
Fecha de publicación: 20 de junio de 1888
Autor: Su santidad León XIII
Breve resumen: Sobre la naturaleza de la libertad humana y los errores del liberalismo. León XIII enseña que la libertad es una perfección de la voluntad racional, pero solo alcanza su plenitud cuando se orienta hacia el bien y permanece sometida a la ley eterna de Dios. Explica la relación entre libertad, razón, ley natural, gracia y autoridad legítima; examina los distintos grados del liberalismo; y juzga las libertades de cultos, expresión, imprenta, enseñanza y conciencia. Finalmente, expone la doctrina católica sobre la tolerancia de ciertos males por causa del bien común y ofrece criterios prácticos para la participación política de los católicos.
Nota editorial: La presente traducción española de la encíclica Libertas praestantissimum ha sido preparada por Proyecto Emaús a partir del texto latino publicado en la edición histórica de Acta Sanctae Sedis, volumen XX, Roma, 1887-1888, páginas 593-613, actualmente en el dominio público. No se ha reproducido la traducción española moderna del portal de la Santa Sede. Se han ajustado la puntuación y la división de algunos períodos sintácticos para facilitar la lectura contemporánea y su reproducción mediante sistemas de texto a voz, sin modificar el contenido doctrinal del documento. Los subtítulos y la división temática han sido añadidos por Proyecto Emaús y no pertenecen al texto original.
A los venerables hermanos Patriarcas, Primados, Arzobispos y Obispos de todo el mundo católico, en gracia y comunión con la Sede Apostólica.
León XIII, papa. Venerables Hermanos: salud y bendición apostólica.
1. Excelencia y riesgos de la libertad
La libertad, don excelentísimo de la naturaleza y propio únicamente de los seres dotados de inteligencia o razón, confiere al hombre la dignidad de permanecer en manos de su propio consejo y de ser dueño de sus acciones.1
Pero lo que más importa en esta dignidad es el modo en que se utiliza, porque del uso de la libertad nacen tanto los mayores bienes como los mayores males.
El hombre puede obedecer a la razón, seguir el bien moral y dirigirse rectamente hacia su fin supremo.
Pero puede también desviarse hacia todo lo contrario, perseguir imágenes engañosas de bienes, perturbar el orden debido y precipitarse voluntariamente hacia la ruina.
Jesucristo, libertador del género humano, restauró y acrecentó la dignidad original de nuestra naturaleza.
Auxilió poderosamente la voluntad humana, fortaleciéndola en esta vida con los socorros de su gracia y proponiéndole en la otra la felicidad eterna del cielo.
De manera semejante, la Iglesia católica ha merecido siempre, y continuará mereciendo, el mayor reconocimiento por este excelente bien de la naturaleza.
A ella corresponde transmitir a todos los siglos los beneficios que Jesucristo adquirió para nosotros.
Sin embargo, no son pocos quienes consideran a la Iglesia enemiga de la libertad humana.
La causa de este juicio reside en una idea torcida y contraria al orden acerca de la propia libertad.
Unos alteran su verdadero concepto. Otros extienden su significado más allá de lo justo y pretenden aplicarlo a muchas cosas en las que, si se juzga rectamente, el hombre no puede ser libre.
2. Las llamadas libertades modernas
En otras ocasiones, y especialmente en la encíclica Immortale Dei,2 hemos hablado de las llamadas libertades modernas.
Distinguimos en ellas lo honesto de aquello que le es contrario.
Demostramos también que todo cuanto contienen de bueno es tan antiguo como la verdad misma, y que la Iglesia lo aprobó siempre de buena gana y lo incorporó a la vida de los pueblos.
Lo que se añadió como novedad consiste, a decir verdad, en un elemento corrompido, nacido de la agitación de los tiempos y del deseo desordenado de innovaciones.
Pero muchos insisten en considerar esas libertades, incluso en lo que poseen de defectuoso, como la gloria principal de nuestra época y como el fundamento necesario de las sociedades políticas.
Creen incluso que sin ellas no puede concebirse un gobierno perfecto.
Por eso hemos juzgado conveniente tratar expresamente esta cuestión para utilidad de todos.
3. La libertad natural
Nuestro propósito inmediato es tratar acerca de la libertad moral, considerada tanto en las personas como en la sociedad.
Conviene, sin embargo, decir primero algunas palabras sobre la libertad natural.
Aunque se distingue completamente de la libertad moral, constituye su fuente y principio, porque de ella proceden espontáneamente todas las demás formas de libertad.
El juicio de todos los hombres y el sentido común, voz segura de la naturaleza, reconocen esta libertad solamente en quienes participan de la inteligencia o de la razón.
Por causa de ella el hombre es considerado responsable de sus actos.
No podría suceder de otro modo.
Los animales obedecen únicamente a los sentidos y, movidos por el impulso natural, buscan lo que les conviene y evitan lo que les perjudica.
El hombre, en cambio, tiene a la razón como guía de todas y cada una de las acciones de su vida.
Ante los bienes particulares de este mundo, la razón comprende que cada uno de ellos puede existir o no existir.
Por eso juzga que ninguno es absolutamente necesario y entrega a la voluntad la facultad de elegir lo que prefiera.
El hombre puede juzgar de la contingencia de los bienes creados porque posee un alma simple y espiritual, dotada de pensamiento.
Esta alma no procede de las cosas corporales ni depende de ellas para conservarse.
Fue creada inmediatamente por Dios y supera ampliamente la condición común de los cuerpos.
Posee un modo propio de ser y de actuar.
Por ello, al conocer intelectualmente las razones inmutables y necesarias de la verdad y del bien, comprende que los bienes particulares no son necesarios.
Cuando se afirma que el alma humana es espiritual, inmortal y capaz de pensar, se establece al mismo tiempo el fundamento más firme de la libertad natural.
4. La Iglesia, defensora del libre albedrío
Nadie proclama con mayor elevación ni defiende con mayor constancia la simplicidad, espiritualidad e inmortalidad del alma humana que la Iglesia católica.
La Iglesia enseñó siempre estas verdades y las sostiene como dogmas de fe.
Además, frente a los ataques de los herejes y de los promotores de novedades, tomó bajo su protección la libertad del hombre y salvó de la ruina este gran bien de la naturaleza.
Los monumentos de la historia muestran con cuánto vigor rechazó los intentos de los maniqueos y de otros semejantes.
En tiempos posteriores, primero en el Concilio de Trento y después contra los discípulos de Jansenio, combatió en favor del libre albedrío.
Nunca permitió que el fatalismo se estableciera en tiempo o lugar alguno.
5. Naturaleza de la libertad moral
La libertad es propia, como hemos dicho, de quienes participan de la razón o de la inteligencia.
Considerada en su naturaleza, no es otra cosa que la facultad de elegir los medios adecuados para alcanzar el fin propuesto.
Quien puede escoger una cosa entre varias es dueño de sus propios actos.
Todo aquello que se elige como medio pertenece a la categoría del bien llamado útil.
Como el bien posee por naturaleza la capacidad de mover el apetito, el libre albedrío pertenece propiamente a la voluntad.
Más aún, es la voluntad misma en cuanto, al actuar, posee la facultad de elegir.
Pero la voluntad no puede moverse si antes el conocimiento intelectual no la ilumina como una antorcha.
El bien deseado por la voluntad es necesariamente un bien en cuanto conocido por la razón.
En todos los actos voluntarios, la elección va precedida por un juicio acerca de la verdad de los bienes y acerca de cuál debe preferirse.
Ninguna persona prudente duda de que juzgar corresponde a la razón y no a la voluntad.
Si la libertad reside en la voluntad, y la voluntad es por naturaleza un apetito obediente a la razón, se sigue que la libertad, como la propia voluntad, debe dirigirse hacia el bien conforme con la razón.
Sin embargo, tanto la razón como la voluntad son facultades imperfectas.
Puede suceder que la razón proponga a la voluntad algo que en realidad es malo, pero que aparece bajo una falsa apariencia de bien, y que la voluntad se adhiera a ello.
La posibilidad de equivocarse y el error efectivo revelan un defecto de la inteligencia.
De manera semejante, abrazar un bien engañoso y aparente demuestra que existe libre albedrío, del mismo modo que la enfermedad demuestra que existe vida.
Pero constituye un defecto de la libertad.
La voluntad, precisamente porque depende de la razón, corrompe y abusa de la libertad cuando desea algo contrario a la recta razón.
Por eso Dios, infinitamente perfecto, aunque es sumamente libre porque posee inteligencia y es la bondad por esencia, no puede querer el mal moral.
Tampoco pueden quererlo los bienaventurados del cielo, porque contemplan al bien supremo.
San Agustín y otros autores observaron sabiamente que la posibilidad de pecar no pertenece a la esencia ni a la perfección de la libertad.
Es más bien una debilidad y un defecto.
Nuestro Señor Jesucristo expresó esta verdad al declarar que quien comete pecado es esclavo del pecado.3
«Cuanto más libre sea una voluntad respecto del vicio y del pecado, tanto más libre será», enseña santo Tomás de Aquino.4
6. La necesidad de la ley
La necesidad de la ley se encuentra, por tanto, en la misma libertad.
La ley es necesaria para impedir que la voluntad se aparte de la recta razón.
Nada puede ser más perverso y absurdo que afirmar que, por ser naturalmente libre, el hombre debe estar exento de toda ley.
Si fuera así, pertenecería a la esencia de la libertad no conformarse con la razón.
La verdad es exactamente la contraria.
Precisamente porque es libre, el hombre debe estar sometido a la ley.
La ley guía sus actos y, mediante la propuesta de premios y castigos, lo mueve a practicar el bien y apartarse del mal.
La primera de todas es la ley natural, escrita y grabada en el alma de cada hombre.
Esta ley no es otra cosa que la razón humana que manda obrar rectamente y prohíbe pecar.
Pero ese mandato de la razón humana no podría tener fuerza de ley si no fuera voz e intérprete de una razón superior, a la cual deben someterse nuestra inteligencia y nuestra libertad.
La fuerza de la ley consiste en imponer deberes, conceder derechos y sancionar las órdenes mediante premios y castigos.
Todo ello descansa enteramente en la autoridad, es decir, en una potestad verdadera para establecer obligaciones y derechos.
Nada de esto podría existir si el hombre, como legislador supremo, se diera a sí mismo la norma de sus propias acciones.
Por consiguiente, la ley natural es la misma ley eterna, impresa en los seres racionales.
Los inclina hacia las acciones y hacia el fin que les corresponden.
Esta ley eterna es la razón eterna de Dios, Creador y Gobernador del universo.
7. La gracia perfecciona la libertad
A esta regla de las acciones y a este freno contra el pecado, la bondad divina añadió auxilios especiales, sumamente aptos para fortalecer y dirigir la voluntad humana.
El principal y más excelente es la fuerza de la gracia divina.
La gracia ilumina la inteligencia, robustece la voluntad con saludable constancia y la impulsa siempre hacia el bien moral.
De este modo hace más fácil y seguro el uso de nuestra libertad natural.
Es completamente falso que, por la intervención de Dios, los movimientos de la voluntad resulten menos libres.
La gracia divina alcanza las partes más íntimas del hombre y armoniza admirablemente con sus inclinaciones naturales.
Procede del Autor de nuestra inteligencia y de nuestra voluntad, quien mueve todas las cosas conforme a la naturaleza propia de cada una.
Como advierte el Doctor Angélico, la gracia divina, por proceder del Creador de la naturaleza, está admirablemente dispuesta para conservar las naturalezas individuales, sus propiedades, sus facultades y sus operaciones.
8. La libertad en la sociedad civil
Lo dicho acerca de la libertad de cada persona se aplica fácilmente a los hombres unidos en sociedad.
Lo que la razón y la ley natural realizan en cada individuo, lo efectúa en los ciudadanos la ley humana promulgada para el bien común.
Algunas leyes humanas se refieren a cosas buenas o malas por su propia naturaleza.
Mandan practicar unas y evitar otras, añadiendo la sanción conveniente.
Estas normas no tienen su origen en la sociedad civil.
Así como la sociedad no creó la naturaleza humana, tampoco creó la conformidad del bien ni la oposición del mal respecto de esa naturaleza.
Estas realidades son anteriores a toda sociedad y deben derivarse de la ley natural y, por consiguiente, de la ley eterna.
Los preceptos del derecho natural contenidos en las leyes humanas no poseen únicamente la fuerza de la legislación civil.
Contienen, ante todo, una autoridad mucho más alta y sagrada, procedente de la ley natural y eterna.
En este género de leyes, la misión del legislador civil consiste casi únicamente en asegurar la obediencia de los ciudadanos mediante una disciplina común.
Debe contener a los perversos y viciosos, apartándolos del mal y conduciéndolos al bien, o por lo menos impidiendo que perjudiquen a la sociedad y dañen a sus conciudadanos.
Existen también otras disposiciones del poder civil que no proceden inmediatamente del derecho natural.
Determinan de manera particular asuntos que la naturaleza solo reguló de manera general.
Por ejemplo, la naturaleza manda a los ciudadanos colaborar con su trabajo en la tranquilidad y prosperidad públicas.
Pero la medida, el modo y los objetos concretos de esa colaboración son establecidos por la sabiduría humana y no directamente por la naturaleza.
Estas reglas particulares de convivencia, determinadas por la razón y promulgadas por la autoridad legítima, constituyen la ley humana propiamente dicha.
Esta ley obliga a todos los ciudadanos a cooperar para el fin común y les prohíbe apartarse de él.
Mientras obedezca y se conforme con los preceptos de la naturaleza, conduce hacia el bien y aparta del mal.
De todo esto se concluye que la ley eterna de Dios debe regular la libertad no solo de cada persona, sino también de las sociedades humanas.
En la comunidad civil, la verdadera libertad no consiste en hacer cuanto a cada uno le agrade.
Eso produciría una confusión extrema y una perturbación que terminaría oprimiendo al Estado.
La libertad consiste en que, mediante las leyes civiles, los ciudadanos puedan vivir con mayor facilidad conforme a los preceptos de la ley eterna.
La libertad de quienes gobiernan tampoco consiste en poder mandar temerariamente y según su capricho.
Esto sería criminal y causaría graves daños al Estado.
La fuerza de las leyes humanas debe consistir en que se reconozca su derivación de la ley eterna y en que no ordenen nada que no esté contenido en ella como fuente de todo derecho.
San Agustín escribió con gran sabiduría:
«Creo que comprendes que en la ley temporal no existe nada justo y legítimo que los hombres no hayan derivado de la ley eterna».5
Si alguna autoridad establece una ley contraria a la recta razón y perjudicial para el Estado, esa ley carece de verdadera fuerza jurídica.
No sería una norma de justicia y apartaría a los hombres del bien para el cual fue constituida la sociedad.
9. Dios no destruye, sino que perfecciona la libertad
La naturaleza de la libertad humana, en cualquier ámbito que se la considere, exige obedecer a una razón suprema y eterna.
Esto vale para los individuos y las sociedades, para quienes mandan y quienes obedecen.
Esa razón suprema no es otra que la autoridad de Dios, quien impone mandamientos y prohibiciones.
Este dominio justísimo de Dios sobre los hombres no destruye ni disminuye la libertad.
Por el contrario, la protege y la perfecciona.
La verdadera perfección de todas las criaturas consiste en perseguir y alcanzar su propio fin.
El fin supremo hacia el cual debe dirigirse la libertad humana es Dios.
10. La Iglesia y la libertad civil
La Iglesia, instruida por las enseñanzas y los ejemplos de su divino Fundador, difundió y defendió en todas partes estos preceptos altísimos y verdaderos, conocidos también por la sola luz de la razón.
Nunca dejó de medir por ellos su propia misión ni de formar según ellos a los pueblos cristianos.
En materia de costumbres, las leyes evangélicas superan ampliamente toda la sabiduría pagana.
Llaman al hombre y lo capacitan para una santidad desconocida por los antiguos.
Al acercarlo más a Dios, lo ponen en posesión de una libertad más perfecta.
De esta manera resplandeció siempre la admirable fuerza de la Iglesia para proteger y conservar la libertad civil y política de los pueblos.
No es necesario enumerar todos sus méritos.
Basta recordar que la esclavitud, antigua vergüenza de los pueblos paganos, fue eliminada principalmente por la acción beneficiosa de la Iglesia.
Jesucristo proclamó primero la verdadera igualdad y fraternidad entre los hombres.
A Él respondió la voz de los Apóstoles, quienes enseñaron que ya no existían judío ni griego, bárbaro ni escita, sino que todos eran hermanos en Cristo.6
Tan grande y conocida es la fuerza de la Iglesia en esta materia que, dondequiera que establece su presencia, desaparece rápidamente la barbarie de las costumbres.
La mansedumbre sucede a la crueldad, y la luz de la verdad a las tinieblas de la barbarie.
La Iglesia nunca dejó tampoco de beneficiar a los pueblos civilizados.
Resistió a la arbitrariedad de los hombres perversos.
Defendió a los inocentes y débiles de la injusticia.
Procuró que las instituciones políticas fueran amadas por los ciudadanos a causa de su equidad y temidas por los extranjeros a causa de su poder.
11. Obediencia legítima y resistencia a la injusticia
Es un deber gravísimo respetar la autoridad y obedecer las leyes justas.
De este modo, la vigilancia de la ley protege a los ciudadanos frente a la injusticia de los malvados.
La autoridad legítima procede de Dios, y quien resiste a la autoridad resiste a la disposición de Dios.7
La obediencia adquiere así una dignidad singular, porque se presta a la autoridad más justa y elevada.
Pero cuando falta el derecho de mandar, o se ordena algo contrario a la razón, a la ley eterna o a la autoridad de Dios, es justo desobedecer a los hombres para obedecer a Dios.
De este modo se cierra el camino a la tiranía y se impide que el Estado lo absorba todo.
Quedan protegidos los derechos de cada ciudadano, de la familia y de todos los miembros de la sociedad.
Todos participan de la verdadera libertad, que consiste, como hemos demostrado, en vivir según las leyes y la recta razón.
12. El liberalismo como falsa libertad
Si quienes hablan continuamente de libertad entendieran por ella la libertad legítima y honesta que acabamos de describir, nadie se atrevería a acusar a la Iglesia de ser enemiga de la libertad de los individuos o de los Estados.
Pero muchos, imitando a Lucifer, cuya impía palabra fue «no serviré»,8 entienden por libertad una licencia absurda.
Son los seguidores de un sistema difundido y poderoso que tomó su nombre de la propia libertad y se llama liberalismo.
13. Primer grado del liberalismo
Lo que los naturalistas y racionalistas son en filosofía, eso mismo son los partidarios del liberalismo en la moral y en la vida civil.
Los liberales trasladan a las costumbres y a la práctica los principios establecidos por el naturalismo.
El principio fundamental del racionalismo es la soberanía de la razón humana.
Esta se niega a prestar la obediencia debida a la razón divina y eterna.
Se proclama independiente y se constituye a sí misma como principio supremo, fuente y juez de la verdad.
Los liberales de quienes hablamos afirman igualmente que en la práctica de la vida no existe potestad divina alguna a la que se deba obedecer.
Cada hombre sería su propia ley.
De aquí nace la llamada moral independiente.
Bajo apariencia de libertad, separa a la voluntad de la observancia de los mandamientos divinos y concede al hombre una licencia ilimitada.
Es fácil comprender cuáles son las consecuencias finales de estas doctrinas, especialmente para la sociedad humana.
Cuando el hombre se persuade de que no tiene superior alguno, coloca la causa de la comunidad civil y política no en un principio exterior y superior, sino en la libre voluntad de cada individuo.
Hace derivar el poder público de la multitud como de su fuente primera.
Del mismo modo que la razón individual sería para cada persona la única regla de su vida privada, la razón colectiva sería la única norma de la vida pública.
De aquí procede el dominio de la mayoría y la afirmación de que la fuerza del mayor número crea todo derecho y deber.
Pero lo dicho anteriormente demuestra suficientemente que estas doctrinas repugnan a la razón.
Negar que existe un vínculo entre el hombre o la sociedad civil y Dios, Creador y Legislador supremo, contradice completamente la naturaleza.
No solo los cuerpos, sino también los espíritus dependen de Dios.
Toda la vida debe dirigirse hacia Él.
Cuanto más libremente usamos de nuestra voluntad, tanto más obligados estamos a obedecer a Dios.
La razón humana debe reconocer que no es creadora de sí misma ni de las cosas.
Debe someterse a la razón eterna y divina, fundamento de toda verdad y justicia.
Por ello, una libertad desligada de Dios no es libertad, sino rebelión y esclavitud.
14. Segundo grado del liberalismo
Otros liberales aceptan el dominio de la razón y de la ley natural, pero rechazan la ley divina revelada.
Reconocen que la libertad debe ser regida por la recta razón, pero sostienen que no debe someterse a las leyes que Dios quiso comunicarnos por una revelación positiva.
Esta opinión es incoherente.
Si se reconoce que Dios es Legislador supremo y sapientísimo, no puede afirmarse que el hombre deba obedecer algunas de sus leyes y pueda despreciar otras.
Si Dios tiene derecho a mandar, corresponde al hombre obedecerle en todo cuanto haya mandado.
Además, quienes rechazan la revelación quedan sin una norma firme y suficiente para distinguir lo justo de lo injusto.
La ley natural, aunque conocida por la razón, puede ser oscurecida por las pasiones, los prejuicios y los errores.
Por ello Dios, en su misericordia, confirmó mediante la revelación muchas verdades accesibles a la razón y añadió otras necesarias para la salvación.
Separar la libertad humana de la ley revelada significa privarla del auxilio y de la orientación que Dios le concedió para alcanzar su perfección.
Manténgase, por tanto, unido santamente lo que no puede ni debe separarse.
Sirvamos a Dios en todas las cosas con la obediencia que manda la propia razón natural.
15. Tercer grado del liberalismo
Existen otros liberales todavía más moderados, aunque no más consecuentes.
Afirman que las leyes divinas deben regular la vida y la conducta de las personas particulares, pero no la de la sociedad civil.
Según ellos, en los asuntos públicos sería lícito apartarse de los mandamientos de Dios y legislar sin tenerlos en cuenta.
De aquí nace la perniciosa afirmación de que la Iglesia debe estar separada del Estado.
La falsedad de esta opinión resulta evidente.
La propia naturaleza exige que la sociedad proporcione a los ciudadanos medios y facilidades para vivir honradamente, es decir, según las leyes de Dios, fuente de toda justicia y virtud.
Por eso es contrario a la naturaleza que el Estado pueda despreciar esas leyes o establecer otras que las contradigan.
Quienes gobiernan deben procurar a la sociedad, mediante leyes prudentes, no solo los bienes externos, sino principalmente los bienes del alma.
Nada es más adecuado para aumentar estos bienes que las leyes establecidas por Dios.
Quienes pretenden gobernar sin considerar las leyes divinas apartan el poder político del fin para el cual fue instituido y del orden establecido por la naturaleza.
Existe, además, otra verdad que hemos recordado frecuentemente.
La autoridad civil y la religiosa poseen fines próximos y medios distintos.
Sin embargo, ambas ejercen su potestad sobre las mismas personas y, en ocasiones, legislan acerca de las mismas materias desde aspectos diferentes.
Un conflicto entre ellas sería absurdo y contrario a la sabiduría infinita de Dios.
Debe existir un orden y una forma de concordia que elimine las causas de disputas y luchas.
Esta concordia ha sido comparada justamente con la unión del alma y del cuerpo.
La unión beneficia a ambos, mientras la separación perjudica especialmente al cuerpo, porque le quita la vida.
16. La llamada libertad de cultos
Para comprender mejor estas cuestiones, conviene examinar separadamente las distintas libertades que son presentadas como conquistas de nuestro tiempo.
Consideremos primero, respecto de los particulares, la llamada libertad de cultos.
Esta libertad, completamente contraria a la virtud de la religión, se funda en la afirmación de que cada persona puede profesar a su arbitrio la religión que prefiera o no profesar ninguna.
Pero entre todos los deberes del hombre, el principal y más sagrado es el que manda rendir a Dios el culto de la religión y de la piedad.
Este deber se sigue necesariamente de nuestra perpetua dependencia respecto de Dios, de nuestro gobierno por su providencia y de que en Él se encuentran nuestro origen primero y nuestro fin supremo.
Debe añadirse que no puede existir verdadera virtud sin religión.
La virtud moral se refiere a aquellas cosas que conducen hacia Dios como bien supremo y último del hombre.
Por ello la religión, que realiza los actos directa e inmediatamente ordenados al honor de Dios,9 es la reina y reguladora de las demás virtudes.
Si se pregunta cuál religión debe seguirse entre tantas que se contradicen, la razón y la naturaleza responden unánimemente: aquella que Dios mandó.
Puede reconocerse fácilmente por ciertas señales exteriores con las que la divina Providencia quiso distinguirla.
Dios no podía permitir que, en una cuestión tan grave, los hombres fueran conducidos inevitablemente hacia el error.
Conceder al hombre la libertad de cultos entendida de este modo equivale a darle la facultad de violar impunemente un deber santísimo.
Le permite apartarse del bien inmutable y dirigirse hacia el mal.
Como hemos dicho, esto no es libertad, sino corrupción de la libertad y esclavitud del alma entregada al pecado.
17. El deber religioso del Estado
Considerada en el orden político, la libertad de cultos pretende que el Estado no rinda culto alguno a Dios ni autorice un culto público.
Pretende que ninguna religión sea preferida a otra, que todas reciban los mismos derechos y que no se tenga en cuenta la religión del pueblo, aunque este profese la fe católica.
Para que estas pretensiones fueran justas sería necesario que la sociedad civil no tuviera deber alguno hacia Dios o pudiera quebrantarlos impunemente.
Ambas afirmaciones son falsas.
Nadie puede dudar que la sociedad civil existe por voluntad de Dios.
Esto se observa en sus miembros, en su forma, que es la autoridad, en su causa y en los numerosos beneficios que proporciona al hombre.
Dios creó al hombre sociable y lo colocó entre sus semejantes para que encontrara en la sociedad la satisfacción de necesidades naturales que no puede atender por sí solo.
Por ello el Estado, precisamente por ser sociedad, debe reconocer a Dios como Padre y Autor.
Debe reverenciar y adorar su poder y su dominio.
La justicia y la razón prohíben, por tanto, el ateísmo del Estado.
Prohíben también el indiferentismo religioso, que en la práctica equivale al ateísmo, y la igualdad indiscriminada de todas las religiones.
Como es necesaria en la sociedad la profesión pública de una religión, debe profesarse la única verdadera.
Esta puede ser reconocida fácilmente, sobre todo en las naciones católicas, porque en ella aparecen manifiestamente las señales de la verdad.
Los gobernantes deben conservarla y protegerla si quieren atender con prudencia y utilidad al bien común, como les corresponde.
La autoridad pública fue instituida para beneficio de los gobernados.
Aunque su fin inmediato consiste en procurar la prosperidad temporal, no debe disminuir, sino aumentar, las facilidades para alcanzar el bien supremo y último en que consiste la felicidad eterna.
Ese fin no puede alcanzarse si se descuida la religión.
18. Religión, autoridad y libertad civil
Ya hemos tratado más ampliamente esta materia en otra ocasión.10
Ahora queremos añadir únicamente que la libertad de cultos entendida como indiferencia religiosa perjudica gravemente la libertad verdadera de gobernantes y gobernados.
La religión, por el contrario, es sumamente beneficiosa para la libertad.
Coloca en Dios el origen del poder.
Manda con la máxima autoridad a los gobernantes que recuerden sus deberes, que no gobiernen con injusticia o dureza y que dirijan a los pueblos con benignidad y afecto paternal.
Ordena a los ciudadanos someterse a las autoridades legítimas como representantes de Dios.
Los une con sus gobernantes no solo mediante la obediencia, sino también mediante el respeto y el amor.
Prohíbe las sediciones y todas las empresas que pueden alterar el orden y la tranquilidad pública, y que terminan siendo causa de mayores limitaciones para la libertad de los ciudadanos.
Omitimos cuánto contribuye la religión a las buenas costumbres y cuánto favorecen las buenas costumbres a la libertad.
La razón demuestra y la historia confirma que los Estados poseen mayor libertad, prosperidad y poder cuanto mejores son sus costumbres.
19. Libertad de expresión y de imprenta
Debe decirse algo acerca de la libertad de expresión y de imprenta.
Es evidente que no existe un derecho a ejercerlas sin moderación, superando todo límite.
El derecho es una facultad moral.
Como hemos dicho y debemos repetir muchas veces, resulta absurdo suponer que la naturaleza haya concedido derechos de igual manera a la verdad y al error, a la justicia y a la injusticia.
Existe el derecho de difundir libre y prudentemente en la sociedad cuanto sea verdadero y honesto, para que el mayor número posible participe del bien y de la verdad.
Pero las opiniones falsas, enfermedad mortal de la inteligencia, y los vicios que corrompen el corazón y las costumbres deben ser reprimidos diligentemente por la autoridad pública.
De otro modo, se extenderían insensiblemente y causarían la ruina del Estado.
Los errores de ciertas inteligencias depravadas ejercen una verdadera opresión sobre las multitudes.
Es justo que la autoridad los reprima mediante la ley, como reprime las violencias cometidas contra los débiles.
Esta protección resulta todavía más necesaria porque la mayoría de los ciudadanos no puede evitar, o solo con gran dificultad puede evitar, los engaños del lenguaje y las sutilezas de la argumentación.
Esto sucede especialmente cuando tales artificios halagan las pasiones.
Si se concede a todos una licencia ilimitada para hablar y escribir, nada permanecerá santo e inviolable.
Ni siquiera serán respetadas aquellas verdades primeras y certísimas de la naturaleza que constituyen el patrimonio común y más noble del género humano.
Oscurecida gradualmente la verdad, dominará con facilidad una multitud de errores perniciosos.
Cuanto gana la licencia, lo pierde la libertad.
La libertad será tanto mayor y más segura cuanto más eficazmente sea contenida la licencia.
En cambio, respecto de materias opinables que Dios dejó a la discusión humana, cada persona puede pensar lo que juzgue más conveniente y expresar libremente su parecer.
La naturaleza no se opone a esa libertad.
No conduce a oprimir la verdad y muchas veces ayuda a investigarla y manifestarla.
20. Libertad de enseñanza
La llamada libertad de enseñanza debe juzgarse de manera semejante.
Solo la verdad debe formar las inteligencias, porque en ella se encuentran el bien, el fin y la perfección de los seres racionales.
La enseñanza debe proponer únicamente la verdad tanto a quienes la desconocen como a quienes ya la conocen.
A los primeros debe conducirlos hacia su conocimiento y a los segundos conservarlos en su posesión.
Por ello el deber principal de quienes enseñan consiste en liberar las inteligencias del error y cerrar mediante defensas seguras el camino a las opiniones engañosas.
La libertad de enseñar cualquier cosa según el capricho individual contradice abiertamente a la razón.
Por su propia naturaleza tiende a corromper radicalmente las inteligencias.
La autoridad pública no puede conceder semejante licencia sin faltar a sus deberes.
Esto es todavía más grave porque la autoridad del maestro influye poderosamente sobre los oyentes y porque muy pocos discípulos pueden juzgar por sí mismos si las enseñanzas recibidas son verdaderas o falsas.
21. La verdad natural y la verdad revelada
Para que la libertad de enseñanza sea honesta, debe permanecer dentro de ciertos límites.
No puede permitirse que la enseñanza se convierta impunemente en instrumento de corrupción.
La verdad, objeto exclusivo de la enseñanza, pertenece al orden natural o al sobrenatural.
Las verdades naturales, entre las cuales se encuentran los principios de la naturaleza y las conclusiones próximas de la razón, constituyen el patrimonio común del género humano.
Sobre ellas descansan las costumbres, la justicia, la religión y la propia sociedad.
Nada sería tan impío ni tan inhumano como permitir que este patrimonio fuera violado y destruido impunemente.
Debe conservarse con igual reverencia el sagrado tesoro de las verdades que Dios dio a conocer mediante la revelación.
Los principales capítulos de esta revelación son demostrados por numerosos y sólidos argumentos, utilizados frecuentemente por los apologistas.
Entre ellos se encuentran que Dios reveló determinadas verdades; que el Hijo unigénito de Dios se hizo hombre para dar testimonio de la verdad; y que Jesucristo fundó una sociedad perfecta, la Iglesia, de la cual Él mismo es cabeza y con la cual prometió permanecer hasta el fin de los siglos.
Confió a esta sociedad todas las verdades que había enseñado.
Le ordenó conservarlas, defenderlas y enseñarlas con autoridad legítima.
Al mismo tiempo mandó a todos los hombres obedecer a la Iglesia como a Él mismo, amenazando con la ruina eterna a quienes se negaran a hacerlo.
De aquí resulta evidente que el maestro mejor y más seguro del hombre es Dios, fuente y principio de toda verdad.
También lo es su Hijo unigénito, que está en el seno del Padre y es camino, verdad, vida y luz verdadera que ilumina a todo hombre.
Todos deben someterse dócilmente a su enseñanza:
«Todos serán enseñados por Dios».11
En la fe y las costumbres, Dios hizo a la Iglesia partícipe de su magisterio divino y le concedió el beneficio de no poder errar.
Por ello es maestra suprema y segurísima de los hombres y posee un derecho inviolable a enseñar libremente.
Apoyada en la doctrina recibida de Dios, la Iglesia colocó siempre por encima de todo el cumplimiento de la misión que le fue confiada.
Superó las dificultades que la rodeaban y jamás dejó de combatir en defensa de la libertad de su magisterio.
Por este camino, el mundo entero, liberado de la calamidad de las supersticiones, fue renovado por la sabiduría cristiana.
La razón demuestra por sí misma que no puede existir verdadera oposición entre las verdades reveladas y las naturales.
Por consiguiente, todo cuanto contradiga a la revelación debe ser falso.
El magisterio de la Iglesia no obstaculiza el deseo de saber ni el progreso de las ciencias.
Tampoco impide el desarrollo de la civilización.
Por el contrario, proporciona abundante luz y una protección segura.
Favorece también la perfección de la libertad humana, porque Jesucristo enseñó que el hombre es liberado por la verdad:
«Conoceréis la verdad y la verdad os hará libres».12
La libertad legítima no tiene motivo para indignarse, ni la verdadera ciencia para rechazar las leyes justas mediante las cuales la Iglesia y la razón piden que se ordene la enseñanza.
La experiencia demuestra que, al defender la fe cristiana, la Iglesia procura también el cultivo y el progreso de las ciencias humanas.
La belleza y elegancia de la expresión son buenas, loables y deseables.
Toda erudición nacida de un juicio sano y conforme con la verdad de las cosas contribuye a iluminar la doctrina revelada.
La Iglesia conservó los monumentos de la sabiduría antigua.
Fundó universidades y centros de estudio.
Animó constantemente la actividad intelectual y fomentó las artes que embellecen la vida civil.
Existe, además, un campo amplísimo abierto a la actividad y al ingenio de los hombres.
Comprende aquellas materias que no tienen relación necesaria con la fe y la moral cristianas, o sobre las cuales la Iglesia, sin ejercer su autoridad, deja íntegro y libre el juicio de los estudiosos.
De aquí se comprende la naturaleza de la libertad de enseñanza que defienden los liberales.
Por una parte, se atribuyen a sí mismos y al Estado una licencia tan amplia que abren las puertas a toda clase de errores.
Por otra, obstaculizan de muchas maneras a la Iglesia y reducen cuanto pueden su libertad.
Sin embargo, de la doctrina de la Iglesia no debe temerse daño alguno, sino esperarse grandes beneficios.
22. La verdadera libertad de conciencia
También se proclama con insistencia la llamada libertad de conciencia.
Si se entiende como la facultad de rendir o no rendir culto a Dios según el propio capricho, ha sido suficientemente refutada por los argumentos anteriores.
Pero puede entenderse también en un sentido verdadero.
Significa entonces que el hombre pueda seguir en la sociedad la voluntad de Dios y cumplir sus mandamientos conforme a su conciencia, sin impedimento alguno.
Esta es una libertad verdadera y digna de los hijos de Dios.
Protege de manera excelente la dignidad de la persona humana y supera toda violencia e injusticia.
La Iglesia la deseó y amó siempre de manera especial.
Los Apóstoles reivindicaron constantemente esta libertad.
Los apologistas la defendieron en sus escritos y una multitud innumerable de mártires la consagró con su sangre.
Con razón, porque esta libertad cristiana testimonia la potestad suprema y justísima de Dios sobre los hombres y el deber principal y máximo de los hombres hacia Dios.
Nada tiene en común con un espíritu rebelde o desobediente.
Tampoco pretende librarse de la obediencia al poder público.
La autoridad humana posee el derecho de mandar y exigir obediencia mientras no contradiga la autoridad de Dios y permanezca dentro del orden establecido por Él.
Cuando se manda algo abiertamente contrario a la voluntad divina, se sobrepasan los límites de la potestad humana y se entra en conflicto con la autoridad de Dios.
En esas circunstancias es justo no obedecer.
23. La contradicción del liberalismo
Los partidarios del liberalismo atribuyen al Estado una potestad despótica y sin límites y quieren que la vida se ordene sin tener en cuenta a Dios.
Por eso no reconocen la libertad verdadera unida a la virtud y a la religión.
Consideran incluso como delito contra el Estado cuanto se realiza para conservarla.
Si fueran coherentes con sus principios, el hombre tendría que obedecer a cualquier gobierno, por tiránico que fuera.
24. La tolerancia de ciertos males
La Iglesia desea que estas enseñanzas cristianas penetren en todos los órdenes de la sociedad y sean practicadas por todos.
Poseen una fuerza admirable para remediar los males, numerosos y graves, de nuestro tiempo.
Muchos de esos males nacieron precisamente de aquellas libertades proclamadas con tanta exaltación, en las cuales se creía descubrir las semillas de la prosperidad y de la gloria.
Los hechos defraudaron esas esperanzas.
En lugar de frutos agradables y saludables aparecieron frutos amargos y corrompidos.
Si se busca un remedio, debe encontrarse en la restauración de los principios verdaderos, de los cuales puede esperarse con confianza la conservación del orden y la protección de la libertad auténtica.
Sin embargo, la Iglesia juzga maternalmente la grave debilidad humana.
Conoce el curso de los espíritus y de los acontecimientos de nuestro tiempo.
Aunque concede derechos únicamente a la verdad y a la virtud, no se opone a que la autoridad pública tolere algunas cosas contrarias a la verdad y a la justicia.
Esta tolerancia puede admitirse para evitar un mal mayor o para obtener y conservar un bien más grande.
Dios mismo, aunque es infinitamente bueno y omnipotente, permite que existan ciertos males en el mundo.
Lo hace para impedir que desaparezcan bienes mayores o para evitar males más graves.
Es justo que el gobierno de los Estados imite al Gobernador del universo.
La autoridad humana no puede impedir todos los males.
Por eso debe «permitir y dejar impunes muchas cosas que, sin embargo, son castigadas justamente por la divina Providencia».13
Pero en esas circunstancias, si la ley humana puede y aun debe tolerar el mal por causa del bien común, nunca puede aprobarlo ni quererlo en sí mismo.
El mal es por naturaleza privación de un bien y, por ello, contrario al bien común que el legislador debe buscar y proteger en cuanto le sea posible.
También en esto la ley humana debe imitar a Dios.
Al permitir que exista el mal, Dios «no quiere que el mal se haga ni quiere que no se haga; quiere permitir que se haga, y esto es bueno».14
Esta sentencia del Doctor Angélico contiene brevemente toda la doctrina acerca de la tolerancia del mal.
25. Límites de la tolerancia
Debe reconocerse que, cuanto mayor sea el mal que un Estado se vea obligado a tolerar, tanto más se aleja del régimen político perfecto.
La tolerancia del mal pertenece a la prudencia política.
Por ello debe limitarse estrictamente a las causas que la justifican, es decir, al bien común.
Si la tolerancia daña al bien público o produce males mayores, deja de ser lícita, porque en esas circunstancias deja de ser un bien.
Cuando, por las circunstancias particulares de los tiempos, la Iglesia tolera algunas de las libertades modernas, no lo hace porque las prefiera en sí mismas.
Lo hace porque considera conveniente permitirlas.
Cuando mejoren las circunstancias, usará su libertad y, mediante la persuasión, la exhortación y la oración, cumplirá como debe la misión confiada por Dios de procurar la salvación eterna de los hombres.
Permanece siempre verdadero este principio: la libertad concedida a todos y para todas las cosas nunca debe buscarse por sí misma.
Es contrario a la razón que el error y la verdad posean los mismos derechos.
En materia de tolerancia, resulta sorprendente cuán lejos se encuentran los liberales de la equidad y prudencia de la Iglesia.
Concediendo a los ciudadanos una licencia sin límites en las materias mencionadas, sobrepasan toda medida y terminan colocando la verdad y la virtud en el mismo nivel que el error y el vicio.
Cuando la Iglesia, columna y fundamento de la verdad y maestra incorrupta de las costumbres, protesta continuamente contra una tolerancia tan licenciosa y desordenada, es acusada de falta de paciencia y mansedumbre.
Quienes hablan de este modo no comprenden que reprochan como defecto aquello que constituye un mérito de la Iglesia.
Además, sucede frecuentemente que los grandes predicadores de la tolerancia son rígidos e intolerantes cuando se trata del catolicismo.
Quienes distribuyen generosamente libertades a todos niegan continuamente la libertad a la Iglesia.
26. Raíz común de las diversas formas de liberalismo
Recapitulemos brevemente toda la exposición y deduzcamos algunas conclusiones prácticas.
El punto principal es que el hombre entero debe permanecer bajo la dependencia real y constante de Dios.
Por consiguiente, no puede concebirse una libertad humana que no se someta a Dios y no obedezca a su voluntad.
Negar a Dios este dominio o rechazar la obediencia debida no es libertad, sino abuso de la libertad y rebelión.
En esta disposición del ánimo se encuentra el origen y la esencia del liberalismo.
Sin embargo, el liberalismo presenta diversas formas.
La voluntad puede apartarse de la obediencia debida a Dios o a quienes participan de su autoridad de distintas maneras y en grados diferentes.
27. Liberalismo absoluto
La máxima perversión de la libertad, y al mismo tiempo la peor forma de liberalismo, consiste en rechazar completamente la autoridad suprema de Dios y negarle toda obediencia.
Este rechazo se extiende tanto a la vida privada y doméstica como a la pública.
A esta forma de liberalismo se aplica íntegramente cuanto hemos dicho hasta ahora.
28. Liberalismo que rechaza la revelación
La segunda forma pertenece a quienes reconocen que es necesario someterse a Dios, Creador y Señor del mundo, por cuya providencia se gobierna toda la naturaleza.
Pero rechazan audazmente las normas de fe y de moral que superan la naturaleza y que Dios mismo comunicó.
O, por lo menos, sostienen que no existe motivo para tenerlas en cuenta, especialmente en la vida pública del Estado.
Ya hemos mostrado la gravedad de este error y la contradicción en que incurren.
De esta doctrina nace principalmente la perniciosa teoría de la separación entre la Iglesia y el Estado.
En realidad, ambas potestades, aunque distintas en sus funciones y desiguales por su dignidad, deben concordar mediante una alianza mutua y una reciprocidad de servicios.
29. Separación absoluta entre la Iglesia y el Estado
Dentro de este error general existen dos opiniones diferentes.
Muchos desean una separación completa y absoluta entre la Iglesia y el Estado.
Quieren que la legislación, las instituciones, las costumbres, los cargos públicos y la educación de la juventud no tengan relación alguna con la Iglesia, como si esta no existiera.
A lo sumo, permiten a los ciudadanos practicar privadamente su religión cuando lo deseen.
Contra esta opinión conservan toda su fuerza los argumentos con los que hemos demostrado que la separación entre la Iglesia y el Estado es contraria al orden.
Resulta además absurdo que el ciudadano respete a la Iglesia y que el Estado la desprecie.
30. La Iglesia reducida a una asociación privada
Otros admiten la existencia de la Iglesia, porque no podrían negarla, pero le niegan la naturaleza y los derechos propios de una sociedad perfecta.
Afirman que no posee potestad legislativa, judicial ni coercitiva.
Le conceden únicamente la facultad de exhortar, persuadir y gobernar a quienes se someten espontánea y voluntariamente a ella.
Con esta opinión deforman la naturaleza de la sociedad divina.
Debilitan y restringen su autoridad, su magisterio y toda su eficacia.
Al mismo tiempo exageran de tal manera la fuerza y el poder de la autoridad civil que someten a la Iglesia de Dios al dominio y arbitrio del Estado, como si fuera una simple asociación civil.
Los argumentos empleados por los apologistas y recordados por Nos especialmente en la encíclica Immortale Dei refutan suficientemente este error.
Por voluntad de Dios, la Iglesia posee todos los elementos y derechos propios de una sociedad legítima, suprema y perfecta en su orden.
31. La adaptación legítima y la adaptación imposible
Muchos, finalmente, no aprueban la separación entre la Iglesia y el Estado.
Pero consideran que la Iglesia debe adaptarse a los tiempos y acomodarse a las exigencias de la prudencia moderna en la administración pública.
Esta opinión es recta cuando se entiende como una condescendencia razonable compatible con la verdad y la justicia.
La Iglesia puede mostrarse indulgente ante ciertas circunstancias cuando existe esperanza fundada de un bien importante.
Puede conceder cuanto sea posible sin violar la santidad de su misión.
Pero la cuestión cambia cuando se trata de doctrinas y prácticas introducidas injustamente por la corrupción de las costumbres y los errores de las inteligencias.
Ningún tiempo puede carecer de religión, verdad y justicia.
Dios confió estas realidades supremas y sagradas a la protección de la Iglesia.
Nada sería tan contrario a su misión como exigirle que tolere disimuladamente el error y la injusticia o que favorezca aquello que perjudica a la religión.
32. Conclusiones sobre las libertades modernas
De lo dicho se sigue que no es lícito pedir, defender o conceder como derechos naturales la libertad de pensamiento, de imprenta, de enseñanza o la libertad indiscriminada de religiones.
Si la naturaleza hubiera otorgado realmente esos derechos, el hombre tendría derecho a rechazar el dominio de Dios y la libertad humana no podría ser regulada por ley alguna.
Se sigue igualmente que estas formas de libertad pueden ser toleradas cuando existen causas justas.
Pero deben limitarse con moderación para que no degeneren en arbitrariedad e insolencia.
Donde esas libertades hayan sido introducidas por la costumbre, los ciudadanos deben utilizarlas para realizar el bien.
Deben juzgarlas como las juzga la Iglesia.
Toda libertad debe considerarse legítima en la medida en que aumenta la facultad de obrar honestamente.
Fuera de este límite, nunca.
33. Cambio legítimo de un régimen opresor
Cuando un gobierno oprime injustamente a la sociedad o amenaza hacerlo, o cuando priva por la fuerza a la Iglesia de la libertad que le corresponde, es lícito buscar otra organización política bajo la cual se pueda actuar libremente.
En ese caso no se pretende una libertad inmoderada y viciosa.
Se busca un alivio para la salvación común.
Se procura únicamente que, allí donde se permite la licencia para el mal, no se impida la facultad de hacer el bien.
34. Formas de gobierno y participación política
Tampoco es contrario al deber preferir un sistema político moderado por elementos populares, siempre que se conserve íntegra la doctrina católica acerca del origen y ejercicio de la autoridad pública.
Entre las distintas formas de gobierno, la Iglesia no rechaza ninguna por sí misma, con tal de que sea apta para procurar el bien de los ciudadanos.
Pero exige, como manda la naturaleza, que cada forma sea establecida sin cometer injusticia contra nadie y, especialmente, respetando íntegramente los derechos de la Iglesia.
Participar en la administración de los asuntos públicos es honesto, salvo que en algún lugar las condiciones particulares de los tiempos aconsejen prudentemente otra conducta.
La Iglesia aprueba que cada persona colabore en el bien común y trabaje, según sus fuerzas, para proteger, conservar y aumentar la prosperidad del Estado.
La Iglesia tampoco condena el deseo de que la propia nación no sirva a una potencia extranjera ni a un tirano, siempre que pueda alcanzarse sin violar la justicia.
Finalmente, no reprende a quienes desean que las ciudades vivan según sus propias leyes y que los ciudadanos dispongan de mayores posibilidades para aumentar su bienestar.
La Iglesia fue siempre fidelísima defensora de las libertades cívicas moderadas.
Lo atestiguan especialmente las ciudades italianas, que alcanzaron prosperidad, riqueza y gloria bajo sus gobiernos municipales en aquellos tiempos en que la influencia saludable de la Iglesia penetraba, sin oposición, todos los ámbitos de la vida pública.
35. Exhortación final y Bendición Apostólica
Confiamos, Venerables Hermanos, que estas enseñanzas, dictadas conjuntamente por la fe y la razón y transmitidas en cumplimiento de Nuestro oficio apostólico, producirán frutos abundantes para muchos, principalmente si unís vuestros esfuerzos a los Nuestros.
Nos, con humildad de corazón, levantamos hacia Dios nuestros ojos suplicantes.
Le pedimos fervientemente que se digne conceder a los hombres la luz de su sabiduría y de su consejo.
Que, fortalecidos por su virtud, puedan reconocer la verdad en cuestiones de tanta importancia.
Y que, como consecuencia, vivan de manera constante y conforme con la verdad, tanto privada como públicamente y en todo tiempo.
Como prenda de estos dones celestiales y testimonio de Nuestra benevolencia, impartimos amorosamente en el Señor la Bendición Apostólica a vosotros, Venerables Hermanos, y al clero y al pueblo confiados a vuestro cuidado.
Dado en Roma, junto a San Pedro, el día 20 de junio de 1888, undécimo año de Nuestro Pontificado.
León Papa XIII
NOTAS
(1) Eclesiástico 15, 14.
(2) León XIII, encíclica Immortale Dei, 1 de noviembre de 1885; Acta Sanctae Sedis, vol. XVIII, pp. 161-180.
(3) Juan 8, 34.
(4) Santo Tomás de Aquino, Comentario al Evangelio de san Juan, capítulo 8, lección 4, núm. 3.
(5) San Agustín, Sobre el libre albedrío, libro I, capítulo 6, núm. 15.
(6) Cf. Gálatas 3, 28 y Colosenses 3, 11.
(7) Romanos 13, 2.
(8) Jeremías 2, 20.
(9) Santo Tomás de Aquino, Suma teológica, II-II, cuestión 81, artículo 6.
(10) León XIII, encíclica Immortale Dei, 1 de noviembre de 1885.
(11) Juan 6, 45.
(12) Juan 8, 32.
(13) San Agustín, Sobre el libre albedrío, libro I, capítulo 6, núm. 14.
(14) Santo Tomás de Aquino, Suma teológica, I, cuestión 19, artículo 9, respuesta a la tercera objeción.
Fuente histórica principal: Acta Sanctae Sedis, volumen XX, Roma, Tipografía Políglota de la Sagrada Congregación de Propaganda Fide, 1887-1888, pp. 593-613.


