Fecha de publicación: 15 de mayo de 1891
Autor: Su santidad León XIII
Breve resumen: Sobre la situación de los obreros. León XIII examina la cuestión social nacida de la industrialización, condena el socialismo y la lucha de clases, defiende el derecho natural de propiedad, denuncia la explotación de los trabajadores, afirma la necesidad de un salario justo, del descanso religioso y de asociaciones obreras católicas, y enseña que la verdadera solución exige restaurar la vida social conforme a la justicia y la caridad cristiana.
Nota editorial: La presente traducción española de la encíclica Rerum novarum ha sido preparada por Proyecto Emaús a partir del texto latino publicado en la edición histórica de Acta Sanctae Sedis, volumen XXIII, Roma, 1890-1891, páginas 641-670, actualmente en el dominio público. No se ha reproducido la traducción española moderna del portal de la Santa Sede ni de otras páginas contemporáneas. Se han ajustado la puntuación y la división de algunos períodos sintácticos para facilitar la lectura contemporánea y su reproducción mediante sistemas de texto a voz, sin modificar el contenido doctrinal del documento. Los subtítulos y la división temática han sido añadidos por Proyecto Emaús y no pertenecen al texto original.
A los venerables hermanos Patriarcas, Primados, Arzobispos y Obispos del orbe católico que tienen gracia y comunión con la Sede Apostólica: sobre la condición de los obreros.
León XIII, papa. Venerables Hermanos: salud y bendición apostólica.
1. La cuestión obrera entre las nuevas condiciones sociales
Una vez despertado el deseo de novedades, que desde hace tiempo agita a los pueblos, era natural que el afán de cambios pasara del campo político al orden cercano de la economía.
El crecimiento de nuevas industrias, los caminos nuevos abiertos por las artes, las relaciones mutuas transformadas entre patronos y asalariados, la acumulación de riquezas en un número reducido y la pobreza de la multitud, la mayor conciencia de sí mismos entre los obreros y su unión más estrecha entre ellos, además de la corrupción creciente de las costumbres, han hecho que estalle el conflicto.
La importancia de este asunto se ve en que mantiene los ánimos en una expectación intensa, ocupa el ingenio de los sabios, las deliberaciones de los prudentes, las reuniones populares, el juicio de los legisladores y los consejos de los príncipes.
Apenas puede encontrarse una causa que atraiga con mayor fuerza la atención de los hombres.
Por esto, movidos por la causa de la Iglesia y por la salvación común, como ya hicimos otras veces al escribiros acerca del poder político, de la libertad humana, de la constitución cristiana de los Estados y de otras materias semejantes, juzgamos oportuno tratar ahora expresamente de la condición de los obreros.
No hemos dejado de tocar este asunto en distintas ocasiones. Pero la conciencia de Nuestro ministerio apostólico Nos pide tratarlo ahora de propósito y por entero, para que aparezcan los principios mediante los cuales, conforme a la verdad y a la justicia, pueda resolverse la contienda.
La cuestión es difícil de resolver y no carece de peligro. Es arduo determinar con exactitud los derechos y deberes que deben mantener unidos entre sí a los ricos y a los proletarios, a quienes aportan el capital y a quienes aportan el trabajo.
Además, es peligrosa la discusión, porque hombres turbulentos y astutos la desvían con frecuencia para pervertir el juicio de la verdad y excitar sediciosamente a la multitud.
Sea como fuere, vemos claramente, y todos lo reconocen, que es necesario acudir pronto y oportunamente en auxilio de los hombres de condición más baja, porque una gran parte de ellos vive injustamente en una suerte miserable y calamitosa.
Destruidos en el siglo anterior los antiguos gremios de artesanos, y no habiéndose establecido en su lugar defensa alguna, mientras las instituciones y leyes públicas se apartaban de la antigua religión, poco a poco sucedió que los obreros quedaron solos e indefensos, entregados a la inhumanidad de los patronos y a la codicia desenfrenada de los competidores.
Aumentó el mal la usura voraz, condenada muchas veces por el juicio de la Iglesia, pero practicada de otro modo por hombres ávidos de ganancia.
A esto se añadió la contratación del trabajo y el comercio de casi todas las cosas concentrados en manos de pocos, de modo que un pequeño número de ricos y poderosos impuso casi un yugo servil a una multitud innumerable de proletarios.
2. El remedio socialista es injusto y perjudicial
Para sanar este mal, los socialistas, excitando la envidia de los pobres contra los ricos, sostienen que debe suprimirse la propiedad privada de los bienes y que los bienes de cada uno deben hacerse comunes a todos.
Según ellos, la administración correspondería a quienes gobiernan el municipio o el Estado entero. Piensan que, trasladados los bienes de los particulares a la comunidad y repartidas equitativamente las cosas y comodidades entre los ciudadanos, podrán remediar el mal presente.
Pero este modo de proceder es tan inepto para resolver la contienda que perjudica a los mismos obreros.
Es, además, gravemente injusto, porque violenta a los legítimos poseedores, trastorna las funciones del Estado y perturba profundamente las sociedades.
En efecto, la causa y el fin próximo del trabajo que emprenden quienes se dedican a una profesión lucrativa consiste en procurarse algo para sí y poseerlo con derecho privado como propio.
Cuando un obrero presta a otro sus fuerzas o su industria, lo hace para adquirir las cosas necesarias para el sustento y la vida.
Por el trabajo realizado adquiere un derecho verdadero y perfecto, no solo a exigir el salario, sino también a disponer de él como quiera.
Si, ahorrando de sus gastos, aparta algo y, para mayor seguridad, coloca el fruto de su ahorro en una propiedad, esa propiedad no es otra cosa que el salario mismo revestido de otra forma.
Por eso, el campo adquirido por el obrero debe estar tan bajo su potestad como el salario ganado con su trabajo.
Y en esto consiste propiamente el dominio de los bienes, sean muebles o inmuebles.
Al intentar transferir los bienes de los particulares a la comunidad, los socialistas empeoran la condición de todos los asalariados, porque, al quitarles la libertad de colocar su salario, los despojan de la esperanza y de la facultad de aumentar su patrimonio familiar y procurarse ventajas legítimas.
3. La propiedad privada procede de la naturaleza humana
Pero lo más grave es que proponen un remedio abiertamente contrario a la justicia, porque poseer bienes privadamente como propios es un derecho dado al hombre por la naturaleza.
En esto existe una diferencia profunda entre el hombre y los demás animales.
Los animales no se gobiernan a sí mismos, sino que son gobernados por dos instintos de la naturaleza: uno los conserva activos en el uso de sus fuerzas y otro determina sus movimientos particulares.
Por uno de estos instintos son conducidos a conservarse a sí mismos y por el otro a conservar su especie. Para lograr ambos fines les basta el uso de las cosas presentes que tienen delante.
No podrían avanzar más, porque solo son movidos por los sentidos y por las cosas singulares percibidas por ellos.
Muy distinta es la naturaleza del hombre. Posee ciertamente la plenitud de la vida sensitiva, y por ello le corresponde, no menos que a los demás seres vivos, el uso de los bienes corporales.
Pero la naturaleza sensitiva no agota la naturaleza humana. En nosotros sobresale aquello que hace que el hombre sea hombre y lo diferencia por completo de los animales: la inteligencia, es decir, la razón.
Por esta causa, siendo el único ser viviente dotado de razón, el hombre debe poseer bienes no solo para usarlos, como ocurre con todos los animales, sino para retenerlos con derecho estable y perpetuo.
Y no solo debe poseer las cosas que se consumen con el uso, sino también aquellas que permanecen mientras son usadas.
Esto aparece todavía con mayor claridad si se mira más profundamente la naturaleza humana.
El hombre comprende por la razón innumerables cosas, une las presentes con las futuras y es dueño de sus actos.
Por eso, bajo la ley eterna y bajo la potestad de Dios, que todo lo gobierna con providencia, se gobierna a sí mismo por la providencia de su propio consejo.
De ahí que esté en su potestad elegir las cosas que juzgue más aptas para proveer a sí mismo, no solo en el presente, sino también en el porvenir.
Se sigue que el hombre debe tener dominio no solo sobre los frutos de la tierra, sino también sobre la tierra misma, porque ve que de ella puede obtener los recursos necesarios para el futuro.
Las necesidades de cada hombre vuelven continuamente. Satisfechas hoy, mandan de nuevo para mañana.
Por tanto, la naturaleza debe haber dado al hombre algo estable y permanente de donde pueda esperar un auxilio continuo. Y esa permanencia solo puede ofrecerla la tierra con sus frutos.
No hay motivo para introducir aquí la providencia del Estado como si el hombre dependiera de ella en su derecho fundamental.
El hombre es anterior al Estado. Por eso debió poseer por naturaleza el derecho de conservar su vida y su cuerpo antes de que existiera cualquier sociedad política.
El hecho de que Dios haya dado la tierra al género humano para su uso y disfrute común no puede oponerse de ningún modo a la propiedad privada.
Dios dio la tierra en común al género humano, no porque quisiera que todos la poseyeran de manera confusa, sino porque no asignó una parte determinada a cada persona.
Dejó la distribución de las posesiones privadas a la industria de los hombres y a las instituciones de los pueblos.
Por lo demás, aunque la tierra esté dividida entre propietarios particulares, no deja de servir a la utilidad común de todos, porque no hay mortal que no se alimente de lo que producen los campos.
Quienes carecen de propiedad suplen con el trabajo, de modo que puede afirmarse con verdad que todo el sistema para procurarse sustento y vida consiste en el trabajo, ya se realice sobre un campo propio o en alguna ocupación laboriosa cuyo salario procede, en último término, de los frutos de la tierra y se cambia por ellos.
4. El trabajo imprime algo de la persona en los bienes
De aquí se sigue nuevamente que las posesiones privadas están plenamente de acuerdo con la naturaleza.
La tierra produce con generosidad las cosas necesarias para conservar la vida y perfeccionarla, pero no podría producirlas por sí misma sin el cultivo y cuidado de los hombres.
Cuando el hombre aplica su inteligencia y las fuerzas de su cuerpo a preparar los bienes de la naturaleza, por esto mismo hace suya aquella parte de la naturaleza corporal que él cultivó y en la cual dejó impresa como una forma de su propia persona.
Por tanto, es justo que posea esa parte como suya y que a nadie sea lícito violar su derecho.
Tan clara es la fuerza de estos argumentos que sorprende que algunos restauradores de opiniones caducas concedan al hombre el uso de la tierra y de sus diversos frutos, pero le nieguen el derecho de poseer como dueño el suelo sobre el cual edificó o el campo que cultivó.
Al negar esto, no ven que privan al hombre de las cosas producidas por su propio trabajo.
Un campo sometido por la mano y el arte del cultivador cambia profundamente: de silvestre se hace fructífero, y de infecundo se vuelve fértil.
Las mejoras introducidas se adhieren y se mezclan tan íntimamente con el suelo que en gran parte no pueden separarse de él.
¿Sería justo que otro poseyera y disfrutara aquello en lo que otro trabajó?
Así como los efectos siguen a su causa, es justo que el fruto del trabajo pertenezca a quienes trabajaron.
Por eso, la humanidad entera, sin dejarse mover por las opiniones contrarias de unos pocos, mirando atentamente la naturaleza, ha encontrado en la ley natural el fundamento de la distribución de los bienes.
El uso de todos los siglos consagró las posesiones privadas como sumamente conformes con la naturaleza humana y con la convivencia pacífica y tranquila.
Las leyes civiles, cuando son justas, toman su fuerza de la ley natural, confirman este derecho y lo protegen incluso mediante la fuerza.
La autoridad de las leyes divinas lo sanciona también, porque prohíben gravísimamente incluso codiciar lo ajeno:
«No codiciarás la mujer de tu prójimo; ni su casa, ni su campo, ni su sierva, ni su buey, ni su asno, ni nada de lo que le pertenece».1
5. La familia es anterior al Estado
Estos derechos que pertenecen a cada persona se comprenden con mayor fuerza si se consideran unidos con los deberes del hombre dentro de la familia.
Al elegir estado de vida no puede dudarse de que cada persona tiene potestad para escoger entre seguir el consejo de Jesucristo sobre la virginidad o unirse mediante el vínculo matrimonial.
Ninguna ley humana puede quitar al hombre el derecho natural y primero al matrimonio, ni limitar de cualquier modo la causa principal de las nupcias establecida desde el principio por autoridad de Dios:
«Creced y multiplicaos».2
He aquí la familia, sociedad doméstica, pequeña ciertamente, pero verdadera sociedad, y anterior a todo Estado.
Por eso debe poseer derechos y deberes propios que de ningún modo dependan del Estado.
El derecho de propiedad que hemos demostrado que la naturaleza concede a cada persona debe trasladarse también al hombre en cuanto cabeza de familia.
Más aún, ese derecho es tanto más fuerte cuanto la persona humana abarca más realidades dentro de la convivencia doméstica.
Es ley santísima de la naturaleza que el padre de familia provea de alimento y de todo lo necesario a quienes engendró.
De la misma naturaleza procede que quiera adquirir y preparar para sus hijos, que reflejan y de algún modo prolongan su persona, aquello con lo cual puedan defenderse honradamente de la miseria en el incierto curso de la vida.
Esto no puede realizarlo sino mediante la posesión de bienes fructíferos que pueda transmitir a sus hijos por herencia.
La familia, como el Estado, es verdadera sociedad y se rige por una potestad propia, que es la potestad paterna.
Por ello, dentro de los límites marcados por su fin próximo, la familia posee al menos derechos iguales a los de la sociedad civil en la elección y uso de las cosas necesarias para su conservación y justa libertad.
Decimos al menos iguales, porque, siendo la sociedad doméstica anterior en idea y realidad a la sociedad civil, sus derechos y deberes son también anteriores y más naturales.
Si los ciudadanos y las familias, al entrar a formar parte de la sociedad civil, encontraran en ella no ayuda sino ofensa, no protección sino disminución de sus derechos, la sociedad sería más bien detestable que deseable.
Por tanto, querer que el poder civil penetre arbitrariamente hasta lo más íntimo de los hogares es un error grande y pernicioso.
Ciertamente, si alguna familia se encuentra en extrema dificultad y no puede de ningún modo salir por sí misma de su situación, es justo que la autoridad pública socorra esa necesidad extrema, porque cada familia es parte de la ciudad.
Asimismo, si dentro del hogar se produce una grave perturbación de los derechos mutuos, corresponde al poder público asegurar a cada uno su derecho.
Pero esto no significa absorber los derechos de los ciudadanos, sino protegerlos y confirmarlos con tutela justa y debida.
Quienes gobiernan deben detenerse en estos límites. La naturaleza no permite que sean traspasados.
La potestad paterna no puede ser extinguida ni absorbida por el Estado, porque tiene el mismo principio que la vida humana.
Los hijos son algo del padre y como una ampliación de su persona. Antes de tener uso de libre albedrío, están bajo el cuidado de sus padres.
Por eso, cuando los socialistas, despreciando la providencia de los padres, introducen la providencia del Estado, obran contra la justicia natural y disuelven la estructura de los hogares.
6. La comunidad de bienes destruiría la libertad y la prosperidad
Además de su injusticia, es evidente la perturbación que produciría esta transformación de todos los órdenes.
Se seguiría una dura y odiosa servidumbre de los ciudadanos, se abriría la puerta a la envidia mutua, a la maledicencia y a las discordias.
Quitados los estímulos al ingenio y a la diligencia de cada uno, se secarían necesariamente las fuentes mismas de la riqueza.
Y aquella igualdad que imaginan no sería en realidad otra cosa que la condición igualmente miserable y despreciable de todos los hombres, sin diferencia alguna.
De todo esto se comprende que debe rechazarse absolutamente el principio fundamental del socialismo: la comunidad de bienes.
Perjudica a aquellos mismos a quienes se quiere socorrer, contradice los derechos naturales de cada persona, perturba las funciones del Estado y destruye la tranquilidad común.
Por tanto, al procurar aliviar al pueblo, debe mantenerse como principio fundamental que la propiedad privada es inviolable.
Explicado esto, debemos ahora investigar dónde debe buscarse el remedio deseado.
7. La Iglesia posee una fuerza propia para resolver la cuestión social
Entramos en esta materia con confianza y con pleno derecho.
La cuestión de que tratamos no puede resolverse eficazmente sin acudir a la religión y a la Iglesia.
Como la custodia de la religión y la administración de las cosas que están bajo la potestad de la Iglesia pertenecen principalmente a Nos, si guardáramos silencio parecería que abandonamos Nuestro deber.
Ciertamente, una causa tan grande exige también los esfuerzos y trabajos de otros: gobernantes, patronos y ricos, y también de aquellos mismos de quienes se trata, los obreros.
Pero afirmamos sin vacilación que todas las fuerzas humanas serán vanas si se deja de lado la acción de la Iglesia.
La Iglesia es quien toma del Evangelio las doctrinas capaces de resolver por completo la contienda o, al menos, de quitarle toda aspereza y hacerla más suave.
Ella no solo instruye la inteligencia, sino que procura dirigir la vida y las costumbres de cada persona mediante sus preceptos.
Mejora la condición de los obreros por medio de muchas instituciones muy útiles.
Quiere y desea que los pensamientos y fuerzas de todos los órdenes concurran a conseguir el mejor remedio posible para la situación de los obreros.
Y juzga que las leyes y la autoridad del Estado deben emplearse para este fin, guardando siempre la debida medida.
8. No puede suprimirse la diferencia de clases
Debe establecerse en primer lugar que la condición humana exige soportar la realidad de que en la sociedad civil existan diferencias.
Los socialistas pretenden algo imposible cuando quieren que desaparezcan las diferencias entre los hombres.
Por naturaleza existen en ellos grandes y muchas desigualdades: no todos poseen el mismo talento, la misma habilidad, la misma salud ni las mismas fuerzas.
De estas diferencias necesarias nacen espontáneamente diferencias en la condición de vida y en la fortuna.
Esto conviene tanto a las personas como a la sociedad, porque la vida común necesita diversas capacidades y oficios diversos, y cada persona suele ser movida a ejercerlos precisamente por la diferencia de condición.
En cuanto al trabajo corporal, ni siquiera en el estado de inocencia habría estado el hombre completamente ocioso.
Pero aquello que entonces habría buscado libremente como deleite de su ánimo, después del pecado lo soporta también por necesidad, unido a la molestia y como expiación:
«Maldita será la tierra en tu trabajo; con fatiga comerás de ella todos los días de tu vida».3
Tampoco desaparecerán de la tierra los demás dolores, porque las consecuencias del pecado son duras, ásperas y difíciles de soportar.
Acompañan necesariamente al hombre hasta el fin de su vida.
Por tanto, sufrir y padecer es propio de la condición humana. Los hombres podrán intentar y probar muchas cosas, pero con ninguna fuerza ni arte podrán eliminar completamente estos males de la vida.
Quienes prometen al pueblo una vida libre de dolores, colmada de descanso y placeres continuos, engañan al pueblo y le preparan males mayores que los presentes.
Lo mejor es mirar las cosas humanas tal como son y buscar alivio a los males en otra parte, como hemos dicho.
9. Capital y trabajo deben concordar, no combatirse
En la cuestión que tratamos existe un error capital: suponer que una clase es naturalmente enemiga de la otra.
Como si la naturaleza hubiese armado a ricos y pobres para combatir entre sí en duelo implacable.
Esto se opone tanto a la razón y a la verdad que debe afirmarse lo contrario: así como en el cuerpo los miembros, aunque diversos, se ajustan entre sí y producen aquella armonía que se llama simetría, así también la naturaleza ordenó en la sociedad que las dos clases concuerden y se correspondan convenientemente para formar equilibrio.
Una necesita de la otra. El capital no puede existir sin el trabajo, ni el trabajo sin el capital.
La concordia engendra belleza y orden; de la lucha perpetua nacen necesariamente la confusión y la ferocidad.
La fuerza de las doctrinas cristianas para poner fin a esta lucha y arrancarla de raíz es admirable y múltiple.
En primer lugar, la religión enseña a cada clase sus deberes propios, especialmente aquellos que nacen de la justicia.
A los obreros les manda cumplir íntegra y fielmente el trabajo que libre y justamente prometieron; no dañar los bienes ni ofender la persona de los patronos; no acudir jamás a la violencia para defender sus intereses; no promover sediciones; y no mezclarse con hombres perversos que les inspiran esperanzas exageradas y promesas enormes, de las cuales suelen seguirse arrepentimientos inútiles y ruinas de fortuna.
A los ricos y patronos les manda no tratar a los obreros como esclavos, sino respetar en ellos la dignidad de la persona humana, ennoblecida por el carácter cristiano.
Les enseña que, según la razón natural y la filosofía cristiana, el trabajo asalariado no es deshonroso, sino digno, porque permite al hombre ganar honradamente su sustento.
Pero abusar de los hombres como de cosas para obtener ganancia, o estimarlos solamente por el vigor de sus brazos, es vergonzoso e inhumano.
La religión ordena también atender en el obrero al bien de su alma y a sus deberes religiosos.
Por tanto, los patronos deben cuidar que el obrero tenga tiempo suficiente para la piedad; que no sea entregado a ocasiones corruptoras y peligros de pecado; que no sea apartado del cuidado de la familia ni del deseo de ahorrar.
No debe imponérsele más trabajo del que puedan soportar sus fuerzas ni un trabajo incompatible con su edad o sexo.
Entre los principales deberes de los patronos está dar a cada uno el salario justo.
Para fijarlo equitativamente deben considerarse muchas circunstancias.
Pero, en general, los ricos y patronos deben recordar que oprimir a los necesitados e indigentes por causa del lucro y aprovecharse de la pobreza ajena es contrario a todo derecho divino y humano.
Defraudar a alguien el salario debido es un crimen que clama al cielo por venganza:
«He aquí que el salario de los obreros que segaron vuestros campos, defraudado por vosotros, clama; y el clamor de ellos ha llegado a los oídos del Señor de los ejércitos».4
Finalmente, los ricos deben abstenerse religiosamente de perjudicar los pequeños ahorros de los obreros, ya por violencia, ya por fraude, ya por artes usurarias.
Este deber es tanto más grave cuanto más débil es el obrero para defenderse y cuanto más sagradas deben considerarse sus pequeñas posesiones por ser más necesarias para su vida.
10. La doctrina cristiana une a las clases en amistad
La observancia de estos preceptos sería suficiente para quitar a la contienda su amargura y sus causas.
Pero la Iglesia, guiada por Jesucristo, busca algo más elevado: manda algo más perfecto y procura unir a las dos clases con vínculos de amistad.
No podemos comprender ni estimar correctamente las cosas mortales si el alma no se eleva a la vida futura e inmortal.
Suprimida esta vida eterna, desaparece inmediatamente toda forma y verdadera noción del bien moral, y aun toda la creación se convierte en un misterio inexplicable para el hombre.
Aquello que la naturaleza nos enseña es dogma cristiano: cuando salgamos de esta vida comenzaremos a vivir verdaderamente.
Dios no creó al hombre para estos bienes frágiles y caducos, sino para los celestiales y eternos. Nos dio la tierra no como patria definitiva, sino como lugar de destierro.
No importa para la felicidad eterna carecer de riquezas o abundar en ellas; lo que importa es el uso que se haga de ellas.
Jesucristo, con su copiosa redención, no quitó las diversas tribulaciones que llenan esta vida mortal, pero las transformó en estímulos de virtud y materia de merecimiento.
Nadie podrá alcanzar los premios eternos si no sigue las huellas ensangrentadas de Cristo:
«Si sufrimos con Él, también reinaremos con Él».5
Al asumir voluntariamente trabajos y dolores, Cristo mitigó de modo admirable la fuerza del dolor y del trabajo.
Y no solo con su ejemplo hizo más fácil soportar las penas, sino también con su gracia y con la esperanza del premio eterno:
«Lo que ahora es momentáneo y leve en nuestra tribulación produce en nosotros un peso eterno de gloria».6
Por tanto, los afortunados en riquezas son advertidos de que las riquezas no libran del dolor ni aprovechan para la felicidad eterna, sino que más bien la dificultan.
Deben temblar los ricos ante las severas amenazas de Jesucristo, y deben saber que un día habrán de dar cuenta estrictísima a Dios juez por el uso de sus bienes.
11. Propiedad, uso de los bienes y deber de caridad
Sobre el uso de las riquezas existe una doctrina excelente y de suma importancia, esbozada por la filosofía, pero perfeccionada por la Iglesia, que no solo la transmite a la inteligencia, sino que procura dirigir por ella la vida y las costumbres.
El fundamento consiste en distinguir entre la legítima posesión de los bienes y el uso legítimo de esos bienes.
Poseer bienes privadamente es derecho natural del hombre, como hemos demostrado.
Y usar este derecho, especialmente en sociedad, no solo es lícito, sino necesario.
«Es lícito al hombre poseer bienes propios», enseña santo Tomás; «y es también necesario para la vida humana».7
Pero si se pregunta cómo deben usarse los bienes, la Iglesia responde sin vacilación: el hombre no debe tener las cosas exteriores como propias en cuanto al uso, sino como comunes, de manera que fácilmente las comunique a otros cuando los necesiten.
Por eso dice el Apóstol:
«Manda a los ricos de este mundo que den fácilmente y comuniquen».8
Nadie está obligado a socorrer a los demás con aquello que necesita para sí y para los suyos, ni a entregar lo que exige el decoro conveniente de su estado.
Pero, una vez satisfecha suficientemente la necesidad y la dignidad, es deber dar de lo sobrante a los necesitados.
No son deberes de justicia estricta, salvo en caso de extrema necesidad, sino de caridad cristiana, que no puede exigirse por vía de ley humana.
Sin embargo, por encima de las leyes y juicios de los hombres está la ley y el juicio de Cristo Dios, quien de muchas maneras persuade a practicar la limosna:
«Hay más felicidad en dar que en recibir».9
Y juzgará como dado o negado a Él mismo lo que se haya dado o negado a los pobres:
«Cuanto hicisteis a uno de estos hermanos míos más pequeños, a mí me lo hicisteis».10
En resumen: quien recibió mayor abundancia de bienes, sean corporales, exteriores o espirituales, los recibió para usar de ellos en su propia perfección y para emplearlos, como ministro de la providencia divina, en utilidad de los demás.
«El que tenga talento, cuide de no callar; el que tenga abundancia de bienes, vele para no endurecerse en la misericordia; el que tenga oficio con que se gobierna, procure compartir con el prójimo su utilidad».11
12. La Iglesia ennoblece la pobreza y el trabajo
A quienes no poseen los bienes de fortuna, la Iglesia enseña que la pobreza no es vergüenza ante Dios y que no hay nada deshonroso en ganar el pan con el trabajo.
Esto lo confirmó Cristo Señor con su ejemplo: siendo rico, por nosotros se hizo pobre; y, siendo Hijo de Dios y Dios mismo, quiso ser tenido por hijo de un artesano y gastar gran parte de su vida en trabajos manuales.
Al contemplar este ejemplo divino, se comprende más fácilmente que la verdadera dignidad y excelencia del hombre se encuentran en la virtud, no en las riquezas.
La virtud es patrimonio común de los mortales, alcanzable por los grandes y los pequeños, los ricos y los pobres.
Solo a las virtudes y a sus méritos, en cualquier persona que se encuentren, seguirá el premio de la bienaventuranza eterna.
Dios mismo parece inclinarse con mayor afecto hacia los débiles y afligidos.
Jesucristo llama bienaventurados a los pobres, invita amorosamente a todos los que trabajan y están cargados a venir a Él para aliviarlos, y abraza con caridad especial a los humildes y a quienes padecen injustamente.
El conocimiento de estas verdades humilla fácilmente la soberbia de los ricos y levanta el ánimo de los pobres.
Dulcifica las exigencias de unos y otros y reduce la distancia entre ellos.
Así, las dos clases se unirán no solo por amistad, sino también por amor fraterno.
Comprenderán y sentirán que todos los hombres proceden de Dios, Padre común de todos; que todos tienden al mismo fin, que es Dios mismo; y que solo Él puede hacer felices a los hombres y a los ángeles con perfecta y absoluta felicidad.
Todos han sido redimidos por Jesucristo y elevados a la dignidad de hijos de Dios, de modo que están unidos por fraternidad no solo entre sí, sino también con Cristo, primogénito entre muchos hermanos.
También comprenderán que los bienes de la naturaleza y los dones de la gracia pertenecen en común y sin diferencia a todo el género humano, y que nadie será excluido de la herencia celestial sino por su culpa.
«Si somos hijos, también herederos: herederos de Dios y coherederos de Cristo».12
13. La Iglesia, madre común de ricos y pobres
Tales son los deberes y derechos que la filosofía cristiana enseña.
¿No se extinguiría prontamente toda contienda si esta doctrina prevaleciera en la sociedad civil?
Pero la Iglesia no se contenta con indicar el camino para sanar el mal.
Aplica también los remedios con su propia mano.
Se consagra enteramente a educar e instruir a los hombres según sus principios y doctrina, y procura que las aguas saludables de esa doctrina se derramen lo más ampliamente posible por medio de los obispos y del clero.
También se esfuerza por penetrar las almas y doblegar las voluntades para que se dejen gobernar por los preceptos divinos.
En este punto, que es el principal y de suma importancia porque contiene la suma de todas las utilidades, la Iglesia posee una fuerza propia.
Los instrumentos que usa para mover las almas le fueron dados por Jesucristo con ese fin y tienen eficacia divina.
Solo ellos pueden llegar a lo más íntimo del corazón y mover al hombre a obedecer el deber, dominar las pasiones, amar a Dios y al prójimo con singular y suma caridad, y romper con fortaleza todo obstáculo en el camino de la virtud.
Basta recordar los ejemplos antiguos.
La sociedad humana fue renovada desde sus fundamentos por las instituciones cristianas.
Con esa renovación, el género humano fue conducido a cosas mejores, más aún, fue sacado de la muerte a la vida y elevado a una perfección tal que no existió ninguna igual antes ni existirá mayor en el porvenir.
Jesucristo es principio y fin de estos beneficios, y así como de Él procedieron, a Él deben referirse.
Recibida la luz del Evangelio, conocido el misterio de la encarnación del Verbo y de la redención humana, la vida de Jesucristo penetró en las entrañas de la sociedad civil y la impregnó con su fe, sus preceptos y sus leyes.
Por tanto, si la sociedad humana debe ser sanada, solo podrá serlo volviendo a la vida y a las instituciones cristianas.
Porque cuando las sociedades se apartan de su naturaleza, conviene que vuelvan a sus principios para sanar.
La perfección de toda sociedad consiste en buscar y alcanzar el fin para el cual fue instituida, de modo que sus movimientos y actos sean producidos por la misma causa que originó la sociedad.
Por eso, apartarse de su fin es corrupción; volver a él es curación.
Esto vale para todo el cuerpo de la sociedad civil, y también para aquella clase de ciudadanos que se sostiene con su trabajo y que constituye la mayor parte del pueblo.
14. Obras de misericordia e instituciones de caridad
No debe pensarse que los cuidados de la Iglesia se dirigen solamente a la salvación de las almas y que descuida lo necesario para la vida mortal y terrena.
Quiere y procura especialmente sacar a los proletarios de la miseria y conducirlos hacia una condición mejor.
Contribuye a ello no poco llamando y formando a los hombres en la virtud.
Las costumbres cristianas, cuando se observan íntegramente, producen espontáneamente cierta prosperidad en las cosas exteriores.
Porque concilian la benevolencia de Dios, principio y fuente de todos los bienes; reprimen el deseo excesivo de riquezas y la sed de placeres, dos pestes que hacen miserable al hombre en medio de la abundancia; y hacen que los hombres estén contentos con una vida y un sustento modestos, completando con el ahorro lo que falta en los bienes y alejándose de los vicios que consumen no solo pequeñas fortunas, sino grandes patrimonios.
Además, la Iglesia provee directamente al bien de los pobres mediante instituciones destinadas a aliviar sus necesidades.
Siempre sobresalió en este género de beneficios hasta el punto de recibir alabanza incluso de sus enemigos.
Fue tan fuerte la caridad mutua entre los primeros cristianos que con frecuencia los ricos se desprendían de sus bienes para socorrer a los necesitados, y por eso no había indigentes entre ellos.
Los Apóstoles confiaron a los diáconos el ministerio de distribuir diariamente las limosnas.
San Pablo, aunque ocupado por la solicitud de todas las Iglesias, no dudó en emprender viajes trabajosos para llevar personalmente ayuda a los cristianos pobres.
Tertuliano llamaba depósitos de piedad a los fondos que en cada reunión reunían voluntariamente los cristianos, porque se destinaban a alimentar y sepultar a los pobres, a socorrer a niños y niñas huérfanos, a ancianos necesitados y a quienes habían sufrido naufragio.
De aquí nació poco a poco aquel patrimonio que la Iglesia cuidó religiosamente como herencia de los pobres.
Más aún, proporcionó ayuda a los indigentes librándolos de la vergüenza de pedir.
Como madre común de ricos y pobres, despertando en todas partes la caridad hasta un grado altísimo, estableció familias religiosas y muchas otras instituciones útiles.
En ellas casi no quedó ningún género de miseria que no recibiera alivio.
Muchos, como antiguamente los paganos, reprochan a la Iglesia esta caridad excelente y pretenden sustituirla por una beneficencia establecida por leyes civiles.
Pero ningún artificio humano podrá suplir la caridad cristiana, que se entrega enteramente a la utilidad de los demás.
Solo la Iglesia posee esta virtud, porque no procede sino del Sagrado Corazón de Jesucristo; y quien se aparta de la Iglesia se aleja de Cristo.
15. El Estado también debe cooperar al bien común
Sin embargo, no puede dudarse de que, para el fin propuesto, se requieren también aquellos medios que se encuentran en la potestad de los hombres.
Todos los que tienen interés en la cuestión deben cooperar y ayudar según su lugar propio.
Esto se parece a la providencia que gobierna el mundo, porque suele verse que los efectos proceden de la concordia de todas las causas de las que dependen.
Conviene, por tanto, preguntar qué parte del remedio debe esperarse del Estado.
Al decir Estado no entendemos una forma particular de gobierno, sino cualquier autoridad legítima que corresponda a la razón recta y a la ley natural y divina, según expusimos especialmente en la encíclica sobre la constitución cristiana de los Estados.
Quienes gobiernan deben contribuir primero con la general estructura y administración de las leyes e instituciones, procurando que la prosperidad de la comunidad y de los particulares brote espontáneamente del mismo orden y gobierno del Estado.
Este es el oficio de la prudencia civil y el deber propio de los gobernantes.
La prosperidad de las naciones nace principalmente de la honestidad de las costumbres, de una familia bien constituida, de la observancia de la religión y la justicia, de cargas públicas moderadas y bien repartidas, del progreso de la industria y del comercio, de la agricultura floreciente y de otros elementos semejantes.
Cuanto más se promuevan estas cosas, tanto mejor y más feliz será la vida de los ciudadanos.
Mediante estas realidades, el Estado puede favorecer a las demás clases y también a los obreros.
Puede hacerlo con pleno derecho y sin sospecha de intervención indebida, porque por su misma razón el Estado debe procurar el bien común.
Cuanto mayor sea la suma de ventajas que nazca de esta acción general, tanto menor será la necesidad de buscar otros medios para ayudar a los obreros.
16. El bien común incluye especialmente a los obreros
Debe considerarse además una verdad muy importante.
El Estado es uno para todos: para los grandes y para los pequeños.
Los proletarios no son menos ciudadanos por derecho natural que los ricos.
Son miembros verdaderos y vivos de la sociedad doméstica y, por medio de ella, de la sociedad civil.
Más aún, en toda ciudad constituyen la parte más numerosa.
Sería absurdo atender a una parte de los ciudadanos y descuidar a otra.
Por tanto, la autoridad pública debe cuidar convenientemente de la salud y de los intereses de los proletarios. Si no lo hace, viola la justicia que manda dar a cada uno lo suyo.
Santo Tomás dice sabiamente que, así como la parte y el todo son de alguna manera una misma cosa, lo que pertenece al todo pertenece de algún modo a la parte.
Por eso, entre los deberes graves de los gobernantes que deben cuidar el bien público, el primero consiste en proteger igualmente todos los órdenes de ciudadanos, observando estrictamente la justicia distributiva.
Aunque todos los ciudadanos deben contribuir al bien común en proporción, no todos pueden aportar lo mismo y en igual medida.
Cualesquiera que sean las formas de gobierno, siempre habrá diferencias de condiciones sin las cuales la sociedad no puede existir ni concebirse.
Se necesitan hombres que gobiernen, que legislen, que administren justicia y que se ocupen de los asuntos civiles y militares.
Es evidente que estos hombres deben tener una posición principal en la sociedad, porque trabajan directamente por el bien común y de manera excelente.
Los artesanos, en cambio, no sirven a la sociedad con la misma clase de funciones ni de la misma manera, aunque también contribuyen muchísimo al bien común.
El bien común debe ser de tal naturaleza que los hombres se hagan mejores al participar de él.
Por tanto, debe ponerse principalmente en la virtud.
Sin embargo, también pertenece al buen orden del Estado que existan suficientes bienes corporales y exteriores, cuyo uso es necesario para practicar la virtud.
Para producir estos bienes, el trabajo de los obreros, ya sea en los campos o en los talleres, resulta sumamente eficaz y necesario.
Su fuerza en este aspecto es tal que puede afirmarse con verdad que la riqueza de los Estados no procede sino del trabajo de los obreros.
Por tanto, la justicia exige que el poder público tenga cuidado de los obreros, de modo que reciban algo de aquello que aportan al bien común y puedan vivir con vivienda, vestido y sustento menos difíciles.
De aquí se sigue que debe favorecerse todo cuanto pueda mejorar la condición de los obreros.
Esta atención no dañará a nadie; al contrario, beneficiará a todos, porque interesa en gran medida al Estado que no vivan en miseria aquellos de quienes proceden bienes tan necesarios.
17. El Estado no debe absorber a la persona ni a la familia
No es justo, como dijimos, que el ciudadano y la familia sean absorbidos por el Estado.
Es justo que a cada uno se le permita actuar libremente en lo que no perjudica al bien común ni a otro.
Sin embargo, quienes gobiernan deben proteger a la comunidad y a sus partes.
A la comunidad, porque la naturaleza confió su conservación al poder soberano hasta tal punto que la seguridad pública no solo es la ley suprema, sino la causa y razón de la potestad política.
A las partes, porque la administración del Estado debe dirigirse por naturaleza no al interés de quienes gobiernan, sino al bien de quienes son gobernados.
Esto lo enseñan igualmente la filosofía y la fe cristiana.
Como la potestad de mandar procede de Dios y es cierta participación de su suprema autoridad, debe ejercerse a imitación de la potestad divina, que cuida con paternal solicitud de cada cosa y de todas en conjunto.
Si se causa o amenaza algún daño al bien común o a los intereses de los particulares, y no puede repararse ni impedirse de otra manera, es necesario que intervenga la autoridad pública.
Interesa al bien común y al bien de los particulares que haya paz y orden; que toda la vida doméstica se rija por los mandamientos de Dios y los principios de la naturaleza; que la religión sea observada y cultivada; que florezca la integridad de las costumbres públicas y privadas; que la justicia sea conservada santamente y nadie dañe impunemente a otro; que se formen ciudadanos fuertes, capaces de defender y sostener la patria.
Por tanto, si ocurre o amenaza alguna perturbación causada por sediciones obreras o huelgas; si se aflojan los vínculos naturales de la familia entre los pobres; si se viola la religión en los obreros al no concederles suficiente tiempo para sus deberes sagrados; si en los talleres se pone en peligro la moral por la mezcla de sexos u otros incentivos de pecado; si los patronos oprimen a los obreros con cargas injustas o los degradan con condiciones contrarias a la dignidad humana; si la salud se daña por trabajos excesivos o inadecuados a la edad y al sexo, en todos estos casos debe intervenir la fuerza y autoridad de las leyes dentro de ciertos límites.
Estos límites se determinan por la misma causa que exige el auxilio de las leyes: la ley no debe avanzar más ni extenderse a más de lo que exige el remedio de los males o la eliminación del peligro.
18. Protección de los derechos y defensa de los pobres
Los derechos, cualquiera que sea la persona en que se encuentren, deben ser protegidos santamente.
La autoridad pública debe garantizar a cada uno lo suyo, impidiendo o castigando las injurias.
Pero al proteger los derechos de los particulares debe cuidarse principalmente de los débiles y pobres.
La clase de los ricos, protegida por sus propios recursos, necesita menos la defensa pública.
La multitud pobre, al carecer de recursos propios, se apoya sobre todo en la protección del Estado.
Por eso el Estado debe abrazar con singular cuidado y providencia a los asalariados que pertenecen a la multitud de los necesitados.
Conviene tratar de manera especial algunos puntos.
El principal es que el Estado debe asegurar la propiedad privada con la fuerza de las leyes.
Especialmente en medio de tan grandes ardores de codicias, debe mantenerse a la multitud dentro de su deber.
Aunque sea lícito aspirar a mejorar la condición propia sin violar la justicia, ni la justicia ni el bien común permiten quitar a otro lo que es suyo ni invadir las propiedades ajenas bajo pretexto de una igualdad absurda.
Ciertamente, la mayor parte de los obreros prefiere mejorar su situación por medio del trabajo honrado y sin daño de nadie.
Pero no pocos, imbuidos de opiniones perversas y deseosos de novedades, procuran de todos los modos mover disturbios e impulsar a otros a la violencia.
Debe, por tanto, intervenir la autoridad del Estado, refrenar a los agitadores, apartar de las costumbres de los obreros las artes corruptoras y proteger a los legítimos propietarios contra el peligro de rapiña.
19. Huelgas, descanso y tutela de la dignidad obrera
El trabajo demasiado prolongado o pesado, y la opinión de que el salario es escaso, suelen dar a los obreros causa para abandonar concertadamente el trabajo y entregarse al ocio voluntario.
Este mal común y grave debe remediarse públicamente, porque perjudica no solo a los patronos y a los obreros, sino también al comercio y a los intereses del Estado.
Además, como suele estar cerca de la violencia y de los tumultos, muchas veces pone en peligro la tranquilidad pública.
En esta materia es más eficaz y saludable anticiparse al mal con la autoridad de las leyes y evitar que estalle, removiendo oportunamente las causas de donde parece nacer el conflicto entre patronos y obreros.
Del mismo modo, muchas cosas en el obrero deben ser protegidas por el Estado, y en primer lugar los bienes del alma.
La vida mortal, por buena y deseable que sea, no es el fin último para el cual nacimos, sino camino e instrumento para completar la vida del alma mediante el conocimiento de la verdad y el amor del bien.
El alma lleva impresa la imagen y semejanza de Dios, y en ella reside aquel dominio por el cual se mandó al hombre someter la tierra y hacer que los campos y mares sirvieran a su utilidad.
En esto todos los hombres son iguales, y no hay diferencia alguna entre ricos y pobres, patronos y siervos, príncipes y particulares, porque el mismo Señor es Señor de todos.13
A nadie le está permitido violar impunemente la dignidad del hombre, de la cual Dios mismo dispone con gran reverencia, ni impedirle el camino hacia la perfección que corresponde a la vida eterna del cielo.
Ni siquiera voluntariamente puede el hombre consentir en ser tratado de modo contrario a su naturaleza o admitir la esclavitud de su alma.
No se trata aquí de derechos de los cuales el hombre pueda disponer a su gusto, sino de deberes para con Dios que deben conservarse santamente.
De aquí se sigue la necesidad de descanso de las obras y trabajos en los días festivos.
Nadie entienda esto como un largo uso de ocio inerte ni como una cesación buscada por muchos que favorece los vicios y el derroche, sino como descanso de las obras consagrado por la religión.
Unido a la religión, el descanso aparta al hombre de los trabajos y negocios cotidianos para llevarlo a pensar en los bienes celestiales y a rendir el culto justo y debido a Dios eterno.
Esta es principalmente la naturaleza y causa del descanso en los días festivos.
Dios lo sancionó en el Antiguo Testamento con una ley especial: «Acuérdate de santificar el día del sábado».14 Y lo enseñó con su propio ejemplo al descansar místicamente el séptimo día después de crear al hombre.15
20. Jornada, salud, mujeres y niños
En cuanto a la tutela de los bienes corporales y exteriores, ante todo es necesario arrancar a los pobres obreros de la crueldad de hombres codiciosos que abusan sin moderación de las personas como si fueran cosas para obtener ganancias.
Ni la justicia ni la humanidad permiten exigir tanto trabajo que el alma quede embotada por el exceso y el cuerpo sucumba al cansancio.
En el hombre, como en toda naturaleza, la fuerza activa está limitada por ciertos confines más allá de los cuales no puede pasar.
Ciertamente se fortalece con el ejercicio y el uso, pero bajo la condición de que cese de cuando en cuando y descanse.
Por tanto, debe cuidarse que el trabajo diario no se extienda por más horas de las que permitan las fuerzas.
La duración de los descansos debe determinarse según el género de trabajo, las circunstancias de tiempo y lugar, y la salud misma de los obreros.
Quienes extraen piedra de la tierra, o hierro, cobre y otros materiales ocultos en profundidad, realizan un trabajo mucho más pesado y dañino para la salud; por eso debe compensarse con menor duración.
También deben considerarse las estaciones del año, porque un mismo trabajo puede soportarse fácilmente en un tiempo y en otro no puede soportarse o solo puede hacerse con suma dificultad.
Finalmente, no es justo exigir a una mujer o a un niño lo que puede realizar un hombre adulto y robusto.
En cuanto a los niños, debe cuidarse con gran vigilancia que no entren en los talleres antes de que la edad haya desarrollado suficientemente sus fuerzas físicas, intelectuales y morales.
Las fuerzas que brotan en la niñez son como hierbas tiernas, que un movimiento prematuro marchita; y si se dañan, la educación misma de los niños queda destruida.
Hay trabajos menos adecuados para la mujer, nacida por naturaleza para las tareas domésticas.
Estas tareas protegen grandemente el decoro femenino y responden naturalmente a la educación de los hijos y al bienestar de la familia.
En general, debe establecerse que se conceda a los obreros tanto descanso cuanto sea necesario para reparar las fuerzas consumidas por el trabajo.
En todo contrato entre patronos y obreros debe incluirse siempre expresa o tácitamente la condición de que se atienda a este doble descanso: el del cuerpo y el del alma.
Un contrato que no respetara esta condición sería inmoral, porque a nadie es lícito exigir o prometer el descuido de los deberes para con Dios y para consigo mismo.
21. El salario justo
Llegamos ahora a una cuestión de gran importancia: la del salario.
Debe ser entendida correctamente para evitar que se peque por una u otra parte.
Se afirma que, celebrado libremente un contrato de trabajo, el patrono cumple pagando el salario acordado y no debe nada más.
Según esta opinión, solo habría injusticia si el patrono se negara a pagar íntegramente el salario prometido, o si el obrero no realizara completamente el trabajo contratado.
También se dice que la autoridad pública no debe intervenir sino para proteger a cada uno en su derecho.
Este razonamiento no convence al hombre justo, porque no abarca toda la realidad.
Trabajar es ejercer la actividad humana ordenada a procurarse lo necesario para vivir, especialmente para conservar la vida.
«Comerás el pan con el sudor de tu rostro».16
El trabajo posee dos notas: es personal, porque la fuerza activa pertenece a la persona; y es necesario, porque el fruto del trabajo es necesario para conservar la vida, y conservar la vida es deber natural gravísimo.
Si se considera solamente que el trabajo es personal, puede parecer que el obrero tiene libertad para aceptar cualquier salario, incluso uno muy bajo.
Pero si se considera que el trabajo es necesario, debe afirmarse que el salario no debe ser insuficiente para mantener a un obrero frugal y honesto.
Si el obrero, obligado por la necesidad o movido por el miedo de un mal mayor, acepta una condición más dura, impuesta por el patrono o por quien ofrece trabajo, porque no tiene otra alternativa, sufre una violencia contra la cual clama la justicia.
En estas y otras materias semejantes, como la duración del trabajo y las medidas de seguridad en los talleres, no conviene que la autoridad intervenga de manera excesiva, especialmente porque las condiciones son muy diversas según lugares, tiempos y oficios.
Será mejor reservar estas cuestiones, siempre que sea posible, al juicio de las asociaciones de las que hablaremos más adelante, o buscar otros medios por los cuales se atienda convenientemente a los obreros, quedando a salvo, si la necesidad lo exige, la tutela y auxilio del Estado.
22. Propiedad obrera y paz social
Si el obrero recibe un salario suficiente para sostenerse a sí mismo, a su esposa y a sus hijos con cierto desahogo, fácilmente, si es prudente, se inclinará al ahorro.
La misma naturaleza parece aconsejar que, después de reducir los gastos, procure formar un pequeño patrimonio.
Como ya hemos demostrado, no puede resolverse la cuestión de que tratamos si no se reconoce y conserva inviolable el derecho de propiedad privada.
Por eso las leyes deben favorecer la posesión privada y procurar que muchísimos ciudadanos lleguen a ser propietarios.
De esto se seguirán notables beneficios.
Primero, la distribución de bienes será más equitativa.
Las revoluciones civiles dividieron la sociedad en dos clases separadas por una inmensa distancia: una poderosísima por sus riquezas, que al tener en sus manos toda la industria y el comercio atrae hacia sí casi todos los recursos y posee gran influencia en el gobierno; otra débil y pobre, con el ánimo herido y siempre dispuesta a disturbios.
Si se despierta la esperanza de adquirir una propiedad estable, poco a poco una clase se acercará a la otra, porque desaparecerá la gran distancia entre la abundancia y la indigencia extrema.
Además, se conseguirá mayor abundancia de frutos de la tierra.
Los hombres trabajan con más empeño y diligencia cuando saben que trabajan en lo propio.
Aman con mayor afecto la tierra cultivada por sus manos, de la cual esperan no solo alimento, sino cierta abundancia para sí y para los suyos.
Todos ven cuánto vale esta disposición para aumentar los frutos de la tierra y la riqueza de las naciones.
De aquí nacerá también un tercer beneficio: los hombres permanecerán más fácilmente en la patria donde nacieron.
Nadie cambiaría su patria por tierra extranjera si en la propia encontrara medios suficientes para vivir honradamente.
Pero estos beneficios solo se lograrán si la propiedad privada no es absorbida por la dureza de los tributos e impuestos.
El derecho de propiedad no procede de la ley humana, sino de la naturaleza; por eso la autoridad pública no puede abolirlo, sino solamente moderar su uso y ordenarlo al bien común.
Por tanto, obraría injusta e inhumanamente si exigiera de los bienes de los particulares más de lo justo bajo nombre de tributos.
23. Asociaciones naturales y derecho de asociación
Finalmente, los patronos y los mismos obreros pueden ayudar mucho a la solución mediante instituciones destinadas a socorrer oportunamente a los necesitados y acercar una clase a la otra.
Entre estas instituciones se cuentan las sociedades de socorros mutuos, las diversas obras privadas que atienden al obrero, a la viuda y al huérfano en caso de muerte, enfermedad o accidente, y los patronatos establecidos para proteger a niños, jóvenes y ancianos.
Pero ocupan el primer lugar las asociaciones de obreros, que en cierto modo comprenden a las demás.
Los antiguos colegios de artesanos produjeron grandes beneficios entre nuestros antepasados.
No solo fueron útiles a los artesanos, sino también a las artes mismas, dándoles crecimiento y esplendor, como lo prueban muchos monumentos.
En nuestro tiempo, más culto, con costumbres nuevas y necesidades diarias más numerosas, conviene que las asociaciones de obreros se adapten a las condiciones presentes.
Con agrado vemos que se constituyen asociaciones de esta clase, ya solo de obreros, ya mixtas de obreros y patronos.
Deseamos que aumenten en número y eficacia.
Aunque hemos hablado varias veces de ellas, conviene mostrar aquí que son muy oportunas, que existe derecho a formarlas y cómo deben organizarse.
La conciencia de la propia debilidad mueve al hombre y lo impulsa a buscar ayuda ajena.
La Escritura dice: «Mejor es que estén dos juntos que uno solo, porque tienen ventaja en su compañía. Si uno cae, será sostenido por el otro. ¡Ay del que está solo, porque cuando cae no tiene quien lo levante!».17
Y también: «El hermano ayudado por su hermano es como ciudad fuerte».18
Por esta inclinación natural el hombre es llevado a unirse en sociedad civil, y por la misma inclinación procura formar con otros ciudadanos sociedades menores, imperfectas ciertamente, pero verdaderas sociedades.
Existe gran diferencia entre estas asociaciones menores y la sociedad civil, por causa de sus fines próximos.
El fin de la sociedad civil es universal, porque se refiere al bien común, del cual todos y cada uno tienen derecho a participar proporcionalmente.
Por eso se llama pública, porque por ella los hombres se comunican para constituir una república.
En cambio, las sociedades que se forman dentro de ella se llaman privadas, porque su fin inmediato es la utilidad particular de los asociados.
La sociedad privada existe para realizar algún negocio privado; por ejemplo, cuando dos o tres se asocian para comerciar juntos.
24. El Estado no debe impedir asociaciones honestas
Las sociedades privadas, aunque existan dentro del Estado y sean como partes de él, no pueden ser prohibidas por el Estado absoluta y universalmente.
Formar sociedades privadas es un derecho natural del hombre.
El Estado fue instituido para proteger el derecho natural, no para destruirlo.
Si prohibiera las asociaciones de ciudadanos, se contradiría a sí mismo, porque tanto el Estado como las asociaciones privadas nacen de un mismo principio: la sociabilidad natural del hombre.
Pueden existir circunstancias en las cuales sea justo que las leyes se opongan a ciertas asociaciones: si buscan algo contrario a la probidad, a la justicia o a la seguridad del Estado.
En esos casos, el poder público obra rectamente al impedir que se formen o al disolver las ya formadas.
Pero debe cuidarse mucho de no violar los derechos de los ciudadanos ni establecer, bajo apariencia de utilidad pública, algo que la razón no apruebe.
Las leyes obligan solo en cuanto están de acuerdo con la recta razón y, por eso, con la ley eterna de Dios.
Pensamos aquí especialmente en las congregaciones, órdenes y asociaciones religiosas que la autoridad de la Iglesia y la piadosa voluntad de los fieles hicieron nacer.
La historia atestigua abundantemente los grandes beneficios que estas instituciones produjeron para el género humano.
Consideradas solo por la razón natural, se ve que fueron establecidas con derecho legítimo, porque se ordenaban a un fin honesto.
Pero en cuanto pertenecen a la religión, están sometidas únicamente a la autoridad de la Iglesia.
Por eso los poderes civiles no pueden arrogarse sobre ellas ningún derecho ni tomar su administración.
Antes bien, el Estado debe respetarlas, protegerlas y, si es necesario, defenderlas de las injurias.
Sin embargo, hemos visto en nuestro tiempo lo contrario, pues en muchos lugares el Estado violó los derechos de tales comunidades: las ató con leyes civiles, les quitó la personalidad jurídica y las despojó de sus bienes.
Sobre esos bienes tenía derecho la Iglesia, derecho cada uno de los miembros, derecho quienes los habían consagrado para un fin determinado, y derecho quienes recibían de ellos auxilio y alivio.
Por eso no podemos dejar de quejarnos de expoliaciones injustas y perniciosas.
Y resulta más grave que se prohíba a ciudadanos católicos formar asociaciones pacíficas y sumamente útiles, mientras se concede libertad a hombres que se reúnen con planes dañinos para la religión y para el Estado.
25. Necesidad de asociaciones obreras católicas
Nunca hubo mayor abundancia de asociaciones de toda clase, especialmente de obreros, que en nuestro tiempo.
No corresponde tratar aquí de dónde proceden muchas de ellas, qué buscan ni por qué caminos avanzan.
Pero existe una opinión, confirmada por muchos indicios, de que están gobernadas frecuentemente por jefes ocultos y que obedecen a una disciplina contraria al nombre cristiano y a la seguridad de los Estados.
Una vez acaparadas todas las fuentes de trabajo, obligan a pagar con miseria a quienes se niegan a asociarse con ellas.
En estas circunstancias, los obreros cristianos no tienen sino dos caminos: o inscribirse en sociedades donde su religión corre peligro, o formar entre ellos sus propias asociaciones, uniendo fuerzas para liberarse valerosamente de una opresión tan injusta e intolerable.
¿Quién dudará en elegir el segundo camino, si no quiere poner en gravísimo peligro el bien supremo del hombre?
Son muy dignos de alabanza muchos católicos que, entendiendo lo que exigen los tiempos, ensayan y prueban caminos honestos para mejorar la situación de los obreros.
Se constituyen como patronos de ellos y procuran aumentar la prosperidad de cada familia y de cada persona; ordenar con equidad las relaciones entre obreros y patronos; conservar y fortalecer en ambos la memoria del deber y la observancia de los preceptos evangélicos.
Estos preceptos mantienen al hombre lejos de la intemperancia y le mandan conservar la moderación en todas las cosas, sosteniendo la concordia entre personas y cosas muy desiguales.
Vemos con frecuencia que hombres ilustres se reúnen con este propósito, comparten sus consejos, juntan fuerzas y buscan los medios más adecuados.
Otros procuran reunir en asociaciones a diversas clases de obreros, los ayudan con consejos y recursos y cuidan que no les falte trabajo honesto y fructuoso.
Los obispos alientan y protegen estas iniciativas, y bajo su autoridad muchos miembros del clero cuidan diligentemente todo lo que pertenece al cultivo espiritual de los asociados.
No faltan tampoco católicos ricos que se ponen espontáneamente al lado de los asalariados, y con grandes gastos procuran fundar y difundir sociedades en las cuales el obrero pueda adquirir fácilmente un bienestar presente y asegurar para el futuro un descanso digno.
Cuánto bien tan múltiple y tan dispuesto ha producido este esfuerzo, lo sabe el público.
De aquí tomamos esperanza para el futuro, siempre que estas asociaciones crezcan continuamente y sean administradas con prudencia.
El Estado debe proteger estas asociaciones legítimas de ciudadanos, pero no debe introducirse en su organización interna ni en su vida propia.
El movimiento vital procede de un principio interior, y se destruye fácilmente por intervención externa.
26. Organización cristiana de las asociaciones
Se necesita una disciplina prudente y una organización que produzca unidad de acción y de voluntades.
Si los ciudadanos tienen libre derecho de asociarse, como lo tienen, deben tener también libertad para elegir los estatutos y reglamentos que juzguen más convenientes al fin que se proponen.
No creemos que pueda definirse con reglas universales cuál debe ser en detalle esa disciplina, porque debe determinarse según el carácter de cada nación, la experiencia, la naturaleza y eficacia de los trabajos, la extensión del comercio y otras circunstancias de lugar y tiempo que deben considerarse con prudencia.
En general, debe establecerse como ley universal y perpetua que las asociaciones de obreros se constituyan y gobiernen de tal manera que ofrezcan los medios más aptos y eficaces para alcanzar el fin propuesto.
Ese fin consiste en que cada asociado obtenga el mayor aumento posible de bienes corporales, espirituales y económicos.
Pero es evidente que debe atenderse principalmente a la perfección religiosa y moral, y que la disciplina social debe ordenarse sobre todo a este fin.
De otro modo, las asociaciones degenerarían y serían poco mejores que aquellas en las cuales no suele tenerse en cuenta la religión.
¿De qué aprovecha al obrero conseguir abundancia de bienes si pone en peligro su alma por falta de alimento espiritual?
«¿De qué le sirve al hombre ganar el mundo entero si pierde su alma?».19
Cristo enseñó que esta es la señal que distingue al cristiano de los paganos:
«Todas estas cosas las buscan los gentiles; buscad primero el Reino de Dios y su justicia, y todo lo demás se os dará por añadidura».20
Por tanto, tomado de Dios el principio, debe darse amplio lugar a la instrucción religiosa, para que cada asociado conozca sus deberes para con Dios, qué debe creer, qué debe esperar y qué debe hacer para alcanzar la salvación eterna.
Deben ser protegidos con especial cuidado contra opiniones erradas y diversos peligros de corrupción.
Debe estimularse al obrero al culto de Dios, al amor de la piedad y especialmente a la observancia de los días festivos.
Aprenda a venerar y amar a la Iglesia, madre común de todos, a obedecer sus preceptos y frecuentar sus sacramentos, que son instrumentos divinos para purificar el alma y alcanzar la santidad.
27. Justicia interna y ayuda mutua en las asociaciones
Puesto el fundamento de las leyes sociales en la religión, queda allanado el camino para establecer las relaciones mutuas entre los asociados, de modo que produzcan convivencia pacífica y prosperidad.
Los cargos deben repartirse conforme a los intereses comunes, y de modo que la desigualdad no perjudique la concordia.
Es muy importante que las funciones se distribuyan prudentemente y queden definidas con claridad, para que nadie sufra injusticia.
El fondo común debe administrarse íntegramente y la ayuda debe determinarse según la necesidad de cada uno.
Deben componerse oportunamente los derechos y deberes de patronos y obreros.
Si alguno de los dos órdenes cree haber recibido daño en algo, convendría mucho que dentro de la asociación existieran hombres prudentes e íntegros encargados de resolver la controversia según los estatutos.
Debe cuidarse especialmente que al obrero no le falte trabajo y que se constituya un fondo del cual pueda recibir ayuda, no solo en caso de accidente repentino, sino también cuando la enfermedad, la vejez o alguna desgracia lo aflijan.
Si se aceptan con buena voluntad estos estatutos, se habrá provisto bastante a la salud y prosperidad de los pobres.
Y las asociaciones católicas no dejarán de contribuir mucho al bien de toda la sociedad.
Por las cosas pasadas podemos conjeturar el porvenir.
Una época se parece a otra, aunque cambien los modos de las cosas, porque Dios gobierna el mundo con su providencia y dirige la serie y curso de los acontecimientos hacia el fin que se propuso al crear el género humano.
Sabemos que en los primeros tiempos de la Iglesia se reprochaba a los cristianos que la mayor parte de ellos viviera de limosna o del trabajo.
Pero, aunque carecían de riquezas y poder, lograron atraer la benevolencia de los ricos y la protección de los poderosos.
Se los veía diligentes, laboriosos, pacíficos, ejemplares en la justicia y sobre todo en la caridad.
Ante aquel ejemplo de vida y costumbres desapareció todo prejuicio, calló la maledicencia de los malvados y las ficciones de la antigua superstición cedieron poco a poco ante la verdad cristiana.
La condición de los obreros se discute actualmente, y no es indiferente para el Estado que se resuelva bien o mal.
Los obreros cristianos la resolverán fácilmente conforme a la razón si, unidos en asociaciones y guiados por prudentes conductores, entran por el mismo camino que siguieron nuestros padres y antepasados con gran provecho propio y público.
Aunque la fuerza de los prejuicios y las pasiones sea grande en los hombres, si la malicia no ha borrado completamente el sentido de lo honesto, la benevolencia pública se inclinará más hacia aquellos obreros que vea laboriosos y modestos, y que pongan la justicia por encima de la ganancia y la conciencia del deber por encima de todo.
De aquí se seguirá también otra ventaja: se abrirá esperanza y facilidad de conversión para aquellos obreros que viven en desprecio de la fe cristiana o con costumbres ajenas a ella.
Estos hombres suelen comprender que fueron engañados por falsas esperanzas y apariencias mentirosas.
Sienten que fueron tratados por patronos codiciosos de manera inhumana y que apenas fueron estimados en cuanto producían ganancia con su trabajo.
En las asociaciones que los recibieron, tampoco encuentran muchas veces otra cosa que discordias y odios, compañeros inseparables de la pobreza audaz e incrédula.
Quebrantado el ánimo y debilitado el cuerpo, ¡cuántos desean verse libres de una servidumbre tan despreciable!
Pero la vergüenza o el miedo a la indigencia les impide hacerlo.
A todos estos pueden beneficiar de modo admirable las asociaciones católicas, si invitan a entrar en su seno a quienes vacilan y les facilitan la salida, y si reciben bajo su protección a quienes vuelven al buen camino.
28. Conclusión: caridad, justicia y acción común
Tenéis, Venerables Hermanos, quiénes y de qué manera deben trabajar en esta cuestión tan difícil.
Que cada uno asuma la parte que le corresponde, y que lo haga cuanto antes, para que no suceda que, por retrasar el remedio, se vuelva incurable un mal ya tan grande.
Los gobernantes usen la protección de las leyes y de las instituciones.
Los ricos y patronos recuerden sus deberes.
Los proletarios, cuya causa se trata, defiendan sus intereses por caminos honestos.
Y puesto que la religión sola puede destruir el mal desde su raíz, todos deben comprender que lo principal es restaurar las costumbres cristianas, sin las cuales los medios imaginados por la prudencia humana para resolver la cuestión valdrán muy poco.
Por lo que toca a la Iglesia, jamás faltará de ninguna manera en su obra.
Tanto mayor será su ayuda cuanto mayor libertad de acción tenga.
Que esto lo comprendan especialmente aquellos cuyo oficio consiste en procurar el bien público.
Los ministros sagrados empleen todas las fuerzas de su inteligencia y de su diligencia.
Bajo vuestra autoridad y ejemplo, Venerables Hermanos, no dejen de inculcar a los hombres de todas las clases las enseñanzas evangélicas de la vida cristiana.
Trabajen con todo empeño por la salvación de los pueblos, y sobre todo procuren conservar en sí mismos y encender en los demás, desde los más altos hasta los más humildes, la caridad, señora y reina de todas las virtudes.
La salvación que se desea debe esperarse principalmente de una gran efusión de caridad.
Hablamos de la caridad cristiana, que contiene en sí la síntesis de todo el Evangelio.
Siempre pronta a sacrificarse por el bien de los demás, es el antídoto más seguro contra la soberbia del mundo y el amor desordenado de sí mismo.
El apóstol san Pablo describió sus funciones y rasgos divinos con estas palabras:
«La caridad es paciente, es benigna; no busca lo suyo; todo lo soporta; todo lo sufre».21
Como prenda de los dones divinos y testimonio de Nuestra benevolencia, impartimos amorosamente en el Señor la Bendición Apostólica a cada uno de vosotros, Venerables Hermanos, a vuestro clero y a vuestro pueblo.
Dado en Roma, junto a San Pedro, el día 15 de mayo de 1891, decimocuarto año de Nuestro Pontificado.
León Papa XIII
NOTAS
(1) Deuteronomio 5, 21.
(2) Génesis 1, 28.
(3) Génesis 3, 17.
(4) Santiago 5, 4.
(5) Segunda carta a Timoteo 2, 12.
(6) Segunda carta a los Corintios 4, 17.
(7) Santo Tomás de Aquino, Suma teológica, II-II, cuestión 66, artículo 2.
(8) Primera carta a Timoteo 6, 17-18.
(9) Hechos de los Apóstoles 20, 35.
(10) Mateo 25, 40.
(11) San Gregorio Magno, Homilías sobre los Evangelios, homilía IX, según el sentido citado por León XIII.
(12) Romanos 8, 17.
(13) Romanos 10, 12.
(14) Éxodo 20, 8.
(15) Génesis 2, 2.
(16) Génesis 3, 19.
(17) Eclesiastés 4, 9-10.
(18) Proverbios 18, 19, según la referencia tradicional usada por León XIII.
(19) Mateo 16, 26.
(20) Mateo 6, 32-33.
(21) Primera carta a los Corintios 13, 4-7.
Fuente histórica principal: Acta Sanctae Sedis, volumen XXIII, Roma, Tipografía Políglota de la Sagrada Congregación de Propaganda Fide, 1890-1891, pp. 641-670.


