Fecha de publicación: 24 de septiembre de 1912
Autor: Su santidad Pío X
Breve resumen: Sobre las asociaciones obreras católicas y los sindicatos interconfesionales. Pío X reafirma la autoridad de la Iglesia en las cuestiones sociales y morales, recomienda las asociaciones estrictamente católicas y establece las condiciones bajo las cuales puede tolerarse la participación de los católicos en sindicatos mixtos.
Nota editorial: La presente traducción española de la encíclica Singulari quadam ha sido preparada por Proyecto Emaús a partir del texto latino publicado en la edición histórica de Acta Apostolicae Sedis, año IV, volumen IV, número 20, Roma, 1912, páginas 657-662, actualmente en el dominio público. No se ha reproducido la traducción española moderna del portal de la Santa Sede ni de otras páginas contemporáneas. Se han ajustado la puntuación y la división de algunos períodos sintácticos para facilitar la lectura contemporánea y su reproducción mediante sistemas de texto a voz, sin modificar el contenido doctrinal del documento. Los subtítulos y la división temática han sido añadidos por Proyecto Emaús y no pertenecen al texto original.
Al amado hijo Nuestro Georg Kopp, presbítero cardenal de la Santa Iglesia Romana, obispo de Breslau, y a los demás arzobispos y obispos de Alemania: sobre las asociaciones obreras católicas y mixtas.
Pío X, papa. Amado Hijo Nuestro y Venerables Hermanos: salud y bendición apostólica.
1. Solicitud por los católicos de Alemania
Movidos por una singular caridad de benevolencia hacia los católicos de Alemania, que, unidos a esta Sede Apostólica con suma fidelidad y obediencia, acostumbraron combatir generosa y fuertemente por la Iglesia, Nos hemos sentido impulsados, Venerables Hermanos, a dirigir todo Nuestro estudio y cuidado al examen de la controversia que existe entre ellos acerca de las asociaciones obreras.
Sobre esta controversia, durante los últimos años, Nos habían informado repetidas veces tanto muchos de vosotros como hombres prudentes y graves de ambas partes.
Nos hemos dedicado a este asunto con tanto mayor empeño cuanto que, por conciencia de Nuestro oficio apostólico, comprendemos que es deber sacratísimo Nuestro esforzarnos y procurar que estos hijos, amadísimos para Nos, conserven sincera e íntegra la doctrina católica, y no permitir de ningún modo que su misma fe sea puesta en peligro.
Si no son excitados a tiempo a vigilar, es evidente el peligro de que poco a poco, y casi sin advertirlo, se satisfagan con una forma vaga e indefinida de religión cristiana, que suele llamarse interconfesional y que se difunde bajo una vana recomendación de comunidad cristiana.
Sin embargo, nada hay manifiestamente más contrario a la predicación de Jesucristo que tal manera de proceder.
2. Concordia católica y paz con los no católicos
Se añade que, estando entre Nuestros mayores deseos fomentar y afirmar la concordia de los católicos, queremos que sean apartadas todas las causas de disensión que, al dispersar las fuerzas de los buenos, no pueden aprovechar sino a los adversarios de la religión.
Más aún, deseamos y anhelamos que los nuestros cultiven con los mismos ciudadanos ajenos a la profesión católica aquella paz sin la cual no pueden subsistir ni la disciplina de la sociedad humana ni la prosperidad del Estado.
Aunque, como hemos dicho, conocíamos el estado de esta causa, Nos pareció conveniente, antes de juzgarla, pedir el parecer de cada uno de vosotros, Venerables Hermanos.
Y vosotros, respondiendo a Nuestra consulta, lo hicisteis cada uno con aquella diligencia y solicitud que correspondía a la gravedad de la cuestión.
3. Deber de profesar los principios católicos
Por tanto, declaramos en primer lugar que todos los católicos tienen el deber, que debe ser observado santa e inviolablemente tanto en la vida privada como en la vida común y pública, de sostener firmemente y profesar sin temor los principios de la verdad cristiana transmitidos por el magisterio de la Iglesia católica.
Nos referimos especialmente a aquellos principios que Nuestro Predecesor expuso sapientísimamente en la encíclica Rerum novarum.
Sabemos que los obispos de Prusia, reunidos en Fulda en el año 1900, siguieron fielmente estos principios en sus deliberaciones.
Y vemos que vosotros mismos, al responder a Nuestra consulta sobre lo que pensabais de esta cuestión, los habéis resumido en sus puntos principales.
4. La vida temporal debe ordenarse al fin sobrenatural
Estos principios son los siguientes.
Cualquier cosa que haga el hombre cristiano, incluso en el orden de las realidades terrenas, no le está permitido descuidar los bienes que están por encima de la naturaleza.
Más aún, conforme a los preceptos de la sabiduría cristiana, debe dirigir todas las cosas hacia el sumo bien, como a su fin último.
Todas sus acciones, en cuanto son buenas o malas en el orden moral, es decir, en cuanto concuerdan o discrepan con el derecho natural y divino, están sometidas al juicio y a la jurisdicción de la Iglesia.
Quienes se glorían del nombre cristiano, ya sea individualmente o asociados, si recuerdan su deber, no deben alimentar enemistades y rivalidades entre las clases de ciudadanos.
Al contrario, deben promover la paz y la mutua caridad.
La cuestión social y las controversias que pertenecen a ella, como la naturaleza y duración del trabajo, el modo del salario y la cesación voluntaria del trabajo por parte de los obreros, no son de naturaleza meramente económica.
Por eso no son cuestiones que puedan resolverse dejando de lado la autoridad de la Iglesia.
Al contrario, es absolutamente verdadero que la cuestión social es ante todo moral y religiosa; y, por esta razón, debe resolverse principalmente por la ley de las costumbres y por el juicio de la religión.1
5. Asociaciones obreras fundadas en la religión católica
Ahora bien, en lo que se refiere a las asociaciones de obreros, aunque su propósito consiste en procurar a los socios ventajas de esta vida, deben considerarse como las más aprobables y las más aptas de todas para la utilidad verdadera y sólida de los asociados aquellas que están constituidas principalmente sobre el fundamento de la religión católica y siguen abiertamente a la Iglesia como guía.
Esto mismo lo hemos declarado varias veces, cuando se Nos ofreció la ocasión desde distintas naciones.
De aquí se sigue que las asociaciones de esta clase, llamadas confesionalmente católicas, deben ser establecidas y ayudadas con todo empeño en las regiones católicas y también en todos los demás lugares donde parezca que por medio de ellas pueden atenderse suficientemente las diversas necesidades de sus miembros.
Pero si se trata de asociaciones que tocan directa o indirectamente la causa de la religión y de las costumbres, no sería algo que pudiera aprobarse de ningún modo querer fomentar y propagar, en las mismas regiones que acabamos de mencionar, asociaciones mixtas, es decir, compuestas de católicos y no católicos.
Porque, omitiendo otras razones, en sociedades de este género los nuestros se encuentran, o ciertamente pueden encontrarse, en grandes peligros respecto de la integridad de la fe y de la justa obediencia a las leyes y preceptos de la Iglesia católica.
De estos peligros hemos leído también una indicación clara en muchas de vuestras respuestas acerca de esta cuestión, Venerables Hermanos.
6. Aprobación de las asociaciones puramente católicas
Por tanto, alabamos de muy buen grado todas y cada una de las asociaciones obreras puramente católicas que existen en Alemania.
Deseamos que tenga buen resultado todo cuanto intentan en favor de la multitud obrera, y les auguramos siempre crecimientos más felices.
Sin embargo, al decir esto no negamos que sea lícito a los católicos, con la debida cautela, trabajar en común con los no católicos por el bien común, sea para buscar una situación mejor para los obreros, una condición más justa del salario y del trabajo, o cualquier otra utilidad honesta.
Pero para ese fin preferimos que las sociedades católicas y las no católicas unan sus fuerzas mediante aquel oportuno instrumento llamado Cartel, o alianza.
7. Tolerancia prudente de sindicatos mixtos en Alemania
En este punto, Venerables Hermanos, no pocos de vosotros Nos pedís que podamos tolerar los llamados sindicatos cristianos, tal como hoy se encuentran constituidos en vuestras diócesis, porque comprenden un número de obreros mucho mayor que las asociaciones puramente católicas y porque, si esto no fuera permitido, se seguirían graves inconvenientes.
Atendiendo a la situación peculiar de la causa católica en Alemania, juzgamos que debe concederse esta petición.
Declaramos, por tanto, que esas sociedades mixtas que existen en vuestras diócesis pueden ser toleradas y que se puede permitir a los católicos participar en ellas, mientras esta tolerancia no deje de ser oportuna o justa por nuevas circunstancias.
Pero esto debe hacerse de tal manera que se apliquen cautelas idóneas para evitar los peligros que hemos señalado como existentes en asociaciones de este género.
Las principales de estas cautelas son las siguientes.
8. Primera cautela: pertenecer también a asociaciones católicas
En primer lugar, debe procurarse que los obreros católicos que participan en estos sindicatos estén también inscritos en las asociaciones católicas de obreros conocidas con el nombre de Arbeitervereine.
Si por esta causa deben sufrir alguna pérdida, especialmente de dinero, tenemos por cierto que, siendo celosos de la integridad de su fe, la soportarán de buen grado.
La experiencia ha demostrado felizmente que estas asociaciones católicas, con la ayuda del clero bajo cuya dirección y vigilancia son gobernadas, valen muchísimo para conservar en sus miembros la sinceridad de la fe y la integridad de las costumbres, y para alimentar su espíritu religioso mediante múltiples ejercicios de piedad.
Por tanto, no hay duda de que quienes dirigen estas asociaciones, conociendo las necesidades de los tiempos, querrán transmitir a los obreros, especialmente acerca de los deberes de justicia y caridad, aquellos preceptos y normas que les resulta necesario o útil conocer bien para poder actuar rectamente en los sindicatos según los principios de la doctrina católica.
9. Segunda cautela: nada contrario a la Iglesia
Además, para que estos sindicatos sean de tal clase que los católicos puedan inscribirse en ellos, es necesario que se abstengan de toda razón y de toda acción que no concuerde con las doctrinas y mandatos de la Iglesia o de la legítima autoridad sagrada.
También deben evitar que sus escritos, discursos o hechos ofrezcan algo reprobable desde este punto de vista.
Por esto, los sagrados pastores deben considerar como oficio santísimo observar con diligencia cómo se comportan estas sociedades y vigilar que los católicos no sufran daño alguno por su participación en ellas.
Los mismos católicos inscritos en los sindicatos nunca deben permitir que estos, ni siquiera en cuanto sindicatos, profesen o hagan, al ocuparse de los asuntos terrenos de sus miembros, cosas que de cualquier modo sean contrarias a los preceptos transmitidos por el supremo magisterio de la Iglesia, especialmente los que hemos recordado antes.
Por esta causa, siempre que surjan cuestiones sobre materias que tocan las costumbres, es decir, sobre la justicia o la caridad, los obispos vigilarán con sumo cuidado para que los fieles no descuiden la disciplina católica de las costumbres ni se aparten de ella ni el ancho de una uña.
10. Obediencia a los obispos y fin de las disputas
Tenemos por cierto, Venerables Hermanos, que cuidaréis religiosamente que se observe inviolablemente cuanto aquí hemos prescrito, y que Nos informaréis diligente y asiduamente de un asunto de tanta importancia.
Puesto que Nos hemos asumido esta causa, y su juicio, consultados los obispos, debe pertenecernos, mandamos a todos los buenos católicos que desde ahora se abstengan de toda disputa entre sí sobre este mismo asunto.
Confiamos que, sirviendo a la caridad fraterna y obedeciendo plenamente a Nuestra autoridad y a la de sus pastores, cumplirán íntegra y sinceramente lo que mandamos.
Si surge entre ellos alguna dificultad, tienen a mano el modo de resolverla: acudan a sus obispos para pedir consejo, y estos remitirán el asunto a esta Sede Apostólica, por la cual será juzgado.
11. Evitar acusaciones injustas y proteger las asociaciones católicas
Por lo demás, y esto se deduce fácilmente de cuanto hemos dicho, por una parte a nadie le sería lícito acusar de fe sospechosa, ni atacar bajo ese pretexto, a quienes, firmes en defender las doctrinas y derechos de la Iglesia, sin embargo, por recto consejo, quieren pertenecer o pertenecen a sindicatos mixtos en aquellos lugares donde, atendidas las circunstancias locales y aplicadas cautelas determinadas, la autoridad sagrada juzgó que podían ser permitidos.
Por otra parte, sería igualmente muy reprobable perseguir con hostilidad las asociaciones puramente católicas.
Este género de asociación, por el contrario, debe ser ayudado y promovido con todo empeño.
También sería muy reprobable querer introducir e imponer el llamado género interconfesional, incluso bajo apariencia de exigir que todas las asociaciones católicas de cada diócesis sean reducidas a una sola y misma forma.
12. Bendición Apostólica
Mientras tanto, deseando que la Alemania católica alcance grandes progresos tanto en la vida religiosa como en la civil, imploramos para que estos votos se cumplan felizmente la singular ayuda de Dios omnipotente y el patrocinio de la Virgen Madre de Dios, que es Reina de la paz, sobre esa amada nación.
Y como prenda de los dones divinos y testimonio especial de Nuestra benevolencia, impartimos amorosísimamente la Bendición Apostólica a ti, amado Hijo Nuestro, y a vosotros, Venerables Hermanos, a vuestro clero y a vuestro pueblo.
Dado en Roma, junto a San Pedro, el día 24 de septiembre de 1912, décimo año de Nuestro Pontificado.
Pío Papa X
NOTAS
(1) León XIII, encíclica Graves de communi, 18 de enero de 1901. La cita recuerda que la cuestión social es ante todo moral y religiosa, y que por eso debe resolverse principalmente conforme a la ley moral y al juicio de la religión.
Fuente histórica principal: Acta Apostolicae Sedis, año IV, volumen IV, número 20, Roma, Tipografía Políglota Vaticana, 1912, pp. 657-662.


