es «moralismo» reprobable, o «virtutocentrismo».
  • VERDADERO: El esfuerzo del cristiano en la práctica de la virtud y de los Mandamientos es indispensable para obtener, mantener y aumentar la unión con Cristo, fruto de la gracia santificante. La preocupación por el cumplimiento de los Mandamientos es necesaria cuando no se tenga, como preocupación obsesionante.

Explanación: Dada la flaqueza humana, se manifiesta fácilmente la tendencia del hombre a apreciar aquello que le eleva — la gracia santificante — sin apreciar aquello que le impone obligaciones —la ley moral—. Se comprende muy bien que la Iglesia, como buena maestra, insista sobre lo más difícil, que es la práctica de los Mandamientos. En esto no puede haber ningún «moralismo» reprobable. Fue, por otra parte, la actitud del divino Fundador de la Iglesia, Jesucristo. Censurable sería llegar al extremo del pelagianismo, al concebir el acto de virtud como meramente natural independiente de la gracia y capaz de obtener por sí solo la unión con Dios.


43. Antropocentrismo vs. teocentrismo

  • FALSO: El «moralismo» o «virtutocentrismo» fija la atención del cristiano sobre sí mismo desviándola de Dios. El hombre, con sus problemas morales, pasa a ser el centro de la vida espiritual. Es el hediondo antropocentrismo, diametralmente opuesto a la verdadera piedad católica que es teocéntrica.
  • VERDADERO: Cuando el cristiano vuelve la atención hacia sí mismo para combatir un defecto y adquirir una virtud, practica un excelente acto para unirse con Dios, haciéndolo por un motivo sobrenatural. Nada hay en esto de antropocéntrico, ya que el hombre se vuelve a sí mismo para mejor unirse con Dios. Pues, según la Escolástica, lo primero en la intención es lo último en la ejecución.

Explanación: Como la rectitud de la voluntad es medio necesario para llegarse a Dios, todo cuanto el cristiano haga para su progreso en la virtud y perfeccionamiento moral, tiene como centro y meta al propio Dios y no al hombre. Toda la ascética cristiana es, pues, teocéntrica. Por otra parte, la sentencia impugnada no es error nuevo; ya entre las proposiciones de Miguel de Molinos condenadas por Inocencio XI (27 de noviembre de 1687), la del núm. 9, entre otras cosas, censura también esta actitud con los propios defectos (D. 1229). Recientemente el Santo Padre Pío XII consagra más de una página de la «Mediator Dei» (A. A. S. 39, págs. 533-537) para censurar esta falsa posición ascética de muchos católicos que pretenden evitar el esfuerzo para vencer las pasiones y unirse con Cristo.


44. Valor perenne de las escuelas de espiritualidad

  • FALSO: La espiritualidad de los Ejercicios de San Ignacio, y, en general, las escuelas de espiritualidad nacidas bajo el influjo de la Contrarreforma, como la de San Juan de la Cruz, San Alfonso María de Ligorio, etc., están impregnadas de «antropocentrismo», «virtutocentrismo», «moralismo». Fueron útiles como reacción contra el protestantismo; sin embargo quedan destituidas de valor perenne, pues desviaron del verdadero camino teocéntrico la piedad cristiana.
  • VERDADERO: Las escuelas de Espiritualidad que surgieron después de la Reforma Protestante, como todas las demás aprobadas por la Iglesia, aunque tengan entre sí diferencias explicables dentro de la libertad con que el Espíritu Santo instruye y guía a los Santos, son en el fondo todas teocéntricas, y tienen eficacia para todos los tiempos, como lo demuestran las reiteradas recomendaciones de la Santa Sede, aun en nuestros días, de los Ejercicios de San Ignacio y, en general, de las escuelas de espiritualidad (Cfr. además de la «Mens Nostra», de Pío XI, sobre los Ejercicios Espirituales de San Ignacio, la «Mediator Dei», A. A. S. 39, p. 585-6).

Explanación: De tal manera es esencial a toda espiritualidad ser teocéntrica, que la menor desviación en este punto constituye un error gravísimo. No se comprende cómo la Iglesia, que es infalible en todo lo que respecta a la edificación de los fieles, pueda haber aprobado métodos que apartan de Dios y que los fieles puedan haber llegado a la virtud heroica por la aplicación de estos métodos. La sentencia impugnada pone en duda implícitamente la infalibilidad de la Iglesia.


45. Prácticas litúrgicas vs. meditación y oración privada

  • FALSO: Una espiritualidad que insista mucho sobre la meditación y, en general, sobre las prácticas de piedad, en las cuales el individuo ejercita sus potencias para despertar en sí buenos propósitos, son medios de santificación secundarios y quizá imperfectos. Sólo las prácticas litúrgicas, en virtud de su acción «ex opere operato», aseguran el pleno desenvolvimiento de la vida espiritual y de la unión con Dios.
  • VERDADERO: Según la «Mediator Dei» la intensidad de la participación de los fieles en los actos litúrgicos se condiciona por las disposiciones interiores. La meditación, el examen de conciencia y otras prácticas similares fueron siempre presentadas por la Iglesia como medios indispensables para la adquisición de tales disposiciones. También sería temerario menospreciar la oración privada para conseguir el mismo fin. En consecuencia, la participación en los actos litúrgicos, la oración privada, la meditación y las demás prácticas semejantes se completan, y el cristiano no debe escoger entre todas, sino utilizarlas todas.

Explanación: La proposición impugnada sería verdadera si fuese posible en el adulto una santificación «ex opere operato» que supliese las disposiciones de éste. Por otra parte, la «Mediator Dei» relaciona la «piedad objetiva» o litúrgica con la «piedad subjetiva» o privada, demostrando que ambas son legítimas y una no puede dispensar de la otra (A. A. S. 39, página 532 y ss.).

Pero especialmente para el Brasil la Sagrada Congregación de los Seminarios enseña que: «La renuncia de sí mismo, de los propios modos de ver, del deseo de sobresalir y ser admirado, se adquiere tan solamente con la oración, con la meditación de la vida de Jesús y de las palabras por Él proferidas para todas las generaciones, con el ejercicio paciente y controlado por frecuentes exámenes de sí mismo. Sin la victoria en este sector del combate espiritual, no se llega a la humildad cristiana necesaria para someterse en todo a la voluntad de Dios» (A. A. S. 42, pág. 843).


46. Piedad litúrgica y extralitúrgica en las asociaciones

  • FALSO: Es peculiar de la Acción Católica, Apostolado Oficial de la Iglesia, una espiritualidad alimentada exclusivamente con prácticas litúrgicas que constituyen la piedad oficial. Es propio de las asociaciones religiosas — Apostolado de la Oración, Pías Uniones, etc.—, entidades de apostolado meramente privado, cultivar la piedad extralitúrgica.
  • VERDADERO: La obligación de cultivar la piedad litúrgica y la extralitúrgica es común a todos los fieles indistintamente, pertenezcan a una o a otra asociación.

Explanación: Como dijimos arriba, el Santo Padre insiste en la «Mediator Dei» en que ambas piedades son complementarias una de la otra e indispensables.


47. Devoción a los Santos y a la Virgen María

  • FALSO: La devoción a los Santos, y especialmente a Nuestra Señora, fácilmente desvía a los fieles de la piedad verdaderamente católica, que es por excelencia Cristocéntrica.
  • VERDADERO: La devoción a los Santos, y particularmente a la Santísima Virgen, de ningún modo aparta de Jesucristo a los fieles. Por el contrario, es el canal excelente y normal, y, tratándose de la Virgen Santísima, necesario, para llegar a la unión con Jesucristo.

Explanación: La ignorancia religiosa y ciertas supersticiones de la gentilidad llevan a muchas personas a hacer de los Santos el objeto de una falsa piedad, abuso ése que, por otra parte, también se practica con relación al propio Jesucristo. Es lo que se ve a veces en regiones del interior de nuestra Diócesis y en otras partes del Brasil. El riesgo no está propiamente en la devoción a los Santos, sino en la ignorancia religiosa y, sobre todo, en las supersticiones heredadas de los antiguos paganos. La devoción a los Santos y a Nuestra Señora, como se practica en general por las personas piadosas de nuestras ciudades, ni presenta exageraciones ni síntomas que vengan a producirlas. Según Santo Tomás (in IV Sent., d. 45, q. 3, a. 2), nuestras oraciones deben subir al trono de Dios por el mismo canal por el que bajaron los divinos beneficios; como éstos se alcanzan por la intercesión de los Santos, es por la devoción a los Santos por donde nos debemos aproximar a Dios.

Acerca del papel necesario de María en nuestra santificación escribió el Bienaventurado Pío X: «Todos nosotros, los que estamos unidos a Cristo, que somos, como dice el Apóstol, los miembros de su Cuerpo hechos de su carne y de sus huesos (Efesios 5, 30), salimos del seno de la Virgen como cuerpo unido a su cabeza». Y más adelante: «Si la Bienaventurada Virgen es al mismo tiempo Madre de Dios y de los hombres, ¿quién puede dudar que Ella empleará todas sus fuerzas junto a Jesucristo que es la Cabeza del Cuerpo de la Iglesia, para que Él derrame sus dones sobre nosotros, que somos sus miembros, y en primer lugar, para que le conozcamos y vivamos por Él?» Finalmente: «María, como nota justamente San Bernardo, es el acueducto o el cuello por el cual el cuerpo está unido a la cabeza Y POR EL CUAL LA CABEZA EJERCE SU PODER Y SU VIRTUD SOBRE EL CUERPO» (Enc. «Ad diem illum», 2 de febrero de 1904).


48. Confesión frecuente

  • FALSO: Es una devoción reprobable la confesión frecuente. La Iglesia se contenta con que los fieles reciban este Sacramento una vez al año. Basta la Confesión hecha al pie del altar cuando se participa en la Santa Misa para obtener el perdón de los pecados.
  • VERDADERO: La confesión frecuente es alabada por la Iglesia y recomendada por todos los Doctores de la vida espiritual. El Confíteor de la Misa no puede perdonar los pecados mortales. En cuanto al perdón de los veniales, habiendo arrepentimiento y propósito de enmienda, se puede alcanzar por los Sacramentales, como, por ejemplo, el Confíteor en la Misa. Una persona que renunciase a la práctica de la confesión frecuente para valerse únicamente de los Sacramentales, se privaría de las ventajas y de las gracias que solamente el Sacramento de la Confesión confiere y obraría en contra del sentir de la Santa Iglesia.

Explanación: La sentencia impugnada sostiene una posición ascética condenada por la tradición de la Iglesia y recientemente proscrita por la «Mystici Corporis Christi» de Pío XII, del 29 de junio de 1943. He aquí sus palabras: «Lo mismo sucede con la falsa opinión de los que pretenden que no se debe dar importancia a la confesión frecuente de los pecados veniales, porque lo importante es la confesión general, que la Esposa de Cristo, con sus hijos unidos a Ella en el Señor, hace todos los días por medio de los Sacerdotes antes de subir al Altar». Y más adelante añade: «Para adelantar más rápidamente en el camino de la virtud, recomendamos vivamente la piadosa costumbre, introducida por la Iglesia bajo la inspiración del Espíritu Santo, de la confesión frecuente, que aumenta el propio conocimiento, la humildad cristiana, desarraiga las malas costumbres, combate la negligencia y tibieza espiritual, purifica la conciencia, fortalece la voluntad, facilita la dirección espiritual, y en virtud del mismo Sacramento aumenta la gracia». Y termina con esta amarga censura: «Por tanto, los que menosprecian y hacen perder la estima de la confesión frecuente a la juventud eclesiástica sepan que hacen una cosa contraria al espíritu de Cristo y funestísima para el Cuerpo Místico del Salvador» (A. A. S. 35, pág. 235).


49. Obediencia a los superiores

  • FALSO: Las órdenes de los superiores deben ser obedecidas sólo cuando parecen acertadas. Obedecer órdenes desacertadas es servilismo incompatible con la dignidad del cristiano.
  • VERDADERO: La obediencia cristiana consiste en acatar todas las órdenes emanadas de los legítimos superiores, siempre que no obliguen a pecado, en virtud de la honestidad de obedecer a los superiores. A los súbditos no les compete desobedecer una orden simplemente porque no la juzguen acertada.

Explanación: La sentencia impugnada destruye el fundamento de la autoridad, pues la hace depender del consentimiento de los súbditos, error proscrito en la condenación del liberalismo. La doctrina Católica, por el contrario, enseña que la autoridad viene de Dios y, por eso, debe ser obedecida aun cuando los mandatos por ella promulgados parezcan incomprensibles o desacertados a los súbditos. En esto está la virtud de la obediencia, pues mientras que la sentencia impugnada hace de la obediencia un acto exclusivo de la inteligencia, la doctrina católica ve en ella sobre todo un acto de la voluntad. Y sin el acto de la voluntad no hay virtud. Véase la doctrina de San Pedro (1 Pe 2, 18), en que manda obedecer a los superiores díscolos.

Compendio de Verdades Oportunas

Que se oponen a los Errores Contemporáneos

Autor: Mons. Antonio de Castro Mayer | Sección V: Sobre la moral nueva [1]


50. Subordinación de las actividades humanas a la moral

  • FALSO: En los campos de la actividad humana, negocios, arte, literatura, diversiones, deportes, etcétera, el hombre no debe tomar en consideración sino los principios propios de cada campo. Así, la obra de arte, por ejemplo, será perfecta si artísticamente está bien terminada; el deporte si es eficaz para sus fines específicos, etc. Ninguno de estos campos está subordinado a los principios generales de la moral.
  • VERDADERO: Todos los fines próximos a que tienden las actividades humanas miran a un fin último que les da unidad y valor. Los principios relativos a este fin último dominan, pues, los fines secundarios relativos a cada campo específico de la actividad humana.

Explanación: La sentencia impugnada pertenece a la llamada «Moral Nueva», condenada por el Santo Padre en alocución del 23 de marzo de 1952 (A. A. S. 44, p. 270 y sig.). Ella niega la unidad teleológica del hombre y, por tanto, la subordinación de todos sus actos a un fin último y, como consecuencia, la subordinación de todos los campos de la actividad humana a un conjunto superior de reglas morales aplicables, servatis servandis, a todos los ramos de la actividad a que el hombre se entrega.

La sentencia impugnada conduciría lógicamente a la doctrina de los que afirman una identificación absoluta entre el ser y el bien, de tal modo que cualquier incremento en la línea del ser equivaldría a un progreso en la línea del bien simpliciter (simplemente) (Suma Teológica Ia, q. 5, a. 1, ad 1um). De tal manera que, por ejemplo, cuanto más progresa un artista como tal, tanto más crecerá en el bien, absolutamente hablando. Y como Dios está en el ápice de la línea del ser, aquel que progresa en esta línea se aproxima, por eso, a Dios, que es el Sumo Bien. La conformidad o disconformidad de la obra de arte con los preceptos de la moral, es, en esta concepción, extrínseca, y de ningún modo puede afectar a la ascensión ontológica hacia Dios.


51. Unidad moral en la prensa católica

  • FALSO: La Prensa Católica debe tratar cada materia según sus propios principios, prescindiendo de principios superiores a cada campo. Así, en la crítica moral de los espectáculos, podrá censurar una película, pues el objeto específico de esta sección es la moral; en la parte de anuncios podrá hacer propaganda de esa misma película, pues el objeto de esta sección es la mera propaganda; del mismo modo en las otras secciones sobre arte, deporte, etc., pues todas deben atender a los principios propios, independientes de la moral o de la religión.
  • VERDADERO: Los principios religiosos y morales deben dominar todas las secciones de los periódicos, máxime cuando éstos se proponen como fin especial la difusión y defensa de la doctrina católica. La publicación de anuncios inmorales en periódicos católicos es escandalosa, como es también escandalosa la contradicción entre la crítica cinematográfica y la parte comercial.

Explanación: La de la proposición anterior.


52. Fundamento sobrenatural de la moral

  • FALSO: La regla moral debe ser inculcada como norma que conviene al hombre, según el orden natural de las cosas; y su carácter de precepto emanado de Dios y obligatorio en virtud de la autoridad divina manifestada por la Revelación, debe ser silenciado. Pues el carácter de mandamiento y obligación choca contra la mentalidad del hombre contemporáneo.
  • VERDADERO: El punto esencial de la formación moral está en el reconocimiento de la soberanía suprema de Dios sobre todos los hombres y todas las cosas. Por consiguiente, una formación moral fundada principal o exclusivamente en la conveniencia con la naturaleza humana, peca por su base y jamás conseguirá dar una formación sobrenatural.

Explanación: La sentencia impugnada es profundamente revolucionaria. Cede ante la rebelión del hombre contra la autoridad del Creador. No quiere esto decir que no sea conveniente, para hacer más fácil el cumplimiento de lo mandado, ya reconocido y aceptado como impuesto por Dios, demostrar que de hecho responde a la naturaleza del hombre, formada por Dios y objeto de su amor. Sin embargo, fallaría en sus fundamentos una formación moral basada únicamente en esta consideración, que es menos importante que la primera.

Cuando se trata de convencer a los no católicos, se puede mostrar la conformidad de la religión católica con la naturaleza humana, como medio de allanar el camino, siempre que se trate de personas de buena fe. Una apologética que se limitase a ese punto, sería básicamente insuficiente. El Catolicismo es Religión de obediencia, y como tal debe ser presentado.


53. Inmutabilidad de la moral católica

  • FALSO: Es propio de asociaciones religiosas tradicionales, como Congregaciones Marianas, Pías Uniones, Hijas de María, etc., el prohibir a sus miembros que se pinten, frecuenten bailes, piscinas públicas, paseos mixtos, etc. La Acción Católica, por el contrario, formada según posiciones morales más recientes de la Iglesia, debe autorizar, promover y fomentar esas actitudes que hacen a sus miembros más conforme al siglo en que vivimos y capaces de hacer apostolado.
  • VERDADERO: La moral de la Iglesia es inmutable y lo que ayer era vanidad, ocasión próxima de escándalo o de pecado, lo es hoy y lo será mañana. Así, la Iglesia jamás aprobará los bailes modernos, las piscinas mixtas o públicas, los deportes mixtos, los juegos deportivos femeninos en público, etcétera, y alabará siempre a las personas que se abstuvieren de pinturas y de todo cuanto tenga resabios de vanidad y mundanismo.

Explanación: La sentencia impugnada sería lógica si se admitiese el hecho de una moral nueva en la Iglesia más libre y cómoda, de la cual la Acción Católica sería la pregonera. Por el contrario, habiendo recibido esa organización tan honrosas consignas y bendiciones tan preciosas de los Sumos Pontífices, conviene que considere enteramente adecuada la práctica de los más rigurosos principios de la modestia cristiana. No es otro el sentido en que se ha pronunciado el Soberano Pontífice en varias alocuciones a la juventud femenina católica, como se puede ver en A. A. S. 35, p. 142 (1943); 33, pág. 186 (1941); 32, pág. 414 (1940).

En cuanto a los bailes, el Santo Padre Pío XI, en la encíclica «Ubi Arcano», dice así: «Nadie ignora que la liviandad de las señoras y de las jóvenes traspasó ya los límites del pudor, sobre todo en los vestidos y en los bailes» (A. A. S., vol. 14, págs. 678-679). Ya anteriormente lamentaba Benedicto XV la indecencia de los vestidos femeninos y la falta de recato y de pudor en los bailes. Después de deplorar «la ceguera de las mujeres» en «la locura de los vestidos», añade lo siguiente respecto a los bailes: «que entraron en los hábitos de la sociedad bailes traídos de la barbarie, a cual peor, aptos, más que para cualquier otra cosa, para quitar todo pudor» (Enc. «Sacra propediem», 6 de enero de 1921, A. A. S. 13, pág. 39).

Con relación a las manifestaciones deportivas femeninas en público, la Sagrada Congregación del Concilio promulgó el 12 de enero de 1930 una instrucción en los términos siguientes: «Los padres aparten a sus hijas de competiciones públicas y concursos de gimnasia; pero, si ellas fuesen obligadas a tomar parte en semejantes manifestaciones, tengan la cautela de que se presenten con vestidos que edifiquen por la modestia; y jamás permitan que ellas se presenten con vestidos inmodestos» (C. P. B., Apéndice 20, pág. 70, A. A. S. 22, pág. 26). En el mismo sentido se manifestó el Santo Padre hablando a los médicos y profesores de educación física el día 8 de noviembre de 1952 (A. A. S. 14 de noviembre de 1952).


54. Modestia en el vestir

  • FALSO: No se deben prohibir los escotes, «maillots» y otros modos de vestir que descubran mucho el cuerpo, pues el cuerpo es bueno en sí mismo, fue creado por Dios y no es necesario taparlo.
  • VERDADERO: El cuerpo humano fue creado por Dios y, como todo ser, es en sí mismo bueno. Después del pecado original, la concupiscencia se volvió desarreglada. Por esta razón conviene cubrir el cuerpo para que no sirva de ocasión de pecado.

Explanación: La sentencia impugnada es de un naturalismo visceralmente anticatólico.


55. Decoro para recibir los Sacramentos

  • FALSO: No se debe censurar a las personas que se presentan a comulgar con pinturas, escotes, mangas cortas o sin medias. Sería faltar a la caridad negarles los Sacramentos, pues esas personas no tienen malicia; de lo contrario no se presentarían así en la Iglesia. Además, ver malicia en tales cosas es censurar al propio Dios, creador del cuerpo humano.
  • VERDADERO: La Iglesia desaconseja la pintura y prohíbe la exageración en los escotes y las mangas cortas, así como la costumbre de ir sin medias. Los fieles deben ser instruidos sobre la doctrina católica en este asunto, pues el cuerpo humano, después del pecado original, se hizo esclavo de la concupiscencia y cualquier imprudencia en esta materia es, por lo menos, peligrosa.

Explanación: El cuerpo humano es bueno como toda criatura de Dios. La necesidad que tiene el hombre de no exponerlo, no procede del cuerpo humano como criatura de Dios, sino del desarreglo de los instintos, consecuencia del pecado original. Por esto, la Iglesia recomienda recato en los vestidos. La sensación de vergüenza causada por la exhibición inmodesta del cuerpo humano no se puede llamar malicia, sino pudor. Pues la noción de la diferencia que hay entre el bien y el mal no es un defecto, sino todo lo contrario, el fundamento de todas las virtudes. Por consiguiente, amonestar a las personas que visten inmodestamente es despertar en ellas, no la malicia, sino la virtud. Por esto la legislación de la Iglesia obliga a los Sacerdotes a negar los Sacramentos a las personas que se presentan de una manera inmodesta (S. C. del Concilio en 12-1-1930, adv. 9, A. A. S. 22, págs. 26-7).

La sentencia impugnada considera el asunto como si la humanidad no estuviese en estado de naturaleza caída. Por otra parte, ella niega la existencia de un bien o de un mal objetivos. El mal no estaría, en el caso concreto, en un hecho objetivo, la inmodestia del traje, ni en la trasgresión del precepto que prohíbe vestidos inmorales, sino que estaría en el ánimo subjetivo de quien ve inmoralidad en la desnudez.

Una aplicación concreta manifestará hasta qué punto la sentencia impugnada se opone al verdadero sentir de la Iglesia. Los Santos se destacaron siempre por la extremada finura en percibir y rechazar todo lo que contrariase, aun de lejos, la virtud angélica. La Iglesia alaba siempre el pudor. Según la sentencia impugnada sería la esencia de la malicia. Sobre la vanidad femenina, son preciosas las recomendaciones de San Pablo (I Tim., 2, 9) y de San Pedro (I Pe 3, 5); léase también el capítulo III de Isaías, versículos 16-24.


56. Carnaval y ocasión de pecado

  • FALSO: Es conveniente que los miembros de la Acción Católica participen en las diversiones de carnaval para hacer allí apostolado. Los retiros espirituales que apartan del mundo a los miembros de Acción Católica, no se deben tener en los días de carnaval.
  • VERDADERO: Es ilícito buscar la ocasión próxima de pecado bajo pretexto de apostolado. Constituyendo las diversiones de carnaval ocasión próxima de pecado, los fieles se deben abstener de ellas.

Explanación: Nuestro carnaval es tristemente famoso en todo el mundo por las inmoralidades a que da ocasión, y todo indica que se va haciendo peor. La participación de los fieles en esas diversiones inmorales no es sólo peligro para sus almas, sino también grave escándalo para el prójimo. Por el contrario, el hecho de apartarse al recogimiento y oración durante esos tres días, es ejemplo no pequeño de edificación y constituye un excelente apostolado.

La sentencia impugnada parece desconocer la existencia de la ocasión próxima de pecado, a lo menos para el que pretende hacer apostolado. Recordemos la condenación lanzada por Inocencio XI contra el Laxismo Moral (2-3-1679), entre cuyas proposiciones están las siguientes: Proposición 63: «Es lícito procurar directamente la ocasión próxima de pecado con intención de obtener un bien espiritual o temporal, propio o del prójimo»; y Proposición 62: «No se debe huir de la ocasión próxima de pecado cuando hay una causa útil u honesta para no huir» (D. 1213 y 1212).


57. Pecadores públicos y obras de caridad

  • FALSO: Las personas divorciadas, que simulan otro matrimonio, pueden ser admitidas a participar públicamente en campañas para reunir fondos destinados a obras de caridad espiritual o material.
  • VERDADERO: Es lícito recibir limosnas de pecadores públicos. Es escandaloso, sin embargo, incluir sus nombres en comisiones destinadas a recoger donativos para las obras piadosas, pues este hecho no deja de ponerlos en evidencia en la sociedad cristiana.

Explanación: La sentencia impugnada niega implícitamente la unidad moral del hombre, ya que parece distinguir en una misma persona dos aspectos enteramente ajenos el uno al otro; por una parte, en la vida familiar podría uno ser pecador público y merecer toda censura, y, por otra, en el terreno de la vida pública y social, como político u hombre de negocios o «filántropo» continuaría mereciendo toda consideración. Y la Iglesia, cerrando los ojos a un aspecto de su vida, señalaría el otro como recomendable. Tal manera de considerar el proceder de una persona es equivocado, como se demostró en el comentario a la proposición número 50.


58. Literatura místico-sensual

  • FALSO: Siendo la unión sexual imagen de las relaciones de la vida íntima de la Santísima Trinidad, es razonable y útil el servirse de temas amorosos para despertar la piedad.
  • VERDADERO: Aunque todos los actos honestos realizados con recta intención sean meritorios delante de Dios, las relaciones sexuales, en el presente orden histórico de la naturaleza caída, están de tal manera unidas a la concupiscencia desarreglada que moralmente no pueden constituir objeto que despierte o eleve la piedad.

Explanación: La literatura místico-sensual es uno de los males de nuestra época. El Santo Padre Pío XII ha advertido esto reiteradamente a los fieles. En el Pontificado anterior, la Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio tomó una medida especial contraria a esos escritos: la instrucción del 3 de mayo de 1927 (A. A. S., vol. 19, pág. 186 y ss.). Uno de los grandes inconvenientes de esa literatura es que se presta fácilmente a expresiones que conducen a un misticismo panteísta. Pretender alimentar la piedad con consideraciones místico-sensuales es contra la tradición de la Iglesia, que siempre procuró inculcar a los fieles, de cualquier estado de vida, el espíritu de pureza con el cual el hombre se prepara para la Mansión Celestial, donde «neque nubent, neque nubentur» (Mt 22, 30).

En favor de la literatura místico-sensual se ha aducido, no sin blasfemia, el «Cantar de los Cantares». La Iglesia, única intérprete auténtica de las Sagradas Escrituras, condenó siempre la interpretación erótica de esos poemas. Es cierto, pues, que no se alude a la vida animal del hombre en las expresiones que en ellos se encuentran. No obstante, porque el anhelo amoroso del alma con Dios es descrito de una manera muy viva, ya entre los judíos su lectura era sólo permitida de los treinta años en adelante. Tal es la prudencia que esta materia exige.


59. Educación para el matrimonio

  • FALSO: La formación del joven para el matrimonio se ha de hacer de una manera moderna, esto es, en grandes auditorios, en lenguaje realista, vivo, de forma ligera y hasta alegre. Los argumentos, sobre todo, deben ser de carácter natural. Es necesario no atacar la tendencia sentimental de los hombres, sino favorecerla.
  • VERDADERO: En la formación del joven para el matrimonio, se deben tomar en consideración, primeramente, las nefastas consecuencias del pecado original, que hacen que esta materia sea especialmente peligrosa en esta edad. Por eso se debe cuidar con diligencia de inculcar la importancia de los medios sobrenaturales y evitar siempre dar al asunto una publicidad inconveniente, esto es, contraria al recato con que se deben tratar estas cuestiones.

Explanación: En la alocución a los padres de familia del 18 de septiembre de 1951, el Santo Padre gloriosamente reinante, Pío XII, recrimina la manera con que muchos autores católicos tratan de esta materia, sin la discreción que el asunto pide, y recomienda las mismas precauciones prescritas por Pío XI en la Encíclica «Divini Illius Magistri» (A. A. S. 22, pág. 49 y ss.). Complemento de esta Encíclica es la respuesta de la Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio, del día 21 de marzo de 1931 (A. A. S. 23, pág. 118), a una consulta sobre la educación y la iniciación sexual. Juzgamos útil transcribir aquí las recomendaciones de la Suprema Sagrada Congregación: «Es absolutamente preciso en la educación de la juventud seguir el método empleado hasta ahora por la Iglesia y por los hombres virtuosos y recomendado por el Santísimo Padre en la Carta Encíclica sobre la ‘Educación cristiana de la juventud’ del día 31 de diciembre de 1929. A saber: Es preciso cuidar en primer lugar de una formación religiosa de la juventud de ambos sexos, plena, firme y sin interrupción; es preciso excitar en la juventud la estima, el deseo y el amor de la virtud angélica; y, sobre todo, inculcarle la constancia en la oración, la frecuencia de los sacramentos de la penitencia y de la Sagrada Eucaristía; que tenga una constante y filial devoción a la Bienaventurada Virgen María, Madre de la Santa Pureza, y que se consagre totalmente a su protección; que evite cuidadosamente las lecturas peligrosas, los espectáculos obscenos, la conversación con los malos y cualquier otra ocasión de pecar».

Después de dar estos consejos, para indicar cómo se debe hacer la educación sexual, censura la Suprema Sagrada Congregación los libros que propugnan el nuevo método de esta educación, escritos algunos hasta por autores católicos.

Que esta determinación de la Santa Sede haya sido olvidada «more jansenistarum» se deduce de la manera singularmente enérgica con que el Santo Padre Pío XII se refiere a los autores católicos en la citada alocución a los padres de familia. Conviene leer toda esta alocución, que «Catolicismo» publicó en su número del 13 de enero de 1952.


60. Enamoramientos en los colegios

  • FALSO: Por designio de la Providencia, la mayor parte de las personas deben vivir en el estado matrimonial. Las niñas de colegio que se enamoran están, pues, en su camino natural. Por tanto, no se les debe impedir que lo hagan.
  • VERDADERO: En materia de elección de estado, la acción del educador debe consistir en: 1º Instruir y auxiliar al educando de manera que éste pueda escoger conforme a la voluntad de Dios; 2º Impedir que el ambiente del colegio ponga obstáculos a las vocaciones que exigen mayor generosidad, como el Sacerdocio o el estado religioso. Por consiguiente, debe combatir con energía los enamoramientos prematuros o que no miran al matrimonio, pues no pasan de mera sensualidad igualmente contraria a la vocación sacerdotal o religiosa y a la preparación cristiana para el matrimonio.

Explanación: Aunque generalmente se encaminen los hombres al estado matrimonial, es necesario tener en cuenta la vocación personal de cada educando. La sentencia impugnada parece considerar el ambiente colegial como destinado a preparar a todos los alumnos para el matrimonio, sin tener en cuenta las vocaciones especiales del Sacerdocio y del estado religioso. Además, es ambigua, ya que no distingue entre el enamoramiento que mira inmediatamente al matrimonio y el que se hace solamente por deleite sensual.

La ambigüedad de la sentencia impugnada también se nota en el hecho de no distinguir entre el enamoramiento precoz y el que se hace en edad adecuada. Tal ambigüedad es tanto más peligrosa cuanto que la palabra enamoramiento se presta a interpretaciones muy variadas. Por fin, la sentencia impugnada prescinde del pecado original considerando que todo cuanto es natural es bueno en sí: proposición que sólo se puede admitir negando el dogma del pecado original.

Por lo que tiene de ambiguo y de falso, la sentencia impugnada es un estímulo a la sensualidad y a la indisciplina en los colegios.

Compendio de Verdades Oportunas

Que se oponen a los Errores Contemporáneos

Autor: Mons. Antonio de Castro Mayer | Sección VI: Racionalismo, evolucionismo, laicismo [1]


61. Autonomía de la Filosofía y las Ciencias

  • FALSO: La Filosofía y las Ciencias tienen objeto propio y método autónomo con relación a la Sagrada Teología, de modo que los fieles en sus investigaciones científicas y filosóficas no necesitan tener en cuenta la Revelación sobrenatural.
  • VERDADERO: La Filosofía y las Ciencias tienen objeto propio y método autónomo. Sin embargo, siendo la Revelación Divina infalible y la razón humana falible, el científico y el filósofo deben tomar las enseñanzas de la Iglesia, auténtica intérprete de la Revelación, como criterio de certeza y guía por lo menos negativo, de sus estudios e investigaciones.

Explanación: No hay posibilidad de colisión entre la Razón y la Fe. Cuando tal incompatibilidad parece existir, procede esto del hecho de que las enseñanzas de la Fe no están formuladas con precisión objetiva, o, más probablemente, de que la razón falló en sus investigaciones. Pero el filósofo o científico, ante una enseñanza infalible de la Iglesia, debe siempre desechar las conclusiones de su filosofía o ciencia que se opongan a estas enseñanzas. Es doctrina tradicional que el Santo Padre recuerda en la «Humani Generis» con estas palabras: «…esto debe ser admitido con cautela cuando es cuestión más bien de ‘hipótesis’, aunque en algún modo apoyadas en la humana ciencia, que rozan la doctrina contenida en las Sagradas Escrituras, o en la tradición. Porque si tales opiniones conjeturales se oponen directa o indirectamente a la doctrina revelada por Dios, no puede entonces, en modo alguno, ser atendida tal exigencia» (A. A. S. 42, pág. 575).


62. Herejías en nuestros días

  • FALSO: El admitir la existencia de herejías veladas o el peligro de una herejía declarada en nuestros días es injurioso para la Iglesia. En efecto, en el actual estado de progreso, la Iglesia superó definitivamente estos peligros.
  • VERDADERO: Hasta el fin de los tiempos, los hombres estarán sujetos a pecar contra cualquier virtud y, por tanto, contra la Fe. La herejía no constituye deshonra para la Iglesia, sino para los herejes. De modo que, aunque pueda la Sagrada Teología llegar a la perfección en la expresión y claridad de las verdades reveladas y constituir un verdadero progreso para la Iglesia, esto no impide el que haya personas que se rebelen contra el Magisterio Eclesiástico.

Explanación: Ver el principio de esta Carta Pastoral: PULSE AQUÍ.


63. Objetividad de la Historia

  • FALSO: La Historia no proporciona el conocimiento de los hechos en su realidad objetiva, sino apenas una imagen de ellos modelada subjetivamente por el historiador.
  • VERDADERO: La Historia tiene por fin la reconstitución objetiva del pasado, y el método histórico se destina a preservar tal reconstitución de las deformaciones que pueda sufrir de la acción subjetiva del historiador.

Explanación: La sentencia impugnada destruye por la base la Religión Católica, que se funda toda ella en el hecho histórico de la Revelación, conocida y transmitida en su realidad objetiva. Fue ese mismo principio el que sirvió de fundamento a los Modernistas para sus errores, los cuales, en último término, reducían la Religión a mero subjetivismo.


64. Evolución igualitaria y resistencia de la Iglesia

  • FALSO: La sociedad civil, en los últimos siglos, evolucionó en el sentido de una simplicidad y de una igualdad mayor en las costumbres, en la organización política, social y económica de acuerdo con los principios evangélicos. Es necesario que la Iglesia, por su parte, acompañe esta evolución haciéndose igualitaria en su organización, simple y democrática en su disciplina, liturgia, costumbres y en la manera de ser de los miembros de la Jerarquía.
  • VERDADERO: En los últimos siglos, el espíritu revolucionario ha producido constantes transformaciones para derribar los poderes legítimos, acabar con la autoridad, sea política, social o económica, y nivelar todas las desigualdades legítimas. La Iglesia se opuso y continuará oponiéndose a este proceso histórico. En el siglo XIX, y en las primeras décadas del siglo XX, combatió el Liberalismo anarquizante; en esta segunda parte del siglo XX se dispone a combatir «CON LA MAYOR ENERGÍA» al socialismo que pone en grave riesgo «la dignidad DEL HOMBRE Y LA SALVACIÓN ETERNA DE LAS ALMAS» (PÍO XII, Radiomensaje al Katholikentag de Viena, cfr. «Catolicismo», núm. 24 de diciembre de 1952). Por esto, edifica al mundo con la existencia de su organización jerárquica, que es de institución divina y, por tanto, inmutable; y por el hecho de manifestar un espíritu de jerarquía opuesto al espíritu revolucionario en su liturgia, en su disciplina, etc.

Explanación: La sentencia impugnada acepta como legítimas las sucesivas revoluciones de carácter nivelador —protestantismo, revolución francesa, comunismo— que, bajo la presión del espíritu del orgullo y de la sensualidad, vienen transformando la tierra (León XIII, Enc. «Parvenú a la 25e année»). Querer conformar la Iglesia a una sociedad civil modelada según este espíritu, es pedir la capitulación de la Religión Católica. Además es prescindir de que la organización de la Iglesia en sus elementos de institución divina es inmutable.


65. El católico y su tiempo

  • FALSO: El católico debe ser hombre de su tiempo y, como tal, debe aceptar sinceramente sin segunda intención las transformaciones y progresos por los que nuestro siglo se diferencia de los anteriores.
  • VERDADERO: El católico debe ser hombre de su tiempo y, como tal, debe aceptar sinceramente las transformaciones y progresos por los que nuestro siglo se diferencia de los anteriores, siempre que tales transformaciones y progresos sean conformes al espíritu y a la doctrina de la Iglesia y fomenten del mejor modo una civilización verdaderamente cristiana.

Explanación: La sentencia impugnada es unilateral. En cualquier época de la Historia los católicos tienen un doble deber: de adaptación y de resistencia. La sentencia impugnada sólo trata de adaptación. Este doble deber es a primera vista fácil de comprender. No hubo ninguna época en la cual todas las leyes, instituciones, costumbres, modos de ver y de sentir, mereciesen sólo alabanza o sólo censura. Por el contrario, existen siempre en las épocas mejores y en las peores cosas buenas y cosas malas. Ante el bien, se encuentre donde se encuentre, nuestra actitud sólo puede ser la que aconseja el Apóstol: probadas todas las cosas, tomad lo que es bueno. Frente al mal debemos igualmente obedecer el consejo del Apóstol: «no queráis conformaros con este siglo» (Rom 12,2).

Sin embargo conviene aplicar con inteligencia los dos consejos. Es excelente analizar todas las cosas y quedarse con lo bueno. Pero debemos tener presente que lo bueno es lo que está conforme, no sólo con la letra, sino también con el espíritu. Bueno no es aquello que favorece a un tiempo a la virtud y al vicio, sino lo que favorece siempre y únicamente a la virtud. Así, cuando una costumbre no es reprobable en sí misma pero crea una atmósfera favorable al mal, la prudencia manda rechazarla. Cuando una ley favorece a la única Iglesia verdadera pero al mismo tiempo favorece también a la herejía o a la incredulidad, merece ser combatida.

La resistencia al siglo tiene que hacerse también con prudencia, esto es, no debe quedar más acá o más allá de su fin. Ejemplo de resistencia poco inteligente al siglo, de apego a las formas mudables y sin mayor importancia intrínseca, lo tenemos en la vuelta al «altar en forma de mesa». Es una resistencia que va más allá de su fin, que es la defensa de la Fe. Por otro lado, la resistencia al siglo no debe quedar más acá de su objetivo. No puede constituir una mera enseñanza sin aplicación concreta a las circunstancias del día. Ni en protestas platónicas. Es necesario enseñar, es necesario conocer los hechos del día en toda su realidad viva y palpitante, es necesario organizar la acción para intervenir a fondo en el curso de los acontecimientos.

Por fin, es necesario recordar que la fisonomía de una época no puede ser descompuesta en aspectos buenos y malos enteramente autónomos los unos de los otros. Toda época tiene una mentalidad propia que resulta a un tiempo de los aspectos buenos y malos. Si aquellos son preponderantes y éstos se refieren apenas a asuntos secundarios, la época debe llamarse buena. Si, por el contrario, tienen preponderancia los aspectos malos y el bien existe apenas en uno o en otro pormenor, la época debe llamarse mala. En los problemas de las relaciones entre el católico y su tiempo, no basta que tome posición ante aspectos fragmentarios del mundo en que vive. Debe considerar la fisonomía del tiempo en su profunda unidad moral y tomar posición ante ella. A vista de este principio se debe negar la sentencia impugnada, pues ella no nos habla de la aceptación de este o de aquel aspecto del mundo contemporáneo, sino de su unidad global.

En el Syllabus Pío IX condena la siguiente proposición: «El Romano Pontífice puede y debe reconciliarse y transigir con el progreso, con el liberalismo y con la actual civilización» (Prop. 80, D. 1780). Evidentemente, la condenación sería incomprensible si no se entendiese que el progreso y la civilización moderna en tiempo de Pío IX, aunque presentasen algún que otro aspecto bueno, en su generalidad estaban plagados de los errores del tiempo, y en especial de liberalismo, que la proposición 80 menciona especialmente. Y, en efecto, esta proposición fue sacada de la alocución «Jamdudum», de 18 de marzo de 1861, en la cual el Pontífice pinta el impresionante cuadro de la lucha entre dos fuerzas irreconciliables, una defendiendo la así llamada civilización moderna, «sistema inventado para debilitar y quizá acabar con la Iglesia de Cristo», y la otra defendiendo los principios eternos de la civilización cristiana. Si por civilización moderna se entiende lo que declaró Pío IX, esto es, una civilización pagana en vías de formarse sobre los escombros de la antigua civilización cristiana, la condenación de la proposición 80 es por completo explicable.

¿Cuál sería el aspecto de conjunto de los días en que vivimos? Consultemos a los Papas. Pío XI nos dice que «en el transcurso de los siglos, de agitación en agitación, llegamos a la revolución de nuestros días, que, en todas partes, podemos decir, ya desencadenada o seriamente amenazadora, supera en amplitud y violencia a todas las pruebas de las anteriores persecuciones contra la Iglesia. Pueblos enteros se hallan en peligro de recaer en peor barbarie que aquella en que se encontraba la mayor parte del mundo al aparecer el Redentor» («Divini Redemptoris», Pío XI). Pío XII, en el discurso a la Unión de los hombres de Acción Católica Italiana el 12 de octubre de 1952, no es menos explícito: «Hoy en día no es sólo la Ciudad Eterna e Italia las que están amenazadas, sino todo el mundo. ¡Oh, no nos preguntéis quién es el ‘enemigo’ y bajo qué aspectos se presenta. Se encuentra en todo lugar y en medio de todos: sabe ser astuto y violento. En estos últimos siglos intentó realizar la disgregación intelectual, moral, social de la unidad en el misterioso organismo de Cristo. Quiso la naturaleza sin la gracia; la razón sin la fe; la libertad sin autoridad; y a veces la autoridad sin la libertad. Es un ‘enemigo’ que se ha hecho cada vez más concreto, con una ausencia de escrúpulos que sorprende: ¡Cristo sí, la Iglesia no! Después: ¡Dios sí, Cristo no! Finalmente el grito impío: Dios está muerto; e incluso, Dios nunca existió. Y he aquí ahora la tentativa de edificar la estructura del mundo sobre bases que no dudamos en indicar como principales responsables de la amenaza que pesa sobre la humanidad: una economía sin Dios, un derecho sin Dios, una política sin Dios. El ‘enemigo’ se ha esforzado para que Cristo resulte extraño en las universidades, en la escuela, en la familia, en la administración de justicia, en la actividad legislativa, en las asambleas de las naciones, donde quiera que se decida la paz o la guerra. Al presente él corrompe el mundo con una prensa y con unos espectáculos que matan el pudor en los jóvenes y en las jóvenes y destruyen el amor entre los esposos; él inculca un nacionalismo que conduce a la guerra». (Cfr. «Catolicismo», enero de 1953).

Así concluyamos: 1. — El católico de nuestra época debe distinguir cuidadosamente entre el bien y el mal, apoyando y favoreciendo todo cuanto es bueno, oponiéndose sin temor a todo cuanto es malo, valiéndose del progreso de la técnica para hacer apostolado. 2. — Debe tomar posiciones contra los principios equivocados que ejercen influencia preponderante en todos los campos de la vida moderna, y de esto debe hacer su principal apostolado.

Compendio de Verdades Oportunas

Que se oponen a los Errores Contemporáneos

Autor: Mons. Antonio de Castro Mayer | Sección VII: Sobre las relaciones entre la Iglesia y el Estado [1]


66. Relaciones entre la Iglesia y el Estado

  • FALSO: En el actual estado de evolución de la sociedad humana, el Estado tiene mayor conciencia de su propia autonomía, por lo cual ya no le es posible mantener con la Iglesia relaciones tan íntimas como en otros tiempos. Al antiguo Estado farisaicamente cristiano, debe suceder, en la futura cristiandad, un Estado vitalmente cristiano, esto es, animado por el espíritu evangélico, fruto de la colaboración de todas las religiones cristianas, sea más o menos denso el mensaje de cada una, pero sin que haya por parte del Gobierno especial protección para cualquiera de ellas.
  • VERDADERO: El Estado tiene como fin propio el procurar el bien temporal, y en su esfera es soberano. La Iglesia, defensora del derecho natural en todo el mundo, tiene el derecho de ver respetadas sus leyes y doctrinas por los poderes públicos temporales. El Estado debe declararse oficialmente católico, debe poner al servicio de la preservación y difusión de la Fe todos sus recursos.

Explanación: La sentencia impugnada lleva lógicamente a la doctrina de la separación entre la Iglesia y el Estado, condenada por el Syllabus, prop. 55 (D. 1755), y nuevamente proscrita por León XIII en la Encíclica «Immortale Dei» y por el Bienaventurado Pío X en la Encíclica «Vehementer», y más recientemente por la Carta de la S. C. de los Seminarios al Episcopado Brasileño (A. A. S. 42, pág. 841). Además de esto la sentencia impugnada contiene otras varias nociones inaceptables. En rigor de expresión, se diría que el régimen de unión entre la Iglesia y el Estado, como existió en la Edad Media, representaba una fase incipiente o intermediaria, que los pueblos, movidos por la fuerza necesaria de la evolución habrían superado. Pero la Iglesia no admite el determinismo histórico que contiene la negación del libre albedrío y de la Providencia divina. E igualmente, no admite que las condiciones de la humanidad hayan superado un régimen de relaciones sacadas lógicamente de la Revelación y del orden natural e inmutable de las cosas [6].

Menos aún puede admitir la Iglesia que tal evolución se dé en el sentido de un indiferentismo religioso, de tal forma que en una futura cristiandad el progreso del Estado debiese consistir en la igualdad de todas las religiones cristianas. Léanse las proposiciones condenadas por el Syllabus, números 77 y 79, y se verá que ésta es la doctrina de la Iglesia. En ese célebre documento, el inmortal Pío IX condenó la opinión de aquellos que afirman que la equiparación de los cultos significa un progreso (Prop. 77, D. 1777); y la otra de aquellos que niegan que semejante equiparación conduzca al indiferentismo religioso (Prop. 79, D. 1779) [7]. Aun merecen reparo las palabras «cristiandad», «farisaico» y «vital». Una cristiandad es un orden temporal de cosas, basado en la doctrina de Jesucristo. Si sólo la Iglesia Católica enseña esta doctrina de modo genuino, ¿cómo puede una cristiandad organizarse a la misma distancia de lo que enseña la Iglesia y de lo que predican las sectas heréticas? Un ejemplo concreto. Si tal cristiandad admitiese el divorcio, ¿la organización de la familia sería cristiana? Y si lo rechazase, ¿se podría decir que estaba inspirada lo mismo por la doctrina católica que por las sectas cristianas divorcistas?

Por otro lado, parece que la palabra «farisaico» suena como una injuria a la Iglesia. Si el régimen de unión de la Iglesia y el Estado fue lo único aceptado siempre por la Iglesia; si, a despecho de irregularidades aquí y allá, fue aprobado, mantenido y practicado por tantos Papas, por tantos Reyes elevados al honor de los altares, ¿cómo se concibe que este régimen pueda ser calificado de «farisaico» sin deducir de ahí las consecuencias más injuriosas para la Santa Sede y para tantos Santos?

Por lo que se refiere a «vital», ¿qué quiere decir ciertamente esta expresión? Vital significa lo que tiene vida. ¿No fue vitalmente cristiana la civilización nacida de las manos de la Iglesia en la Edad Media? ¿Hay esperanzas de que sea vitalmente cristiano el Estado interconfesional de la futura cristiandad?

Para terminar esta nota sería conveniente recordar que el régimen de unión entre la Iglesia y el Estado trae como característica necesaria la mayor independencia de la Iglesia con relación al poder civil, en todo cuanto sea campo espiritual o mixto. Principalmente en los tiempos modernos, este régimen fue deformado por crecientes invasiones del Estado en la esfera eclesiástica. Hay que censurar absolutamente tales invasiones, reivindicar la libertad de la Iglesia, pero no renunciar al principio de su unión con el Estado. Y cuando en algún país, por graves circunstancias, la separación constituye un mal menor que la unión, porque ésta sería deformada, es preciso temer por este país. Pues nada de lo que se separa de Dios y de su Iglesia tiene posibilidad de mantenerse por mucho tiempo. Uno de los peores efectos de la separación entre la Iglesia y el Estado —incluso siendo esta separación mal menor— es la deformación que se produce en la mentalidad popular, que se habitúa a considerar en un plano absolutamente naturalista la vida temporal. Se forman así mentalidades profundamente laicistas, y es forzoso confesar que a la vista de esta clase de relaciones es muy difícil plasmar el alma de todo un pueblo en una recta concepción de la subordinación de la vida temporal al servicio de Dios.


67. Deber político de los católicos

  • FALSO: El deber político de los católicos consiste tan sólo en promover el bien temporal. En favor de la Iglesia ellos deben limitarse a pedir al Estado las libertades dadas a cualquier asociación privada.
  • VERDADERO: El católico debe obrar en política, no sólo en el sentido de promover el bien común en la esfera temporal, sino también en el de obtener que el Estado reconozca a la Iglesia la cualidad de entidad de derecho público, soberana en su esfera, y dotada de todas las prerrogativas que tiene como única Iglesia verdadera.

Explanación: La sentencia impugnada se resiente de la influencia de dos errores: de la Moral Nueva, cuya aplicación en este punto consiste en considerar el bien común temporal como un fin en sí mismo, enteramente independiente de otra esfera; y de la equiparación de la Iglesia verdadera a las iglesias falsas y a las asociaciones privadas.

Por otra parte, la sentencia impugnada conduce lógicamente a la proposición condenada por Pío IX en el Syllabus, que declara lícita la educación ajena a la Fe Católica y a la autoridad de la Iglesia, y orientada apenas o principalmente hacia la ciencia de las cosas naturales y el bien terreno social (propos. 48, D. 1748). Y también conduce al error de la proposición 54, condenada por el Syllabus, según la cual la Autoridad Civil debe sobreponerse a la Autoridad Eclesiástica (D. 1754).


68. Selección de inmigrantes

  • FALSO: En la selección de los inmigrantes no importa su creencia; basta considerar las conveniencias económicas, étnicas y políticas.
  • VERDADERO: En la selección de inmigrantes debe tomarse en consideración en primer lugar su creencia y no sólo las conveniencias de orden económico, étnico o político.

Explanación: La unidad del país en la fe verdadera constituye el más alto de sus valores espirituales. Es obvio que tal unidad se puede quebrantar al abrir las fronteras a corrientes inmigratorias que puedan constituir quistes religiosos tan peligrosos en la esfera política. La sentencia impugnada, que peca del laicismo de las anteriores proposiciones, prescinde de estas consideraciones.

Por otra parte, fue directamente condenada por el Santo Padre Pío IX en el Syllabus, prop. 78, que dice así: «Es, pues, justo que en ciertos países católicos la Ley haya establecido que los inmigrantes puedan ejercer públicamente su culto, sea cual fuere» (D. 1778).

En asunto de inmigración la consideración del factor religioso debe ocupar el primer puesto. Aunque sea un derecho natural de las naciones superpobladas poder encaminar emigrantes a los países capaces de recibirlos, no obstante es preciso que ese derecho se ejerza con las cautelas exigidas por el superior derecho de las poblaciones católicas, de fidelidad a la Iglesia. En otras palabras: cuando las circunstancias obligan a países católicos a recibir inmigrantes de países paganos o heréticos, impónese una serie de medidas de por sí complejas para que tal inmigración no dañe espiritualmente a las poblaciones católicas. Véase en este sentido toda la preocupación de la Santa Sede por la asistencia espiritual a los emigrantes en la Constitución Apostólica «Exsul Familia», de 19 de agosto de 1952 (A. A. S. 44, página 649 y ss.).


69. Colaboración con los comunistas

  • FALSO: Los católicos deben unirse, en el terreno social y económico, a cualquier grupo, corriente, o movimiento político que les ayude contra el capitalismo. Así pueden ellos aceptar, con relación a los comunistas, la llamada política de la mano tendida.
  • VERDADERO: Los católicos pueden consentir en una coincidencia de esfuerzos con otros movimientos, corrientes, grupos, si casualmente tienen ellos el mismo fin inmediato. Esto no autoriza, sin embargo, una colaboración estable con elementos de otras doctrinas. Siendo diferentes los últimos fines, los medios empleados y el espíritu con que cada uno camina hacia su fin, hay una verdadera imposibilidad de durable colaboración con los comunistas. Tal colaboración podrá, además, tomarse gravemente nociva para los católicos y llevar al público a confusiones peligrosas. Los católicos siempre deben evitar en sus intervenciones en cuestiones sociales un aire de lucha de clases.

Explanación: La sentencia impugnada es muy conforme con los principios del laicismo e indiferentismo religioso de las anteriores. Subordina todas las consideraciones espirituales y doctrinales a la mera preocupación de éxitos ocasionales, y favorece a los peores enemigos de la Iglesia. Recordemos que los comunistas fueron objeto de especial condenación por parte del Santo Oficio (1º de julio de 1949, A. A. S., 41, pág. 334).

Compendio de Verdades Oportunas

Que se oponen a los Errores Contemporáneos

Autor: Mons. Antonio de Castro Mayer | Sección VIII: Sobre cuestiones políticas, económicas y sociales [1]


70. Desigualdades sociales y espíritu evangélico

  • FALSO: Jesucristo predicó la pobreza y la humildad, la preferencia por los débiles y pequeños. Una sociedad imbuida de este espíritu debe eliminar las desigualdades sociales y de fortuna. Las reformas políticas y sociales de la Revolución Francesa fueron consciente o inconscientemente de inspiración evangélica, ayudando a formar una sociedad verdaderamente cristiana.
  • VERDADERO: Jesucristo predicó el espíritu de pobreza y humildad, la preferencia por los débiles y pequeños. Por pobreza la Iglesia entiende el desapego de los bienes de la tierra, o sea, un empleo tal de los mismos que sirvan para la salvación del alma y no para su perdición. Así, nunca enseñó que el ser rico es intrínsecamente malo; sino que tan sólo es malo el hacer mal uso de las riquezas. Por humildad la Iglesia entiende el hecho de que el fiel reconozca que nada tiene de sí mismo y todo lo recibió de Dios y que debe situarse en el lugar que le corresponde. La existencia de clases sociales es, pues, condición para la práctica de la virtud de la humildad. En cuanto a la preferencia por los débiles y pequeños sería imposible en una sociedad en la que todos fuesen iguales. La Revolución Francesa, en la medida en que tendió a la completa igualdad política, social y económica, en la sociedad ideal soñada por sus autores, fue un movimiento satánico inspirado por el orgullo.

Explanación: Por cierto, las desigualdades, tanto en el dominio político como en el social y económico, han sido a veces injustas, y esto por dos motivos principales. O porque esas desigualdades eran ilegítimas y mero fruto de la opresión; o porque se acentuaban tanto que negaban la dignidad natural del hombre, o los medios para vivir decente y honestamente. Un ejemplo claro de desigualdad exagerada, es la suerte durísima e inmerecida a que en el siglo XIX fueron lanzados los obreros como consecuencia de la revolución industrial (Pío XI, «Quadragesimo Anno», A. A. S., vol. 23, páginas 195, 197-8). Contrariamente a lo que se ha dicho, la Iglesia ha cumplido su deber de luchar contra esa situación. Pero en tal lucha, su objetivo es una sociedad jerárquica dentro de los límites del orden natural. Nunca la abolición de todas las desigualdades legítimas, soñadas por los revolucionarios, y en la cual se empeñan la acción de la masonería y otros factores (Cfr. Pío XII, Alocución de Navidad de 1944, A. A. S., vol. 37, pág. 14).


71. La Iglesia y la lucha de clases

  • FALSO: La Iglesia debe hacer causa común con la clase obrera en la lucha contra el régimen capitalista.
  • VERDADERO: La Iglesia interviene en las cuestiones sociales para proteger la ley natural. Su objetivo no es favorecer una clase contra la otra, sino hacer reinar en las relaciones entre las clases la doctrina de Jesucristo. Apoya las justas aspiraciones de los obreros lo mismo que los derechos auténticos de los patronos. El régimen capitalista en cuanto admite como base la propiedad privada, en sí es legítimo. La Iglesia combate sus abusos pero no apoya su destrucción.

Explanación: Se ha generalizado entre los católicos la idea de que la Iglesia es como un partido trabajador, cuya finalidad fuese sólo la defensa de una sola clase. Ella está por encima de las clases y por encima de los partidos. Aun cuando ha defendido las justas reivindicaciones de los obreros, jamás la Iglesia desconoció los derechos de los patronos. Y en el momento actual, en su alocución con ocasión del Katholikentag de Viena (14 de septiembre de 1952; cfr. «Catolicismo», núm. 24, diciembre 1952), dejó el Santo Padre bien claro que la cuestión obrera candente en la primera mitad de este siglo, ya está superada por otra más grave, que es la lucha de clases, avivada por el socialismo. Es preciso, ahora más que nunca, mostrar a la Iglesia como protectora de todos, obreros y patronos, y no como abogada sistemática de unos contra otros.

En cuanto al capitalismo, es necesario disipar la confusión que se estableció a este respecto en el lenguaje corriente. El régimen capitalista en sí mismo, esto es, en cuanto sistema basado en la propiedad privada y en la libre iniciativa, y produciendo ganancias en la medida en que lo permita la moral, es legítimo y no se puede confundir con los abusos a que concretamente estuvo sujeto en no pocos lugares.

Importa, pues, distinguir la legítima defensa de organizaciones obreras bien intencionadas contra los abusos del capitalismo, de la lucha de organizaciones revolucionarias, que proclaman la ilegalidad del régimen capitalista en sí mismo. Quien se asocie a estas últimas organizaciones colabora con el comunismo e incurre en la censura contenida en la Carta de la Sagrada Congregación de los Seminarios al Episcopado Brasileño: «Para algunos no son suficientes en el campo social las directrices tan humanas, tan sabiamente favorables a las clases trabajadoras, que la Santa Sede, principalmente desde León XIII, hasta Pío XII, ha promulgado, sino que procuran avanzar siempre más hacia la izquierda, hasta fomentar una verdadera simpatía por el comunismo bolchevique, destructor de la Religión y de todo bien verdadero de la persona humana» (A. A. S. 42, pág. 841).


72. El régimen de salarios

  • FALSO: El régimen de salario es contrario a la dignidad del hombre e intrínsecamente injusto. La condición del trabajador lleva consigo naturalmente un derecho a la participación en la propiedad de la empresa, en su dirección y en sus ganancias.
  • VERDADERO: El régimen de salarios es enteramente conforme con la dignidad del hombre y del cristiano. El contrato de trabajo no lleva consigo necesariamente la participación del trabajador en la propiedad, en la dirección o en las ganancias de la empresa.

Explanación: León XIII, San Pío X, Pío XI (Cfr. «Quadragesimo Anno», A. A. S. 23, pág. 199) y Pío XII enseñan que el régimen de salario en sí es justo y conforme a la dignidad humana. La economía malsana del siglo XIX y del siglo XX arrancó al régimen de salarios su verdadero carácter. Según la doctrina de la Iglesia las relaciones entre patronos y obreros revisten un carácter familiar. Los empleados eran, en otro tiempo, considerados como miembros integrantes de la sociedad doméstica, que se componía de las sociedades conyugal, familiar y de criados. La palabra «patrono», proveniente de «pater», padre, y la palabra «criado», derivada de la noción de que los criados eran formados y educados en la propia casa, recuerdan bien este carácter. Es lo bastante para demostrar que nada hay de deprimente en la condición de empleado asalariado. Igualmente en la atmósfera industrial y comercial, debe persistir el carácter familiar de esas relaciones. La Iglesia quiere que los patronos y los obreros sean entre sí, en la medida de lo posible, como miembros de una misma familia, padres e hijos que colaboran al bienestar común.

Desde el punto de vista de la justicia, el salario es un sistema satisfactorio de remuneración, siempre que cumpla las condiciones establecidas por Pío XI: suficiente para mantener honesta y dignamente al obrero y su familia. En la honesta y digna manutención, se incluye la cantidad necesaria para que el obrero previsor pueda formar un peculio y mejorar su situación y la de su familia, de manera que también participe del aumento de bienestar que el progreso de la técnica y de la producción trae a la sociedad («Quadragesimo Anno»: «Las riquezas incesantemente aumentadas por el desenvolvimiento económico social, deben distribuirse entre las personas y clases de manera que quede a salvo lo que León XIII llamaba utilidad común de todos o, con otras palabras, de suerte que no padezca el bien común de toda la sociedad». (A. A. S. 23, p. 196.)

La participación del obrero en las ganancias de la empresa, es presentada por Pío XI y Pío XII como recomendable; nunca, sin embargo, como obligatoria (Cfr. alocución al Katholikentag, arriba citada). En ciertos casos puede producir buenos frutos. Pero no es una panacea que deba ser siempre aplicada. Y sobre todo no puede ser impuesta por ley a todo un país. Lo mismo se puede decir de la participación del obrero en la propiedad de la empresa o en su dirección. En cuanto a este último punto, el sentido en que la Doctrina católica admite esta participación es tal, que retiene en las manos del propietario de la empresa el poder de decisión y la responsabilidad de la marcha de la fábrica o del establecimiento de comercio (A. A. S. 41, pág. 285).

La sentencia impugnada, llevada a sus últimas consecuencias, representaría la abolición de la desigualdad de clases, término último soñado por todos los revolucionarios.


73. Propiedad y bien común

  • FALSO: Según San Agustín, el único propietario de las riquezas es Dios. El hombre no pasa de administrador. Las riquezas pertenecen, por consiguiente, a la comunidad o colectividad y el propietario no pasa de mero administrador de ellas para el bien común.
  • VERDADERO: Según San Agustín, el propietario supremo de las riquezas es Dios. De ahí proviene que el propietario debe hacer uso de sus bienes según la voluntad soberana de Dios. Dios, sin embargo, no se identifica con la colectividad. Si el dominio de Dios sobre todas las riquezas es absoluto, el dominio de la colectividad no lo es. Trasladar los derechos de Dios a la colectividad, equivale a divinizar al Estado y sacrificar al individuo.

Explanación: La sentencia impugnada es «estatólatra», y por eso llega a conclusiones que sólo en una concepción de adoración del Estado serían admisibles. De hecho, el régimen de propiedad individual procede de la idea de que el Estado no es un Dios ni un fin en sí mismo, sino apenas un medio. Por lo cual, la posición del propietario consiste en el ejercicio de un derecho personal y propio y no en el ejercicio de un derecho delegado por el Estado. Y por eso decimos que el propietario no puede ser confundido de ningún modo con un mero gerente. Lo que caracteriza al gerente es el ejercicio de derechos que no le son propios, sino que le fueron delegados. Y éste es el motivo por el cual la distinción entre propietario y gerente es corriente en todas las legislaciones en los países no comunistas. (Cfr. «Quadragesimo Anno», A. A. S. 23, p. 196.)


74. Título de propiedad

  • FALSO: El único título de propiedad, en sentido estricto, es el trabajo, de modo que el hombre sólo es propietario de lo que produce personalmente. Las riquezas naturales que posee no le pertenecen de modo absoluto; de ellas apenas es administrador, y las posee en la medida que las administra porque la propiedad absoluta de éstas pertenece a la colectividad.
  • VERDADERO: Enseña León XIII que el título originario de la propiedad no es el trabajo sino la ocupación. De manera que el hombre es propietario no sólo de su trabajo, sino también de las riquezas naturales, esto es, no sólo del fruto de la tierra, sino también de la propia tierra. Esta última la podrá explotar por sí o por otros.

Explanación: La sentencia impugnada se confunde con el llamado «SOCIALISMO AGRARIO», que niega la propiedad sobre la tierra, condenado por los sociólogos católicos apoyados en la argumentación con que León XIII en la «Rerum Novarum» justifica la propiedad privada. Y de hecho, en esa Encíclica enseña el Papa que el hombre tiene también derecho a los bienes de raíz, legítimamente adquiridos.


75. Impuesto único a la tierra

  • FALSO: De por sí la tierra no es susceptible de apropiación individual, pues pertenece a la colectividad. Así, las personas que viven de la tierra deben pagar a la colectividad las ventajas que sacan de la utilización exclusiva de ella. Este impuesto, el Estado puede percibirlo por medio de un sistema tributario que haga recaer sobre la tierra todos los impuestos. Y como la tierra es la fuente natural de todos los bienes, tal tributo debe bastar para atender a todas las necesidades del Estado.
  • VERDADERO: La tierra, como otros bienes muebles o inmuebles, es susceptible de apropiación individual. Así, el propietario de la tierra no debe pagar al Estado por la utilización exclusiva de ella. Los impuestos deben recaer sobre los propietarios lo mismo que sobre cualquier otra persona, de acuerdo con la Justicia distributiva. La tierra no es la única fuente de bienes económicos. Un impuesto que recayese exclusivamente sobre la tierra, destruiría la economía privada y sería insuficiente para atender a los gastos normales del Estado.

Explanación: La sentencia impugnada es una de las clásicas tesis del «Socialismo Agrario» de Henry George. La Iglesia está lejos de asociarse a esta fobia de la propiedad territorial. En esta propiedad ve, por el contrario, un precioso apoyo para la estabilidad de las familias, de las clases sociales, de las asociaciones piadosas y de caridad, así como también de los Institutos Eclesiásticos.


76. Grandes latifundios

  • FALSO: Los grandes latifundios son intrínsecamente malos, porque son contrarios a la doctrina Cristiana que sólo admite la pequeña propiedad, más conforme con la igualdad que debe reinar entre los hombres.
  • VERDADERO: Es deseable que la propiedad se extienda lo más posible entre los hombres como complemento natural de la personalidad. La prosperidad social, no obstante, permite, y a veces exige, que al lado de la pequeña propiedad existan las medianas y las grandes. La igualdad entre los hombres debe entenderse, no en sentido nivelador, sino en sentido proporcional: los derechos y las responsabilidades corresponden a la situación que la persona tiene en la sociedad.

Explanación: Como la propiedad tiene también una función social, hay límites necesarios para la gran propiedad: cuando favorece la improductividad de las riquezas en detrimento del bien común; cuando concentra tanto las riquezas en manos de pocos y reduce a los otros a la miseria, pobreza o esclavitud, o impide a parte notable de los hombres el hacerse propietarios.

Sobre la legitimidad de los grandes latifundios se pronunció el Santo Padre en la alocución del 2 de julio de 1951 a los participantes del Congreso reunido en Roma para mejorar la condición de vida del obrero agrícola (A. A. S. 43, pág. 554 y ss.). Dice el Papa después de hablar sobre la conveniencia de la pequeña propiedad rural: «De eso no resulta que se niegue la utilidad, y muchas veces la necesidad, de empresas agrarias más vastas».


77. Justicia y caridad en la cuestión social

  • FALSO: La cuestión social es una cuestión de mera justicia en el campo económico. Para resolverla no se debe apelar a la caridad.
  • VERDADERO: La cuestión social es antes que nada una cuestión moral y religiosa (León XIII, Encíclica «Graves de communi»). Envuelve cuestiones de justicia y caridad, y nunca será resuelta por la práctica de los meros deberes de justicia.

Explanación: La sentencia impugnada estaría conforme con el materialismo histórico, pues no tiene en consideración alguna, en la cuestión social, la existencia del alma humana, sino sólo el cuerpo y sus necesidades. De hecho, la Iglesia enseña que la cuestión social es principalmente moral, y como todas las cuestiones morales son religiosas, es esencialmente religiosa. León XIII en la «Rerum Novarum» enseña que la cuestión social sólo tiene solución posible admitiéndose dos principios: 1 — la desigualdad social; 2 — la necesidad de la unión de las clases sociales. Desenvolviendo este segundo principio señala los medios que se han de emplear para conseguir esta unión, y son: a) — Justicia; b) — La amistad, que lleva a los ricos a atender no sólo a los deberes de estricta justicia, sino también a ser generosos en el empleo de sus bienes superfluos. Y añade que este deber de la limosna es verdadera obligación moral, y la Providencia así lo dispuso para fomentar la unión entre las clases. Fue ése el designio de la Providencia cuando a unos les dio más que a otros, ya en talentos, ya en riquezas: para que los unos sirviesen a los otros dando de lo superfluo a estos últimos, y así todos viviesen unidos y amigos. c) — En tercer lugar, el sentimiento de caridad cristiana, penetrando también en las otras relaciones entre las clases, impregna la vida social de aquella suavidad ordenada que es la perfección de la convivencia humana. — Lejos está, pues, León XIII de restringir la cuestión social a los estrechos y mezquinos límites del «do ut facias». El Pontífice afronta la cuestión de modo humano, con aquella amplitud con que Dios Nuestro Señor hizo todas las criaturas para un mismo fin último, que debe de ser conseguido mediante el auxilio que se prestan unos a otros aquí en la tierra.

En la «Graves de communi», escrita diez años más tarde, en 1901, León XIII declara categóricamente que la cuestión social no se resuelve sólo con el aumento del jornal y la disminución de horas de trabajo y otras medidas de esa naturaleza. La paz social es fruto de la virtud, que sólo la Religión puede inculcar sólidamente.

La misma doctrina es enseñada por Pío XI, en la «Quadragesimo Anno», apuntando la causa de los males sociales en el desenvolvimiento de la economía realizada al margen de los principios morales o mismo contra ellos.


78. Formas de gobierno

  • FALSO: La Iglesia se equivocó cuando en el pasado aprobó los regímenes monárquicos y aristocráticos que fomentan las desigualdades y el orgullo de clase y son, por tanto, incompatibles con el espíritu evangélico.
  • VERDADERO: En sí la Iglesia considera igualmente compatibles con sus principios y, por consiguiente, con el espíritu evangélico, los tres regímenes: monárquico, aristocrático y democrático. Santo Tomás de Aquino nos enseña que, en principio, el mejor régimen es el monárquico, pero que, dadas las contingencias humanas, el mejor sistema de Gobierno debe contener elementos de cada uno de esos tres regímenes (S. T. 1ª 2.ae, q. CV, a. 1, c. et ad 1um).

Explanación: La sentencia impugnada fue condenada por San Pío X en la Carta Apostólica «Notre Charge Apostolique» contra «Le Sillon», organismo de propaganda modernista dirigido por Marc Sangnier. En ese documento declara el Santo Padre que la civilización cristiana, según León XIII, es posible en cualquiera de las tres formas de gobierno.

Además, la sentencia impugnada dimana del falso principio de que la igualdad plena entre los hombres fue enseñada por Jesucristo. Todos los documentos pontificios relativos a cuestiones sociales, establecen como base querida por la Providencia la desigualdad de clases. Así, por ejemplo, la «Rerum Novarum», la «Quadragesimo Anno», la alocución del Santo Padre en Navidad de 1944, etc.


79. Democracia cristiana

  • FALSO: La democracia cristiana consiste en el Gobierno del pueblo, esto es, de la mayoría.
  • VERDADERO: La «democracia cristiana» es una expresión usada para indicar cualquier Gobierno que promueva el bien común bajo la ley de Dios, sea ese gobierno monárquico, aristocrático o democrático. Es lo que enseña León XIII cuando dice que la democracia cristiana «No debe absolutamente tener preferencias por ninguna forma de Gobierno» (Encíclica «Graves de communi»). La forma democrática de Gobierno es compatible con la doctrina de la Iglesia en la medida en que significa la participación del pueblo en los negocios públicos. Pero por «pueblo» la Iglesia no entiende la mayoría numérica, inorgánica, esto es, la masa, sino toda la población, teniendo en cuenta las legítimas diferencias de clases, de región, etcétera. Así, la democracia legítima no es el dominio de las clases más numerosas sobre las menos numerosas, de la masa sobre la clase escogida, sino la justa y proporcionada influencia de las clases, familias, regiones y grupos sociales, en los negocios públicos.

Explanación: La diferencia entre el concepto católico y el concepto corriente de democracia procede de la manera diferente de entender la palabra «Pueblo». Para la Iglesia, pueblo es, en cierto sentido, contrario a masa. Pío XII dice: «Pueblo y multitud amorfa o, como se acostumbra a decir, masas, son dos conceptos diversos. El pueblo vive y se mueve por sí mismo; la masa es por sí misma inerte, y sólo puede ser movida desde el exterior. El pueblo vive de la plenitud de la vida de los hombres que lo componen, cada uno de los cuales —en su propia posición y según su modo propio— es una persona consciente de las respectivas responsabilidades y convicciones. La masa, por el contrario, espera el impulso del exterior, fácil juguete en manos de quien quiere explotar los instintos y las impresiones, pronto a seguir, alternativamente, hoy esta bandera y mañana aquélla. Por su exuberancia, la vida de un verdadero pueblo se difunde, abundante, rica, en el Estado y en todos sus organismos, comunicándoles con vigor, incesantemente renovado, la conciencia de su propia responsabilidad, el verdadero sentido del bien común» (Alocución de Navidad de 1944).

Por consiguiente, para la mayor parte de los demócratas el pueblo es precisamente lo que Pío XII llama masa. Es lo que se deduce de las palabras del Papa gloriosamente reinante:

«Por todas partes la vida de las naciones está disgregada por el culto ciego del valor numérico. El ciudadano es elector; pero, como tal, no es en realidad sino una de las unidades cuyo total constituye una mayoría o una minoría, que el simple desentono de algunas voces, cuando no una sola, basta para cambiar. Desde el punto de vista de los partidos, el elector no cuenta sino por su poder electoral, por el concurso que su voto da. En su situación y en su papel dentro de la familia y de la profesión no se piensa» (Alocución a los dirigentes del Movimiento Universal pro-Confederación Mundial en 1951).

La democracia, en el sentido aceptable de la palabra, jamás se identifica con el mito revolucionario de la soberanía popular. Todo poder viene de Dios. El pueblo —y por «pueblo» entiéndase, como arriba se dijo, por oposición a masa— apenas puede escoger los que le han de gobernar con autoridad que les viene de Dios.


80. Socialismo vs. liberalismo

  • FALSO: Los católicos deben preferir el Socialismo al liberalismo.
  • VERDADERO: Los católicos no deben aceptar ni el Liberalismo ni el Socialismo.

Explanación: Según la doctrina de la Iglesia, tanto el régimen Liberal como el Socialista, son malos y, llevados a sus últimas consecuencias, producen la completa subversión de la vida social.

Los católicos deben, por tanto, promover la instauración de un régimen que se halle en un terreno enteramente diverso. La sentencia impugnada tiene el defecto de presentar el Liberalismo y el Socialismo como contrarios uno al otro. En realidad, como afirma León XIII, el Liberalismo es causa del Socialismo, y, en la concepción laica e inorgánica de nuestros tiempos, es imposible salir de un extremo sin caer en el otro. Considérese una sociedad entregada al paganismo. Si la autoridad se muestra liberal y condescendiente, si las leyes conceden mucha facilidad de movimientos a los particulares, el alarmante desencadenarse de las pasiones, producirá, por fuerza, la anarquía. El mantenimiento del orden exige una tal cantidad de leyes, decretos, reglamentos, tantas intervenciones públicas para asegurar la realización de las incontables funciones estatales, que el ciudadano aislado, desarmado, aterrorizado, se volverá en poco tiempo grano de polvo, esclavo desarmado delante del Estado Moloch.

Los fundamentos de la verdadera solución, opuesta al Liberalismo y al Socialismo, se encuentran en las siguientes palabras del Soberano Pontífice: «El Estado no contiene en sí ni reúne mecánicamente en determinado territorio una amorfa aglomeración de individuos; es él, y debe ser en realidad, la unidad orgánica y organizadora de un verdadero pueblo» (Alocución de Navidad de 1945).

Compendio de Verdades Oportunas

Que se oponen a los Errores Contemporáneos

Autor: Mons. Antonio de Castro Mayer | Recomendaciones y conclusiones de la Carta Pastoral


Recomendaciones pastorales

  1. A fin de que vuestra acción al combatir estos errores sea más completa, os recomiendo aún la mayor precisión de lenguaje. En escritos religiosos contemporáneos, destinados, no pocas veces, a la divulgación entre el pueblo fiel, se leen palabras que estarían mejor empleadas en trabajos de carácter estrictamente técnico, destinados a especialistas. Estos términos o palabras pasan, como es natural, de los escritos a la predicación, a las conferencias y reuniones de las asociaciones religiosas, hasta tornarse corrientes en ciertos medios. De estos términos, si algunos son excelentes, otros son simplemente susceptibles de buen sentido, y otros, por fin, son ininteligibles. De todo esto resulta gran confusión para el público a que están destinados. Citemos algunos: iglesia pneumática, vivir en el pneuma, espiritualidad transpsicológica, antropocentrismo religioso, espiritualidad cristocéntrica, vivir en una tensión fortísima, virtutocentrismo, moralismo, etc.
  2. Al tratar de la Santa Misa, conviene acentuar siempre que la Consagración es su parte esencial más importante; que la Misa, como verdadero Sacrificio de la Nueva Ley, tiene cuatro fines: Latréutico, Eucarístico, Propiciatorio e Impetratorio. Y que la Comunión es medio excelente de participar del Santo Sacrificio, de manera que excluya la idea de que la simple asistencia a la Misa es más importante que la Comunión Sacramental.
  3. Al exponer la Doctrina del Cuerpo Místico, hay que evitar cualquier expresión que pueda inducir a un concepto panteísta.
  4. Al inculcar la devoción al Eterno Padre no debéis hablar de Jesucristo exclusivamente como de simple Mediador. Tal manera de proceder induciría a los fieles a pensar que la Segunda Persona de la Santísima Trinidad no puede ser objeto de nuestra adoración, sino simple intermediario entre nosotros y Dios Nuestro Señor. Este cuidado se debe tener especialmente en las regiones donde más extendido está el Espiritismo, que, como sabéis, amados Cooperadores, niega la Divinidad de Jesucristo.
  5. Recordemos que, según la «Mediator Dei», está fuera de camino el que repudia y reprueba el canto polifónico, aun cuando sea conforme a las normas emanadas de la Santa Sede (A. A. S. 39, páginas 545-6). La misma encíclica recomienda el canto religioso popular (ib., pág. 590).
  6. Sobre el uso del latín en la Sagrada Liturgia, atiendan nuestros carísimos Cooperadores a lo que sabiamente dijo el Santo Padre Pío XII, en la misma «Mediator Dei»: «El uso de la lengua latina vigente en gran parte de la Iglesia es una señal clara de la unidad y un eficaz remedio contra corruptelas de la pura doctrina» (A. A. S. 39, pág. 545).
  7. No pierdan ocasión de inculcar verdadera devoción al Santo Padre el Papa, y, en grado menor, al Obispo Diocesano.

    En este punto es preciso evitar cierta tendencia que, con el laudable deseo de estrechar los lazos de caridad entre las ovejas y el Pastor local, presenta una tal idea del Obispo que le confiere una especie de infalibilidad y le coloca casi al lado del Santo Padre, el cual en este concepto no pasaría de un simple fiscal de los Obispos. Enseñad en esta materia de las relaciones entre el Papa y los Obispos la doctrina exacta.

    Nuestro Señor Jesucristo instituyó en la Iglesia una sola Jerarquía de gobierno, compuesta de dos grados armónicos: El Papa, y, a él subordinados, los Obispos (canon 108, 39). La unidad de esta Jerarquía es noción indispensable para que los fieles se sepan situar ante ella. Viéndola como un solo todo que tiene en la cúspide al Soberano Pontífice, fuente de toda jurisdicción en la Iglesia, considerando en la misma perspectiva a los Obispos y al Papa, el fiel tributará a todos ellos el respeto, la veneración y el amor que se les debe.

    En esta perspectiva, conviene recordar que la plenitud del poder la tiene el Romano Pontífice, que tiene jurisdicción directa e inmediata sobre los Obispos y los fieles. La jurisdicción de los Obispos, sucesores de los Apóstoles, se ejerce en armonía con la jurisdicción pontificia y con dependencia de ésta.

    Este es el cuadro normal de la Iglesia. Querer inculcar una devoción al Papa enteramente diversa y hasta opuesta a la devoción al Obispo, y viceversa, pretender inculcar una devoción al Obispo diversa y opuesta a la devoción al Papa, sería negar implícitamente la unidad armónica de la Jerarquía.

    Amemos con extremada caridad al Papa y al Obispo, a cada cual según la posición y en la medida de los poderes que Nuestro Señor Jesucristo les confirió.

    Los fieles más devotos de su Obispo —y todos los católicos deben serlo— no vacilarán en mostrarse respetuosísimos con la Suprema Autoridad del Romano Pontífice, en toda la extensión en que ésta le fue dada por el Fundador de la Iglesia.

  8. Sobre el Magisterio Eclesiástico, enseñad que, siendo el Magisterio Pontificio infalible, y el de cada Obispo, aunque sea oficial, falible, es posible a la humana fragilidad de uno u otro Obispo caer en error: y la Historia registra algunos de esos casos, que producen, como es claro, las más peligrosas consecuencias. Esto no obstante, no se puede dejar de enseñar a los fieles cómo deben obrar en tales contingencias. En esas circunstancias tan dolorosas, el primer deber de los fieles es mantener todo el respeto a la persona sagrada del Pastor que les fue dado por la Providencia y acatar filialmente sus órdenes en todo cuanto no se oponga a la fidelidad directa y más alta que deben al Vicario de Cristo.
  9. Inculcad también veneración al celibato eclesiástico, que constituye una de las más preciadas glorias del pensamiento católico y de la Iglesia Latina.
  10. Al tratar de las relaciones entre la Teología y la Filosofía, no adoptéis nunca un lenguaje que niegue, explícita o implícitamente, el principio de que la Filosofía es un auxiliar de la Teología y la verdadera sabiduría está en la Revelación, dádiva misericordiosa de Dios, para iluminar a las almas y dirigirlas a la salvación.

    No se pierda ocasión de inculcar admiración por la Filosofía Escolástica, evitando actitudes de indiferencia entre esta Filosofía y otras. Igualmente, no se consienta en señalarla como superada por las nuevas corrientes del pensamiento moderno o nuevas escuelas apologéticas.

  11. Todo modo de hablar de los católicos sea sobrenatural. No tenemos motivos para temer afirmar en cualquier momento que creemos en la Revelación, en la Gracia, en la Divinidad de la Iglesia. La Fe es el mayor don de Dios, la Fe nos confirma en los conocimientos más necesarios para la elevación de nuestra naturaleza y para orientar nuestro proceder en el camino hacia nuestro eterno destino. Sería lamentable que para no desagradar al mundo tuviésemos miedo de afirmar nuestra Fe. Daríamos la impresión de que no es sólida y de que a nuestro modo de ver todas las religiones son iguales.
  12. En este mismo sentido reprobamos el sistema de apologética que emplea sólo argumentos de razón y se contenta con elevar las almas a una religión meramente natural, esperando que las irremediables insuficiencias de la religión natural llevarían a las almas a encontrar por sí mismas la Revelación.
  13. Igual prudencia en el modo de hablar se recomienda con relación a los problemas sociales. No debemos parecer soldados de otra causa que no sea la nuestra, ni dar la impresión de una unilateralidad incompatible con la santidad de nuestra misión. Sobre todo no halaguemos al gran poder de hoy día que es la multitud, dándole a entender que nos asociamos al progreso revolucionario, que está llegando, con el comunismo, a la última etapa de la destrucción del mundo occidental. Oímos a veces afirmar que la Iglesia es revolucionaria y que si no descubre enteramente sus posiciones es solamente porque precisa aún de los ricos para construir templos. Es fácil percibir cuánto oportunismo, degradante naturalismo y profunda corrupción doctrinal encierra esta frase. La Iglesia no está al servicio de «mamón» en la lucha contra la demagogia y el Socialismo. Y mucho menos es una esclava de la multitud. Somos el Cuerpo Místico de Cristo, que está inconmensurablemente por encima de todo esto, y que lucha para implantar en la tierra el reino de la justicia y de la caridad, sin acepción de personas.
  14. Mayor precaución aún se recomienda en la formación de la pureza y en la explicación de los deberes conyugales. La Moral Católica, así como las costumbres tradicionalmente seguidas en la Iglesia, resguardan perfectamente, en el trato de estos delicados asuntos, todas las conveniencias de la virtud.

    En esta atmósfera de creciente corrupción, es necesario que nos agarremos con redoblado fervor a nuestros principios y tradiciones. Debemos evitar, no sólo lo que es malo en nuestra conducta, sino también cualquier actitud que pueda expresar aprobación por nuestra parte de la atmósfera sensual del mundo moderno.

    La pureza supone, para su práctica plena y estable, todo un ambiente de dignidad, gravedad y recato. Es inútil imaginar que esta virtud pueda existir en grupos donde no se evita cuidadosamente no sólo el pecado, sino todo aquello que se puede calificar como aliento del mal. Por esto, no admitan los fieles en su convivencia chistes o expresiones más o menos equívocas, canciones carnavalescas, palabras de doble sentido cuya trivialidad excesiva no esté conforme con la dignidad que debe reinar en ambientes católicos.

  15. Al considerar los problemas relativos a la acción de la Iglesia en nuestros días, Nuestros amados Cooperadores sean realistas, sin pactar, sin embargo, con el espíritu de novedad que ataca todo cuanto es antiguo sólo por ser antiguo, y tiende a alabar todo cuanto es nuevo sólo por serlo, y así se apartan del verdadero espíritu tradicional de la Santa Iglesia, como enseña la Carta de la Sagrada Congregación de los Seminarios al Episcopado brasileño: «El espíritu de novedad no dejará de criticar nada de cuanto hasta hoy, aun con visibles ventajas, se había practicado. Se aprovechará de cualquier abuso, y aun de cualquier exageración en una costumbre tradicional o en un método de apostolado, para ridiculizar y hostilizar todo el conjunto» (A. A. S. 42, pág. 840).

Exhortación final

Amados Hijos y amados Cooperadores, es muy necesario al Sacerdote el instruir. Pero, ¿de qué vale la instrucción si no va acompañada del amor? «¡Ay de la ciencia —exclamaba Bossuet— que no se transforma en amor y en acción!».

Conocer a Dios y a su Santa Iglesia es una condición normal para la salvación. Pero además de conocer a Dios es preciso adorarle; además de conocer la doctrina de la Santa Iglesia es necesario amarla con un amor entusiasta y extremado, reflejo limpio y ardiente del amor que tributamos al propio Dios.

Exponiendo a vuestros feligreses los errores que señalamos, exponiéndoles sobre todo las verdades que a estos errores se contraponen, formadlos de manera que no se queden sólo con su conocimiento, sino que lleguen también a amarlas. En otras palabras, infundid en sus almas aquel amor ardiente a la ortodoxia, aquella dedicación a la causa católica de la que sois naturalmente, como sacerdotes, ejemplos vivos y edificantes.

Esta virtud del sentido católico debéis pedirla para vuestros feligreses, como Nos mismo la pedimos para Nos y para todos nuestros diocesanos, con pobre pero constante oración. Enseñadles también a pedirla para sí mismos. Y para que Nuestras preces, las vuestras, amados Hijos y dilectos Cooperadores, y las de todos nuestros queridísimos diocesanos sean oídas por Dios, al terminar esta carta volvamos Nuestros ojos humildemente al Sagrado Corazón de Jesús, abismo de todas las virtudes, horno de caridad, centro y modelo de todos los corazones. Pueda la tibieza de nuestras almas transformarse en celo ardiente al contacto de las llamas que brotan del Corazón Divino. Nuestras faltas, nuestras miserias, nuestra indignidad, atraigan sobre nosotros la misericordia de aquel Corazón Divino que es un abismo de caridad. Las gracias cuya fuente es ese Divino Corazón, desciendan en toda su plenitud sobre nosotros, iluminando nuestras inteligencias, fortaleciendo nuestras voluntades, para que alcancemos en toda la medida que nos fue señalada, aquella santidad, anhelo supremo de nuestra alma.

Para que esto se realice y recibamos la plena efusión de las gracias del Corazón de Jesús, acerquémonos al Corazón Inmaculado de María, necesario canal por donde nuestras oraciones llegan al Corazón de Jesús, y por donde las gracias del Corazón de Jesús vienen hasta nosotros.

El Corazón Inmaculado de María se manifestó en nuestros días a los pastores de Fátima llamándolos a penitencia y prometiéndoles las más escogidas gracias.

Atendamos al llamamiento de este Corazón maternal y, confiando en su intercesión, trabajemos, queridos Hijos y amados Cooperadores, para que se implante cuanto antes en nuestra Diócesis el Reino del Sagrado Corazón.

Con los ojos puestos en este ideal, a todos vosotros y Nuestros amados hijos, vuestros feligreses, damos con paternal afecto Nuestra bendición pastoral. En el Nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén.


Fecha y firma

Dada y publicada en Nuestra Ciudad Episcopal de Campos, con el sello y señal de Nuestras Armas, el 6 de enero de 1953, fiesta de la Epifanía de Nuestro Señor Jesucristo.

Antonio, Obispo de Campos


MANDATO

Nomine Domini invocato,

Tenemos a bien determinar que:

  1. La materia de esta Nuestra Carta Pastoral sea explicada al pueblo a la hora de la Misa dominical;
  2. El Catecismo y sus directrices, que forman parte de esta Nuestra Carta Pastoral, sean explicados, por partes, en las reuniones de las Asociaciones religiosas y de Apostolado para la formación católica de los miembros de estas Asociaciones;
  3. Su recibimiento y la materia de esta Carta Pastoral sean registrados en el libro de «Tombo» y un ejemplar incluido en el Archivo Parroquial.

Dada y publicada en Nuestra Ciudad Episcopal de Campos, con el sello y señal de Nuestras Armas, el 6 de enero de 1953, fiesta de la Epifanía de Nuestro Señor Jesucristo.

Antonio, Obispo de Campos

Colofón
Y si al lector este trabajo le ha podido ayudar, le rogamos un Avemaría por nuestras almas rezar.